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PROYECTO DE TP


Expediente 4429-D-2015
Sumario: "AÑO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL". SE DECLARA COMO TAL AL AÑO 2016. SE DISPONE LA CREACION DE UNA COMISION NACIONAL Y LA IMPRESION DE UN BILLETE Y LA ACUÑACION DE UNA MONEDA CONMEMORATIVA.
Fecha: 19/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1.- Declárese "Año del Bicentenario de la Independencia Nacional" el año 2016, en conmemoración del Segundo Centenario de la Declaración de la Independencia por el Soberano Congreso General de las Provincias Unidas del Río de la Plata, el 9 de Julio de 1816 y la Heroica Gesta de la Guerra de la Independencia.
Artículo 2.- Desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2016, todos los documentos oficiales del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, serán precedidos por la denominación "Año del Bicentenario de la Independencia Nacional", al indicar el año 2016.
Artículo 3.- Créase la "Comisión Nacional del Bicentenario de la Independencia Nacional" que tendrá a su cargo la preparación y ejecución del programa de celebración del Bicentenario de la Declaración de la Independencia en San Miguel de Tucumán.
Artículo 4.- La "Comisión Nacional del Bicentenario de la Independencia Nacional" estará integrada por:
- Un representante del Poder Ejecutivo Nacional con rango de Ministro;
- Dos Diputados nacionales;
- Dos Senadores nacionales;
- Un miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación;
- Dos diputados al Parlamento del MERCOSUR (Parlasur);
- Dos representantes de los Rectores de las Universidades Nacionales y;
- Dos representantes de la Academia Nacional de Historia de la República Argentina;
- Un representante de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba
- El director del Museo Casa Histórica de la Independencia;
- Un representante de la Asociación de descendientes de guerreros y próceres de la Independencia
Para la designación de los legisladores nacionales, deberá nominarse un senador y un diputado de la oposición; los dos restantes podrán ser designados por las bancadas más numerosas de ambas Cámaras. Asimismo, uno de los diputados al Parlasur será designado por la oposición.
Artículo 5.- El programa de celebración elaborado por la Comisión deberá incluir, entre otros aspectos:
- La realización de un Congreso Nacional de Historia, cuyas ponencias y conclusiones serán editadas por la Comisión;
- La publicación y/o reedición de los documentos más importantes relacionados con el Soberano Congreso de Tucumán y con la Guerra de la Independencia;
- La realización de un "Concurso Pictórico Nacional" sobre temas referentes a la época y sucesos del Soberano Congreso de Tucumán y Guerra de la Independencia;
- La realización de un "Concurso Literario Nacional" sobre temas referentes a la época y sucesos del Soberano Congreso de Tucumán y Guerra de la Independencia;
- La restauración del Monumento a los dos Congresos, situado en la plaza homónima de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
- La construcción en la ciudad de San Miguel de Tucumán, de un monumento destinado a la conservación de la memoria de todos los diputados congresales que participaron del Soberano Congreso de Tucumán.
- La organización de conmemoraciones, en cada una de las provincias argentinas, en las fechas que por acuerdo con cada una se considere oportuno a fin de evocar la Declaración de la Independencia Argentina y la Heroica Gesta de la Independencia;
- La celebración de una "Exposición Internacional de Turismo";
- La celebración de una "Exposición Internacional Científica Tecnológica y Productiva";
- Toda otra obra o evento que la Comisión considere oportuno.
Artículo 6.- El Poder Ejecutivo Nacional procederá a invitar a todos los jefes de Estado y de Gobierno con los cuales mantiene relaciones diplomáticas la República Argentina, especialmente a los presidentes de Perú, Chile, Bolivia, Paraguay y República Oriental del Uruguay; asimismo se invitará al presidente del Brasil con igual condición especial y cursará una a Su Santidad Francisco, soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano y Sumo Pontífice de la Iglesia Católica. Asimismo, se invitará a la máxima autoridad de la Unión de Naciones Sudamericanas, UNASUR.
