PROYECTO DE TP
Expediente 4527-D-2012
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LA IRREGULAR INCORPORACION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA COMO MIEMBRO DEL MERCOSUR, EN REEMPLAZO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY.
Fecha: 03/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar su claro rechazo al
aprovechamiento abusivo de la suspensión temporaria de la hermana
República del Paraguay en el MERCOSUR para la incorporación al mismo, en
forma irregular y súbita, de la República Bolivariana de Venezuela, procediendo
de la misma forma "express" y sin el debido proceso, con el que se acusa de
actuar al Parlamento del Paraguay.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La reciente suspensión
temporaria de la República del Paraguay en el MERCOSUR y el subsecuente
anuncio de la aceptación del ingreso de la República Bolivariana de Venezuela
al mismo, se ha sucedido en forma súbita e irregular, tan solo una semana
después que el Parlamento paraguayo destituyera al Presidente Lugo por
medio de un Juicio Político al Presidente de la Nación, siendo reemplazado por
el Vicepresidente electo.
Compartimos los fundamentos
del Parlamento Argentino respecto a la denuncia del mecanismo "express"
utilizado en el Juicio Político contra el Presidente Lugo. Justamente por ello es
que no podemos concebir cómo se defienden los mecanismos del debido
proceso para suspender a Paraguay del MERCOSUR, y a la vez, se violan los
mecanismos democráticos y del debido proceso para la incorporación de
Venezuela al mencionado bloque. Parece, entonces que se responde más a la
ideología que a las normas y al derecho.
Al respecto es importante
considerar que el artículo 20º del Tratado de Asunción, constitutivo del
MERCOSUR, expresa claramente que sólo los estados parte, por decisión
unánime, pueden aceptar la adhesión de nuevos miembros. Asimismo, el
artículo 22º del Tratado de Asunción establece un plazo de dos años para que
un estado parte quede relevado de sus derechos y obligaciones al
desvincularse.
Por otra parte, hay que tener en
cuenta que la República del Paraguay continúa siendo un estado parte que
solamente fue suspendido temporalmente hasta que asuman las autoridades
electas el próximo abril del año 2013. Y, debido a esta circunstancia, aun
persiste el veto del Parlamento de la República del Paraguay al ingreso al
MERCOSUR de la República Bolivariana de Venezuela.
Por último, es importante
observar que no se ha cumplido con el "debido proceso" estipulado en el
PROTOCOLO DE USHUAIA SOBRE COMPROMISO DEMOCRÁTICO EN EL
MERCOSUR, en cuyo artículo 4º establece la necesidad de consultar con el
estado afectado antes de proceder a sancionarlo, lo cual no ha sucedido.
Esta última situación hace
evidente una interpretación laxa y abusiva de los tratados internacionales, así
como el aprovechamiento oportunista de situaciones como las anteriormente
mencionadas, debilitando el principio de justicia y los valores que deben guiar
nuestra Política Exterior, e incluso, afectando los intereses nacionales
estratégicos, reduciendo nuestra credibilidad y previsibilidad como actor
internacional.
Por lo expuesto Sr. Presidente,
le solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION POR TODOS |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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