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PROYECTO DE TP


Expediente 4434-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE ECONOMIA DE LA NACION Y A LOS SECRETARIOS DE ESTADO DE LAS AREAS INVOLUCRADAS, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 71 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, SOBRE EL ESTADO ACTUALIZADO DE LA DEUDA EXTERIOR CON LOS ACREEDORES DEL CLUB DE PARIS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 05/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Art. 1°: Citar al Sr. Ministro de Economía de la Nación, y a los Secretarios de Estado de las áreas involucradas, en los términos del art. 71° de la Constitución Nacional y 204° del Reglamento de esta Cámara, para que proporcione explicaciones e informes sobre los puntos que se especifican a continuación, y responda las preguntas atinentes a ellos:
1.- Estado actualizado de la deuda exterior de la República Argentina con los acreedores del Club de París.
2.- Estado de esa misma deuda al momento de la interrupción o cesación de pago a los acreedores.
3.- Negociaciones con dichos acreedores, de acuerdo a la información que ha tomado estado público y, en todo caso, carácter de los compromisos asumidos por el Ministerio a su cargo.
4.- Discriminación de los conceptos que actualmente integraría la deuda (correspondiente al total informado en el punto 1).
5.- En caso de confirmarse la información referida en el punto 3, informe sobre las acciones que se propone en orden a lo dispuesto por el art. 75° inc 7 y 76° de la Constitución Nacional.
Art. 2°: Las explicaciones y los informes solicitados en los puntos 1 a 5 del art. 1° deberán ser acompañados por presentaciones por escrito y la documentación respaldatoria pertinente.
Art. 3°: Establécese la sesión para dar cumplimiento a lo previsto en la presente para el día el 11 de junio de 2014.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como es de dominio público el Ministerio de Economía ha anunciado un acuerdo alcanzado con el Club de París en orden al pago de la deuda exterior de la Nación con los acreedores nucleados en ese organismo.
Entiendo que esto compromete de hecho las decisiones que debiera tomar el Congreso de la Nación, único estamento con la facultad de arreglar el pago de la deuda interior o exterior de la Nación, conforme lo establecido en el artículo 75 inc. 7 de la Constitución Nacional.
Basándome en el imperio de la Constitución Nacional y en la división de Poderes, pilar básico de toda República, resulta ineludible que las condiciones de arreglo de la deuda externa sean debatidas y establecidas por el Congreso de la Nación previo a la celebración de acuerdos de cualquier naturaleza.
Todo anuncio unilateral como el realizado por el Gobierno Nacional a través de su Ministro de Economía muestra un claro desapego por la sana práctica parlamentaria y el respeto por la exclusiva competencia que tiene el Congreso Nacional en el tratamiento de la deuda externa, tema tan caro al sentir del pueblo argentino y decisivo para el destino de nuestra Nación.
Ante la situación antes mencionada considero imprescindible citar al Sr. Ministro de Economía de la Nación, y a los Secretarios de Estado de las áreas involucradas, para que expliquen e informen sobre los alcances del acuerdo que anunciara públicamente, y demás datos que hacen a él, todo ello de conformidad a lo expuesto en el art. 71° de la Constitución Nacional y el 204° del Reglamento de esta Cámara.
La presentación, además debe ser perentoria, por lo que se pide se haga presente el próximo 11 de junio.
Por todo lo expuesto, solicito a los Sres. Diputados que acompañen esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
VILLATA, GRACIELA SUSANA CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARLETTA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA VILLATA (A SUS ANTECEDENTES)