PROYECTO DE TP
Expediente 4407-D-2012
Sumario: DECLARAR COMO "DIA DEL TRABAJADOR DEL ESTADO" EL 27 DE JUNIO DE CADA AÑO.
Fecha: 27/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 77
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Declárase en todo el territorio
de la Nación el día 27 de Junio de cada año como el "Día del Trabajador del Esta-
do".
Artículo 2º.- Establécese el 27 de Junio
como día de descanso para los empleados de la Administración Pública Nacional, en los
que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los
efectos legales.
Artículo 3º.- Invítase a las Provincias y
Municipios de toda la República a instaurar el 27 de Junio como día de descanso en las
respectivas administraciones públicas, con los efectos dispuestos en el artículo 2º de la
presente.
Artículo 4º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La pelea de los empleados del Estado por
su reconocimiento como trabajadores ha sido vasta, y no exenta de obstáculos.
De hecho, se trata del gremio al que más le
costó conquistar el derecho a la negociación colectiva, derecho humano fundamental
garantizado constitucionalmente desde 1957 en el artículo 14 bis.
Es por eso que el 27 de junio es un día
muy caro para los trabajadores del Estado, ya que en esa fecha se adoptó por la Organi-
zación Internacional del Trabajo (OIT) el Convenio Nº 151 -y la Recomendación nº
159-, que favoreció el reconocimiento del derecho a la negociación colectiva a los em-
pleados públicos.
Si bien eso ocurrió en el año 1978, es de-
cir, en plena vigencia de la última Dictadura Militar, los trabajadores estatales del mun-
do entero, tomaron esta sanción como un gran avance en la posibilidad de su reconoci-
miento.
Las organizaciones representativas en el
ámbito regional y mundial, tales como la CLASEP, la CLATE, la INFEDOP y la ISP -
entre otras-, lanzaron la campaña para instalar ese día como el Día del Trabajador Esta-
tal en todo el mundo.
Argentina finalmente ratifica el Convenio
Nº 151 en 1987, sin embargo el día 27 de junio ha quedado como emblema para los
trabajadores estatales, como hito en la lucha por su reconocimiento como trabajado-
res.
Parte de esa lucha se cristaliza con la ela-
boración y posterior sanción de la Ley 24.185 -promovida por un dirigente sindical de
los trabajadores estatales, como fue el Diputado de la Nación Germán Abdala- que po-
sibilita y regula la negociación colectiva entre la Administración Publica Nacional y sus
empleados. Por ello la mentada ley también es conocida como la Ley Abdala.
Muchos otros gremios han obtenido el
reconocimiento de su Día, en conmemoración de alguna fecha especial. Este Honorable
Congreso de la Nación ha sancionado leyes en tal sentido en reiteradas oportunidades,
entre las que se destacan las recientes leyes 26.674 -Día del Empleado Judicial- y
26.541 -Día del Empleado de Comercio-.
Es de destacar asimismo que las Provin-
cias de Neuquén -mediante Ley Nº 1708 de fecha 04.06.87- así como Entre Ríos -
mediante Decreto Nº 216 de fecha 30.12.03- han establecido el 27 de Junio como Día
del Trabajador Estatal.
En reconocimiento a la abnegada lucha de
los trabajadores del Estado, es que consideramos merecedores de tal distinción a este
colectivo de trabajadores, quienes además, son reales sostenedores de la actividad del
Estado, especialmente de la vinculada con los servicios públicos.
Que por los motivos señalados, solicito el
acompañamiento de los Sres. Diputados al presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
PARADA, LILIANA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI |
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
DEPETRI, EDGARDO FERNANDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
05/09/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
25/10/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
08/11/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1452/2012 | 20/11/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 28/11/2012 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | 03/07/2013 | |
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 03/07/2013 | SANCIONADO |