PROYECTO DE TP
Expediente 4433-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS OBJETIVOS ESTRATEGICOS MILITARES E INTERESES NACIONALES MENCIONADOS EN EL DECRETO 1729/07.
Fecha: 23/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 81
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, a través del organismo que corresponda, informe a ésta
Cámara Legislativa:
1. Cuáles son los
Objetivos Estratégicos Militares e Intereses Nacionales que el Poder
Ejecutivo Nacional considera y que se mencionan en el Decreto PEN
1729/07.
2. Si se está
cumpliendo o se ha cumplido lo dispuesto por dicho Decreto sobre el
planeamiento operativo que determinará la forma en que se emplearán las
Fuerzas Armadas para cumplir con las misiones que les han sido
asignadas, en un plazo de uno a tres años. En caso de ser afirmativo el
segundo supuesto, informar las conclusiones surgidas.
3. A qué se refiere la
norma al señalar "que no podrán satisfacerse integralmente los
requerimientos que demande el planeamiento para el logro de los
Objetivos Estratégicos Militares o para la preservación de los Intereses
Nacionales."
4. Si han sido
detectados niveles de riesgo surgidos de potenciales dificultades para
satisfacer esos requerimientos. En caso afirmativo, informar cuáles serían
esos niveles, sus características y posibles consecuencias.
5. Toda otra
información que sea pertinente a los requerimientos efectuados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A través del Decreto
1729/07, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la creación y aplicación de
un "Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional" (CPDN). El mismo
conlleva una serie de aspectos técnicos que se articulan entre el Poder
Ejecutivo y organismos específicos: Ministerio de Defensa, Estado Mayor
Conjunto de las Fuerzas Armadas, las jefaturas de cada fuerza y demás
niveles jerárquicos.
Se dispone en su Anexo I el
funcionamiento del CPDN de la siguiente manera: "El Ciclo de
Planeamiento de la Defensa Nacional se iniciará con el dictado de una
Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN), suscrita por el
Presidente de la Nación a propuesta del Ministerio de Defensa, a partir de
la cual el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas formulará el
Planeamiento Estratégico Militar correspondiente, el que se materializará
en los documentos a) Directiva para la Elaboración del Planeamiento
Estratégico Militar (DEPEM), b) Apreciación y Resolución Estratégica Militar
(AREMIL), c) Directiva Estratégica Militar (DEMIL), d) Plan Militar de
Corto, Mediano y Largo Plazo. Los Estados Mayores Generales de las
Fuerzas Armadas serán responsables de la elaboración del planeamiento
contribuyente correspondiente."
También dice la
norma:
"Apéndice I -
PLANEAMIENTO DE CORTO PLAZO (UNO (1) a TRES (3) años)
Es el período en el cual se
determinará, a través del planeamiento operativo, la forma en que se
emplearán las Fuerzas Armadas para cumplir con las misiones que le han
sido asignadas con el despliegue y las capacidades militares existentes.
Ello implicará asumir ciertos niveles de riesgo, habida cuenta que no
podrán satisfacerse integralmente los requerimientos que demande el
planeamiento para el logro de los Objetivos Estratégicos Militares o para
la preservación de los Intereses Nacionales. Finalmente, en este período,
el análisis deberá considerar la necesaria asignación de recursos."
Pero encontramos un hecho
preocupante: la posibilidad de que en el primer período del CPDN -el
corto plazo, de uno (1) a tres (3) años- no se puedan cumplir los
requerimientos que demande el planeamiento para el logro de los
Objetivos Estratégicos Militares o para la preservación de los Intereses
Nacionales. Debemos tener en cuenta que el Decreto fue dictado en 2007
y el corto plazo al que se refiere es de tres años, lo que implica que en el
año 2010 dicha tarea debería estar cumplida o en proceso de serlo, lo que
desconocemos, así como cuáles son los niveles de riesgo y sus causas y si
se han producido o no.
Por ello consideramos
vital que el Poder Ejecutivo informe y defina cuales son los Intereses
Nacionales y los Objetivos Estratégicos Militares considerados en la
actualidad y responda las inquietudes que animan a este proyecto. El
Poder Legislativo, en la figura de esta Honorable Cámara, no puede
permanecer indiferente a lo que podría tornarse una situación de
vulnerabilidad sobre los objetivos estratégicos, llegando incluso a la
indefensión de nuestros intereses primarios y significando una reducción
de la proyección de poder nacional, a lo que se suma un complejo
escenario signado por la repotenciación de la disputa en torno a las Islas
Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.
Asimismo solicitamos
al Poder Ejecutivo que defina cuáles son los riesgos, sus causas y
consecuencias en relación a la tarea del planeamiento operativo, teniendo
en cuenta que el mismo Decreto destaca "Que la Defensa Nacional es una
obligación esencial e indelegable del Estado, donde deben coincidir todos
los esfuerzos necesarios para preservar los intereses vitales de la
República."
Es por todo ello y por
la gravedad que implicaría desconocer estar situación, que solicitamos el
acompañamiento de los Señores/as Diputados/as al presente proyecto,
mediante su voto afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | LIBRES DEL SUR |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1678/2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; CON MODIFICACIONES | 10/11/2010 |