Artículo 7.- El Banco Central de la República Argentina y la Casa de Moneda dispondrán la impresión de un billete de pesos doscientos ($ 200) en alusión al Bicentenario de la Independencia Argentina y la acuñación de una moneda conmemorativa de pesos cinco ($ 5) en relación a la Heroica Gesta de la Guerra de la Independencia.
Artículo 8.- El Correo Oficial dispondrá la emisión, en el transcurso del año 2016, de una serie de estampillas conmemorativas en alusión al Bicentenario de la Independencia Argentina y en relación a la Heroica Gesta de la Guerra de la Independencia.
Artículo 9.- Destinase a la "Comisión Nacional del Bicentenario de la Independencia Argentina" la suma de $ 25.000.000 de Rentas Generales para su constitución y cumplimiento de durante el corriente año 2015.
Autorizase al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación a realizar las reasignaciones presupuestarias correspondientes. La ley de presupuesto 2016 establecerá los montos para dicho período fiscal.
Artículo 10.- Invítase a las provincias a dictar en sus respectivas jurisdicciones normas de similar tenor.
Artículo 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se torna imprescindible rendir tributo y revivir, una vez más, el acontecimiento que al decir de Marco Avellaneda, es el más grande que un pueblo puede celebrar, un centenario más de su vida como Nación.
En el marco del Bicentenario, sería propio que toda la Argentina participara de la evocación que proponemos, dado que "cada provincia, cada región del territorio, cada pedazo del territorio de la patria, fueron señalados por algún hecho culminante o regados con la sangre de soldados o ciudadanos, durante la epopeya de la independencia, y en victorias o derrotas, quedó siempre inmaculada y en alto el símbolo de nuestra soberanía..."
Don Marco Avellaneda, Ministro del Interior en 1909, expresaba en su discurso de presentación del proyecto de conmemoración del Centenario de la Revolución: "El Poder Ejecutivo ha creído que, al festejar este centenario, su primer deber era honrar la memoria de nuestros próceres, que tuvieron la intuición de nuestros destinos, y que, sin arredrarse por la escasez de recursos y de la población, acometieron la grande empresa de nuestra emancipación política; y también la de honrar a nuestros guerreros que la llevaron a cabo a costa de grandes sacrificios y de esfuerzos sobrehumano."
Desde la conformación del primer gobierno patrio, sin injerencia de España, se había desatado una larga guerra independentista, de la cual muy pocos se animaban a vaticinar de forma explícita cómo terminaría; no sólo por las dificultades económicas a que había que hacer frente y la tenaz resistencia por parte de los ejércitos realistas; también porque no eran pocas las diferencias internas respecto a cómo organizar el nuevo país, todavía inexistente. Las rivalidades se dirimían en golpes de mando, encarcelamientos, campañas militares, etc.
Aun así, sin consensos definidos y con grandes turbulencias, el proceso independentista avanzaba. En 1815, tras la deposición de Alvear como Director Supremo ocurrida el 15 de abril de 1815, el director interino Ignacio Álvarez Thomas, envió una circular a las provincias invitándolas a realizar la elección de diputados para un congreso general que se reuniría en Tucumán.
Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y la Banda Oriental decidieron no enviar representantes. Tampoco asistirían diputados de Paraguay. Del Alto Perú, se allegaron representantes de Chichas o Potosí, Charcas (Chuquisaca o La Plata) y Mizque o Cochabamba.
Pronto comenzaron a ser electos en las provincias los diputados que se reunirían en Tucumán para inaugurar un nuevo congreso constituyente. Entre las instrucciones que las provincias -no todas- daban a sus diputados, se encontraba la de "declarar la absoluta independencia de España y de sus reyes".
El 24 de marzo de 1816 fue finalmente inaugurado el Congreso en Tucumán. El porteño Pedro Medrano fue su presidente provisional y los diputados presentes juraron defender la religión católica y la integridad territorial de las Provincias Unidas. Entretanto, el gobierno no podía resolver los problemas planteados: la propuesta alternativa de Artigas, los planes de San Martín para reconquistar Chile, los conflictos con Güemes y la invasión portuguesa a la Banda Oriental, entre otros.
Finalmente, cuando San Martín llamaba a terminar definitivamente con el vínculo colonial, una comisión de diputados, integrada por Gascón, Sánchez de Bustamante y Serrano, propuso un temario de tareas conocido como "Plan de materias de primera y preferente atención para las discusiones y deliberaciones del Soberano Congreso".
El 9 de julio de 1816, el mismo día en que se aprobó el temario, se resolvió considerar como primer punto el tema de la libertad e independencia de las Provincias Unidas. Los diputados no tardaron en ponerse de pie y aclamar la Independencia de las Provincias Unidas de la América del Sud de la dominación de los reyes de España y su metrópoli. Diez días más tarde, a propuesta de Medrano, se agregó a la liberación de España la referente a "toda dominación extranjera", y el 25 se adoptó oficialmente la bandera celeste y blanca.
A continuación transcribimos las palabras de Bartolomé Mitre sobre aquel Congreso "que supo elevarse a la altura de la situación, dando nueva vida a la revolución y nuevo ser a la República, por un acto vigoroso, que hará eterno honor a su memoria mientras el nombre argentino no desaparezca de la tierra" (Fuente: Bartolomé Mitre, Historia de Belgrano y de la Independencia argentina; en Belisario Fernández, Guión de la independencia, Buenos Aires, Ediciones La Obra, 1966, págs. 109-110).
El Congreso de Tucumán, a cuyo lado iba a ponerse Belgrano, era la última esperanza de la revolución: el único poder revestido de alguna autoridad moral, que representase hasta cierto punto la unidad nacional; una parte de las provincias se había sustraído a la obediencia del gobierno central, y éste, asediado por las agitaciones de la capital, y por las atenciones de la guerra civil, apenas dominaba a Buenos Aires. En tal estado estas cosas, la reunión de un congreso era la última áncora echada en medio de la tempestad.
Aquel Congreso, que debe su celebridad a la circunstancia de haber firmado la declaratoria de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata, representa uno de los más raros fenómenos de la historia argentina. Producto del cansancio de los pueblos; elegido en medio de la indiferencia pública; federal por su composición y tendencias y unitario por la fuerza de las cosas; revolucionario por su origen y reaccionario en sus ideas; dominando moralmente una situación, sin ser obedecido por los pueblos que representaba; creando y ejerciendo directamente el poder ejecutivo, sin haber dictado una sola ley positiva en el curso de su existencia; proclamando la monarquía cuando fundaba la república; trabajando interiormente por las divisiones locales, siendo el único vínculo de la unidad nacional; combatido por la anarquía, marchando al acaso, cediendo a veces a las exigencias descentralizadoras de las provincias, y constituyendo instintivamente un poderoso centralismo, este célebre Congreso salvó sin embargo la revolución, y tuvo la gloria de poner el sello a la independencia de la patria. La Asamblea de 1813 había constituido esencialmente esa independencia en una serie de leyes inmortales, y el Congreso de Tucumán al declararla solemnemente, no hizo sino proclamar un hecho consumado, y dictar la única ley que en aquella circunstancia podía ser obedecida por los pueblos.
Arreglado este punto capital, el Congreso formuló a la manera de tesis o problemas por resolver, el programa de sus trabajos legislativos, convocando a todos los ciudadanos a una especie de certamen político. Este programa comprendía el deslinde de las facultades del Congreso; la discusión sobre la declaración solemne de la independencia política de las Provincias Unidas; los pactos generales de las provincias y pueblos de la Unión como preliminares de la Constitución; la adopción de la más conveniente forma de gobierno; la Constitución adaptable a esta forma; el plan de arbitrios permanentes para sostener la lucha; el arreglo del sistema militar y de la marina; la reforma económica y administrativa; la creación de nuevos establecimientos útiles; el arreglo de la justicia; la demarcación del territorio; el repartimiento de las tierras baldías, y la revisión general de todo lo estatuido por la anterior Asamblea o por el Poder Ejecutivo, ya fuese en forma de leyes o de reglamentos.
En medio de tantas facultades, el Congreso supo elevarse a la altura de la situación, dando nueva vida a la revolución y nuevo ser a la República, por un acto vigoroso, que hará eterno honor a su memoria mientras el nombre argentino no desaparezca de la tierra; el acto que aconsejaba la misma prudencia, porque era lo único que el Congreso podía mandar, por ser lo único que los pueblos estaban dispuestos a obedecer. Tal fue la declaratoria de la independencia.
El Congreso de Tucumán, penetrado de las ideas antes indicadas, dio oídos al clamor universal de los pueblos, que pedían la emancipación de la España, y de acuerdo con sus dos ilustres sostenedores, San Martín y Belgrano, decidióse al fin a proclamar a la faz del mundo, la existencia de una nueva nación. Reunido en su sala de sesiones el día 9 de julio de 1816, se puso a discusión la cuestión de la Independencia del país, señalada en el programa de sus trabajos.
Un pueblo numeroso llenaba la barra. Don Narciso Laprida presidía la sesión. Formulada por el secretario la proposición que debía votarse, interrogó a los diputados: "¿Si querían que las provincias de la Unión fuesen una nación libre e independiente de los reyes de España". Todos a la vez, y poniéndose espontáneamente de pie contestaron por aclamación que sí, "llenos del santo amor de la justicia", según las palabras del acta, y uno a uno sucesivamente reiteraron su voto por la independencia del país, en medio de los aplausos y de los vítores del pueblo, que presenciaba aquel acto memorable.
Extendióse en seguida el acta, en la que, "invocando al eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representaba", el Congreso declaró solemnemente: "que era voluntad unánime de las Provincias Unidas de Sud América romper los violentos vínculos que las ligaban a los reyes de España, recuperar sus derechos, investirse del alto carácter de nación libre e independiente, quedando de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exigiere la justicia".
El 21 de julio se juró solemnemente la independencia en la sala de sesiones del Congreso con asistencia de todas las autoridades civiles y militares de Tucumán, protestando todos ante Dios y la Patria, "promover y defender la libertad de las Provincias Unidas, y su independencia del rey de España, sus sucesores y metrópoli, y de toda otra dominación extranjera", prometiendo sostener este juramento, "hasta con la vida, haberes y fama".
El Bicentenario que se cumplirá en 2016 amerita ser celebrado y conmemorado en su justa medida, acorde a la importancia trascendental que posee en la vida histórica del pueblo argentino.
En el proyecto de ley se consigna especialmente la invitación a los presidentes de los países vecinos y a Brasil. Aquéllos, porque la Independencia nacional lo involucró directamente. A éste, porque es nuestro socio estratégico.
Es por ello, que solicito el acompañamiento de mis pares a fin de sancionar el presente proyecto de ley.
Proyecto

ANEXO

Lista de presidentes y vicepresidentes del Congreso General 1816-1820 - Congreso de Tucumán
Tabla descriptiva
Diputados del Congreso General 1816-1820
Tabla descriptiva
*La fecha aclaratoria consignada en algunos representantes indica que no se incorporaron al Congreso desde su apertura sino en la fecha indicada. **También se registra un "F" si firmaron el Acta de la Independencia, con una "A", si estuvieron ausentes al momento de la firma o sin ninguna aclaración si se incorporaron con posterioridad al 9 de julio de 1816. ***La ciudad de Charcas fue distinguida más tarde con el nombre de Chuquisaca. Con posterioridad se la denominó La Plata y desde 1839 fue rebautizada con el nombre de Sucre, en homenaje al mariscal Antonio José Sucre
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
FINANZAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA