PROYECTO DE TP
Expediente 4558-D-2008
Sumario: EXPRESAR INDIGNACION POR EL DICTADO DE LA RESOLUCION COMFER 646/08, QUE ORDENO A RADIO CONTINENTAL LEVANTAR LA PROGRAMACION QUE DUPLICA POR FM 104.3.
Fecha: 27/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su indignación por el dictado de la Resolución
646/08 por parte del Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) que ordenó a Radio Continental
levantar la programación que diariamente duplica por FM 104.3, entre cuyos contenidos se
destacan "Magdalena Tempranísimo", conducido por Magdalena Ruiz Guiñazú, y "La Mañana" de
Víctor Hugo Morales entre otras emisiones cuya audiencia promedio es de 100.000 oyentes por
día.
Esta arbitraria medida se enmarca, una vez más, en
una flagrante violación a la libertad de expresión a la que nos quiere acostumbrar el funcionario de
turno del organismo de regulación oficial, en este caso el interventor señor Juan Gabriel
Mariotto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuevamente asistimos azorados a una
recurrente acción por parte de los poderes públicos tendiente a violar el derecho consagrado por la
Constitución de expresar las ideas por medio de la prensa.
En este caso no es un medio gráfico sino
radiofónico que por su naturaleza permite abrir a una mayor cantidad de personas los beneficios de la
información y de gozar, al mismo tiempo, de las opiniones de los distintos especialistas que se suceden
durante las emisiones diarias.
Otra de las características de la radiofonía es
que facilita a quien escucha no abandonar su tarea, con lo que aventaja a otros medios de información que
necesitan de momentos de descanso para gozar de sus contenidos.
La Resolución COMFER Nº 646/08 es una
medida arbitraria que coarta la libertad de expresión. Es arbitraria por no estar fundada en norma vigente ni
válida alguna, toda vez que el fundamento del acto administrativo en cuestión es el artículo 68 de la Ley de
Radiodifusión, derogado por haberse basado en la Doctrina de la Seguridad Nacional.
El COMFER desconoce que la situación cambió
a partir del Decreto 1005/99, que reconoció expresamente el derecho de los radiodifusores a constituir redes
privadas permanentes.
Es curioso que se impida a Radio Continental a
realizar la duplicación referida, que permite un más amplio espectro de audiencia dado el alcance y potencia
dela emisión. Hay lugares de nuestro país que la amplitud modulada no tiene gran alcance y como
alternativa se presenta la frecuencia modulada.
Y digo que es curioso porque, en primer lugar,
Radio Continental tiene libertad de expresar criterios con independencia poco frecuente en relación a otros
medios de difusión; y en segundo término, se sabe que hay emisoras, como AM 570 y AM 610 donde hay
también emisores en el aire que no tienen la adjudicación oficial de la licencia.
Aquí aparece otro derecho que, en principio,
reclaman y reivindican los medios masivos, de igual jerarquía y entidad de el de publicar por la prensa las
ideas. Es el derecho a informar libremente que no pivotea en las ideas sino en la información de la realidad.
Y eso tampoco es del gusto de los regímenes que de democráticos sólo tienen el discurso.
A fin de superar este nuevo escollo en la
pacífica convivencia de los ciudadanos, ruego a mis pares que me acompañen con su firma en este proyecto
para beneficio de la paz republicana.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GARCIA HAMILTON, JOSE IGNACIO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |