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PROYECTO DE TP


Expediente 4405-D-2013
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA PRIMERA JUBILACION DE UNA PERSONA TRANS EN ARGENTINA, QUE TRAMITO LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)".
Fecha: 30/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar beneplácito por la concreción de parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de la primera jubilación de una persona trans en la Argentina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde la renovación que este pais comenzó a vivir con la llegada del exPresidente Nestor Kirchner al Poder Ejecutivo Nacional, es que la Argentina ha hecho enormes avances en materia de inclusión social y de ampliación de derechos para la comunidad.
Partimos de la premisa de que la elección de género no debe ser una limitación de ningún tipo para ninguna persona. De esta manera, vimos cómo el camino para el avance de nuevos derechos se abrió a partir de la legalización del matrimonio igualitario. El movimiento de diversidad sexual alcanzó una nueva conquista el 9 de mayo del 2012 cuando se sancionó por amplia mayoría la ley de igualdad de Género. Se recuerda aquel debate como mínimo dado el consenso de las fuerzas políticas de generar una jurisprudencia nueva que pueda paliar y reparar la ausencia del Estado para con las poblaciones LGTB que durante años estuvieron marginadas y excluidas de la sociedad argentina. Con esta ley se ganó el derecho para modificar el nombre, la foto y el sexo del Documento Nacional de Identidad (DNI), y el acceso gratuito a tratamientos de salud para que la persona que lo requiera pueda modificar su cuerpo. En este punto cabe recordar la fecha del 19 de Septiembre de 2008, cuando se sucedió el primer fallo en el pais y en Latinoamérica en el que la Justicia autorizó a cambiar su DNI a una persona sin el requerimiento de una intervención quirúgica.
Como en todo proceso histórico en el que los casos individuales de personas que luchaban por el reconocimiento de sus derechos crean jurisprudencia nueva, ésta disipó el camino para que surgieran nuevas historias en la comunidad. Hasta hace muy poco, personas que no se identificaran con su sexo biológico eran marginadas socialmente, y el destino casi obligado era el ejercicio de la prostitución, consecuencia directa de la exclusión laboral. Es por ello que la tarea de este modelo de Pais que hace hincapié en la inclusión social fue la de romper con el paradigma de que ese era el único camino para las poblaciones LGTB; lo que se convirtió, desde una convicción, en una política de Estado.
El 7 de mayo de 2013 el Ministerio de Trabajo extendió el seguro de capacitación y empleo a victimas de violencia de género, travestis y trans. De esta manera, se redobló la apuesta a que hay otras alternativas: las resoluciones 332 y 331 otorgán cobertura de asignación monetaria mensual como seguro de desempleo. Ademas de este seguro, el Estado otorga a aquellos que lo requieran servicios de "orientación y asistencia en la busqueda de empleo" y "formación básica y profesional" y "asistencia técnica para la formulación de autoproyectos", entre otros. Lo que sin duda se convierte en un Estado más presente allí donde derechos y sensibilidades habían sido exceptuados para determinadas personas.
Finalmente se ganó una batalla cultural mas en esta constante ampliación de derechos. El 8 de Mayo del 2013, al día siguiente de las resoluciones del Ministerio de Trabajo, se concretó la primera jubilación de una trans, a una edad distinta de la que corresponde por su sexualidad biológica. En la Argentina se establece para los hombres la edad de 65 años, mientras que para las mujeres la edad de 60. El caso individual que generó este importante cambio es el de Carla Castro, quien, a pesar de su cambio de género, de DNI y de tener los aportes correspondientes, no lograba jubilarse con 62 años. Sin embargo, en un acto de justicia, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), a través de la voluntad política de sus agentes, resolvió el reconocimiento del derecho civil a la jubilación.
A nuestro entender, esto consiste en un hito histórico para la joven vida de la República Argentina. El modelo de Pais con desarrollo e inclusión social no solamente nos ha dado nuevos aires y oportunidades a quienes nos vimos jaqueados por la terrible crisis que asoló en el 2001 a nuestra Nacion, sino también genera alternativas para sectores históricamente marginados. En este nuevo paradigma la clave de la gestión pública esta puesta en las personas, es así que la Argentina se ha volcado a la tarea de lograr una mayor integración y equidad entre sus habitantes.
Es de nuestro mayor agrado poder ver cómo se van concretando en esta ampliación de derechos para un sector anteriormente marginado, aquel sueño que nos contó Nestor Kirchner un 25 de mayo de 2003, sobre una nueva y gloriosa nación. La nuestra.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
METAZA, MARIO ALFREDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ELORRIAGA, OSVALDO ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
IANNI, ANA MARIA SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRAWER, MARA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia)