PROYECTO DE TP
Expediente 4495-D-2014
Sumario: CODIGO CIVIL: INCORPORACION DEL ARTICULO 2604 BIS, ESTABLECIENDO LA EXTINCION DEL DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LOS BIENES UTILIZADOS O PROVENIENTES DE DELITOS DE CORRUPCION.
Fecha: 09/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Incorporase al Código Civil el
artículo 2604 bis, el cual quedará redactado de la manera siguiente:
"Articulo 2604 bis.- Cuando se trate de
bienes utilizados o provenientes de delitos de corrupción, el derecho de propiedad se
extingue de una manera absoluta mediante sentencia judicial en favor del Estado, sin
contraprestación ni compensación de ninguna especie para el propietario".
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley propone
ampliar los modos de extinción de dominio establecidos en el Código Civil, incorporando
como modo de extinción en favor del Estado a aquellos bienes que se han obtenido
ilícitamente mediante hechos de corrupción.
Debido a los hechos y denuncias de
corrupción por los cuales atraviesa nuestro país, deviene necesario fortalecer y
complementar los modos previstos en el actual Código Civil en relación a la extinción de
dominio, estableciendo una herramienta jurídica dirigida a afectar patrimonialmente a
aquellas personas que han sido sentenciadas judicialmente por hechos de
corrupción.
En los últimos años se ha incrementado,
de manera alarmante, el número de este tipo de delitos que atentan contra el
patrimonio del Estado, provocando que personas individuales y jurídicas, hayan
incrementado notablemente su patrimonio, generando en la sociedad un daño
incalculable.
Por ello solicito de mis pares me
acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MASSA, SERGIO TOMAS | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
ALEGRE, GILBERTO OSCAR | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
CAMAÑO, GRACIELA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
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