PROYECTO DE TP
Expediente 4534-D-2011
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA CREACION DEL "DEPARTAMENTO DE ORIENTACION Y ASISTENCIA AL ASEGURADO -DOAA-" EN EL AMBITO DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION -SSN.
Fecha: 09/09/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 128
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar el beneplácito, por la
creación en el ámbito de la Superintendencia de Seguros de la Nación
(SSN) del "Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado"
(DOAA), especializado en la tutela, promoción y defensa de los derechos
de los asegurados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Resolución de la SSN N°
35.840 del 3 de Junio del corriente año, crea en el ámbito de la
Subgerencia de Relaciones con la Comunidad del citado Organismo, el
Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado para atender
los reclamos de los clientes y brindarles explicaciones, soluciones y
asesoramiento en los casos que sea necesario.
El eje central de la
normativa bajo análisis es la estructuración de un área específica en la
que los asegurados puedan canalizar sus dudas y reclamos para generar
transparencia en el mercado asegurador, mediante una efectiva defensa
de sus derechos como consumidores.
En relación a ese objetivo,
el DOAA instará a las distintas cámaras empresarias del sector
asegurador a la implementación de un "Código de Buenas Prácticas en
materia asegurativa", cuyo eje será la transparencia en la
comercialización de las distintas coberturas y seguros ofrecidos,
facilitando el acceso a la información que deba recibir el cliente previo a
contratar los productos y servicios ofrecidos por las empresas.
A su vez, la Resolución
establece que cada compañía deberá crear el procedimiento de Servicio
de Atención al Asegurado, que se encargará de atender los reclamos de
sus clientes y resolverlos en un plazo de 30 (treinta) días a partir de la
fecha de su presentación. De esta manera, los individuos tendrán un
espacio en el que podrán expresar y hacer valer sus derechos durante la
relación contractual.
Superado el período
estipulado por la normativa en cuestión para que el cliente obtenga una
solución a su inquietud, el DOAA intervendrá para actuar como mediador
y garantizar una respuesta satisfactoria al asegurado.
Los consumidores
tendrán diversas vías para iniciar los trámites de asistencia, ya que
podrán acercarse personalmente a las oficinas del DOAA, enviar una carta
postal o fax, y comunicarse telefónicamente o mediante correo
electrónico.
Conforme la citada
Resolución, el Estado contribuye a la tutela efectiva del asegurado
mediante la implementación de éste nuevo marco normativo,
garantizando la aplicación y haciendo operativas las normas de
protección de derechos del consumidor en materia de seguros,
posibilitando de esta manera reducir el grado de litigiosidad entre las
partes involucradas.
Resultando fundamental
la asunción por parte del Estado del rol activo en defensa del asegurado,
es que solicito a mis pares que me acompañen con la aprobación de la
presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PAIS, JUAN MARIO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FELIX, OMAR CHAFI | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BLANCO DE PERALTA, BLANCA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CEJAS, JORGE ALBERTO | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ECONOMIA (Primera Competencia) |