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PROYECTO DE TP


Expediente 4462-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26270, DE PROMOCION DEL DESARROLLO Y PRODUCCION DE LA BIOTECNOLOGIA MODERNA.
Fecha: 23/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo a través de los organismos correspondientes proceda a reglamentar la ley N° 26.270, conocida como "LEY DE PROMOCION DEL DESARROLLO Y PRODUCCION DE LA BIOTECNOLOGIA MODERNA".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 26.270, sancionada el 4 de Junio del año 2007, tiene por objetivo incentivar el desarrollo biotecnológico del país, a través de beneficios para los proyectos de investigación y de producción de bienes y servicios en esta área.
Esta Ley fue sancionada con amplio consenso y es posiblemente uno de los ejemplos reales que demuestran que el trabajo mancomunado entre los bloques es posible, y que cuando podemos divisar un objetivo común es mucho más fácil construir. La Ley 26.270 es una Ley que apoya decididamente al desarrollo científico nacional, con el consecuente aumento de puestos de trabajo calificados.
Nos resulta llamativo, que siendo una Ley destinada a favorecer el desarrollo nacional, y habiendo surgido con amplio acuerdo entre los bloques, a más de tres años de su promulgación, continúe sin ser reglamentada.
La falta de reglamentación imposibilita su efectiva aplicación y hace que muchos emprendedores o empresas que estén evaluando la radicación de algún emprendimiento relativo a la biotecnología demoren su realización, lo que implica menos puestos de trabajo para los argentinos, y que no podamos aumentar la participación de productos de elevado valor agregado en nuestra producción. El Ministro de Ciencia y Tecnología en una entrevista reciente comentó que el costo del kg de eritropoyetina tiene un valor similar a 200 km de camiones cargados de soja, lo que habla claramente del potencial impacto que las empresas biotecnológicas pueden tener en la economía Argentina.
En los fundamentos del proyecto original presentado en esta Honorable Cámara decía: 'Será entonces la Argentina uno de los países de Sudamérica que disponga de esta herramienta legal', hoy los hechos nos demuestran que luego de tres años de haber promulgado esta ley, continuamos siendo uno de los países del mundo que no pueden hacer uso de la mencionada herramienta legal.
Por lo expuesto solicitamos a los demás integrantes de esta Honorable Cámara de Diputados la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
CICILIANI, ALICIA MABEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CIENCIA Y TECNOLOGIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
05/08/2010 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0914/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4462-D-2010 y 4520-D-2010 CON MODIFICACIONES 20/08/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4462-D-2010 y 4520-D-2010 13/10/2010 APROBADO