PROYECTO DE TP
Expediente 4462-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26270, DE PROMOCION DEL DESARROLLO Y PRODUCCION DE LA BIOTECNOLOGIA MODERNA.
Fecha: 23/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el
Poder Ejecutivo a través de los organismos correspondientes proceda a
reglamentar la ley N° 26.270, conocida como "LEY DE PROMOCION DEL
DESARROLLO Y PRODUCCION DE LA BIOTECNOLOGIA
MODERNA".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 26.270, sancionada el 4
de Junio del año 2007, tiene por objetivo incentivar el desarrollo
biotecnológico del país, a través de beneficios para los proyectos de
investigación y de producción de bienes y servicios en esta área.
Esta Ley fue sancionada con
amplio consenso y es posiblemente uno de los ejemplos reales que
demuestran que el trabajo mancomunado entre los bloques es posible, y
que cuando podemos divisar un objetivo común es mucho más fácil
construir. La Ley 26.270 es una Ley que apoya decididamente al desarrollo
científico nacional, con el consecuente aumento de puestos de trabajo
calificados.
Nos resulta llamativo, que
siendo una Ley destinada a favorecer el desarrollo nacional, y habiendo
surgido con amplio acuerdo entre los bloques, a más de tres años de su
promulgación, continúe sin ser reglamentada.
La falta de reglamentación
imposibilita su efectiva aplicación y hace que muchos emprendedores o
empresas que estén evaluando la radicación de algún emprendimiento
relativo a la biotecnología demoren su realización, lo que implica menos
puestos de trabajo para los argentinos, y que no podamos aumentar la
participación de productos de elevado valor agregado en nuestra
producción. El Ministro de Ciencia y Tecnología en una entrevista reciente
comentó que el costo del kg de eritropoyetina tiene un valor similar a 200
km de camiones cargados de soja, lo que habla claramente del potencial
impacto que las empresas biotecnológicas pueden tener en la economía
Argentina.
En los fundamentos del
proyecto original presentado en esta Honorable Cámara decía: 'Será
entonces la Argentina uno de los países de Sudamérica que disponga de
esta herramienta legal', hoy los hechos nos demuestran que luego de tres
años de haber promulgado esta ley, continuamos siendo uno de los países
del mundo que no pueden hacer uso de la mencionada herramienta
legal.
Por lo expuesto solicitamos a
los demás integrantes de esta Honorable Cámara de Diputados la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CIENCIA Y TECNOLOGIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
05/08/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0914/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4462-D-2010 y 4520-D-2010 | CON MODIFICACIONES | 20/08/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4462-D-2010 y 4520-D-2010 | 13/10/2010 | APROBADO |