PROYECTO DE TP
Expediente 4441-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS GESTIONES INICIADAS CON LA REPUBLICA DE CHILE PARA ESTABLECER UN CORREDOR BIOCEANICO A TRAVES DEL PASO FRONTERIZO CARDENAL SAMORE, PROVINCIA DE RIO NEGRO.
Fecha: 21/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, a través de los Organismos que corresponda, se informe a
esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación sobre:
1- Si se han realizado
gestiones con la Republica de Chile tendientes a establecer un Corredor
Bioceánico a través del Paso fronterizo Cardenal Samoré, que se
encuentra emplazado dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi,
reconocido y declarado como reserva de biosfera del mundo por la
UNESCO.
2- En caso de ser
afirmativo, en que estado se encuentran dichas gestiones.
3- En el caso contrario,
si el Poder Ejecutivo tiene en sus planes proponer al país vecino, la
concreción de dicho corredor en el mediano plazo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Por medio de la
presente iniciativa se pretende que se informe a esta Honorable Cámara
acerca de la posibilidad de crear un corredor bioceánico con la República
de Chile, a efectuarse a través del Paso Internacional Samoré, en la
Provincia del Neuquén.
Este proyecto surge a raíz
de la preocupación que ha generado a los habitantes residentes en el
Parque Nacional Nahuel Huapi la sanción de la Ley Nº 4014 en la
Provincia de Río Negro (Sancionada: 10/11/2005- Promulgada:
26/12/2005 - Decreto: 1682/2005- Boletín Oficial: 02/01/2006 -
Número: 4373) que pretende impulsar la concreción de dicho corredor, y
cuyo nexo fronterizo sea el Paso Cardenal Samoré.
En efecto, dicha Ley
establece que: "...Se define como Corredor Bioceánico Norpatagónico, al
espacio geoeconómico que incluye la Región de los Lagos Cordillerana -
Pacífica, la Meseta Patagónica con sus valles menores, el Litoral Marino
Atlántico y el Valle Inferior del Río Negro.
Reconoce como ejes de
integración y circulación de bienes y servicios a las localidades chilenas
de Puerto Montt, Puerto Varas, Valdivia, Puerto Corral y Osorno en Chile;
el Paso Cardenal Samoré ubicado en la Provincia del Neuquén; la ruta
nacional nº 23 y el Tren Patagónico, que unen a San Carlos de Bariloche
con el Atlántico, comunicando a todos los pueblos de la Región Sur, para
terminar enlazando los Puertos de San Antonio Este y Punta Colorada,
así como las poblaciones atlánticas de Viedma, San Antonio Oeste, Las
Grutas y Sierra Grande de la Provincia de Río Negro...(ARTÍCULO
2º)".
El Paso Cardenal Samoré
se encuentra enclavado en el Parque Nacional Nahuel Huapi, el mas
antiguo del país, y cuya protección ambiental se impulsa incluso a nivel
internacional ya que la UNESCO ha declarado a dicho Parque como
Reserva de Biosfera Norpatagónica, con motivo de la reunión celebrada
por la Mesa del Consejo Internacional de Coordinación del Programa
sobre el Hombre y la Biosfera (MAB) celebrada del 18 al 20 de
septiembre en París, en la sede del organismo.
La concreción de un
Corredor Bioceánico que atravesaría el Parque Nacional Nahuel Huapi,
implicaría un aumento en el tráfico de camiones de carga, y vehículos de
transporte en general, con su consecuente impacto sobre la flora y la
fauna de la región.
Es responsabilidad del
Estado y de la sociedad en su conjunto, desalentar el tránsito de los
mismos sobre áreas de gran fragilidad medioambiental. Los efectos
nocivos que repercutirían sobre el ecosistema de la región generarían
una grave contradicción con los objetivos de preservación que el Parque
Nacional Nahuel Huapi posee.
Es por ello que
consideramos que de ponerse en marcha la propuesta de crear un
Corredor Bioceánico, la misma debería desarrollarse por el Paso
Internacional de Pino Hachado que posee características mas benévolas
para la
concreción de este
proyecto, a su vez contribuiríamos a proteger la región sur de la
Provincia del Neuquén y Río Negro, de gran valor natural para nuestro
País, y que depende económicamente de la actividad turística.
Recordemos que uno de
los principios fundamentales en materia ambiental, incorporado no solo
en la Constitución Nacional (art. 41 CN), sino también en la Ley General
del Ambiente (Ley 25.675) es el de desarrollo sustentable.
Por las razones expuestas
solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | 03/09/2008 | RETIRADO |