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PROYECTO DE TP


Expediente 4402-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ARQUITECTO JULIO DE VIDO, SOBRE LA INCORPORACION DE LA CONSTRUCCION DE LAS PLANTAS HIDROELECTRICAS CORPUS CHRISTI Y PANAMBI DENTRO DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA A ERIGIRSE EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE MISIONES.
Fecha: 30/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Citar al Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios responsable del Plan Estratégico Territorial de la República, a fin de que brinde explicaciones sobre la ilegal e ilegítima incorporación de la construcción de las Plantas Hidroeléctricas CORPUS CHRISTI y PANAMBI dentro de las obras de infraestructura que pretenden erigirse en el territorio de la Provincia de Misiones y, en particular, para que informe:
1) Si las autoridades de la Provincia de Misiones han puesto en conocimiento de su Ministerio, que el día 14 de abril de 1996, el 88,63 % del pueblo misionero, votó en las urnas por el NO a la construcción de la represa de Corpus Christi sobre el Río Paraná, cualquiera fuera el lugar de su emplazamiento.-
2) Si ha sido informado que la consulta popular y obligatoria que se hiciera a la ciudadanía en la fecha precitada, tiene el carácter de vinculante, y por lo tanto es de obligatorio acatamiento para las autoridades provinciales y nacionales (leyes 3220 y 3294 de la Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones).
3) En que medida ha intervenido el Estado misionero en la elaboración de los informes brindados a través de la Publicación MAS CERCA, de la Presidencia de la Nación, y en su caso, quien o quienes han sido los organismos o funcionarios provinciales que han consentido la divulgación y difusión de datos erróneos relacionados con la erección de resistidos emprendimientos hidroeléctricos en la Provincia de Misiones.
4) Cuales son los representantes del Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de Misiones que, conforme lo determina el artículo 4 de la ley de Soberanía Energética IV n 56, han participado, consentido y autorizado la formulación de anteproyectos de mega represas en el territorio federal de Misiones en flagrante violación al plebiscito del año 1996, a la ley de Soberanía Energética aludida, al articulo 58 de la Constitución Provincial, a los Artículos 1, 5, 41 y 124 de la Constitución Nacional y al artículo 28 del Pacto de San José de Costa Rica.
5) Si sabe y conoce cuales son las represas hidroeléctricas que se pretenden construir o construyen los países limítrofes de Paraguay, Brasil, Uruguay y Argentina en forma unilateral o bilateral sobre los territorios bañados por las aguas de los ríos Paraguay, Paraná, Uruguay e Iguazú y sus ríos y/o arroyos tributarios, integrantes de la Cuenca del Plata.
6) Si tiene conocimiento que el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo de la Provincia de Misiones, recibieran información oficial respecto del emplazamiento de nuevas represas en territorio brasilero que afectarían cauces, territorios y área de influencia del parque Nacional Iguazú.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ciudadanía misionera advierte con estupor, en estos últimos días, como el gobierno provincial y nacional continúa avanzando en su decisión de construir nuevas represas hidroeléctricas en el territorio provincial en clara afectación a los derechos federales, el territorio provincial, y además, a la salud y bienestar de los pueblos ribereños.
Los discursos y slogans de campaña electoral del gobierno de la Provincia de Misiones, liderado por el Presidente de la Legislatura Carlos Rovira y el Gobernador Maurice Closs son un claro ejemplo de ello.
En efecto, si nos guiamos por las declaraciones, acciones, gestos y silencios cómplices del gobierno nacional y provincial de Misiones, la puesta en marcha de los emprendimientos hidroeléctricos en Misiones "ya sería un hecho" para esta administración. Ejemplo de ello, lo constituye la apertura de sobres de la licitación pública internacional para la erección de los aprovechamientos hidroeléctricos que estarían ubicados en el tramo del río Uruguay compartido por la República Argentina y la República Federativa del Brasil (Garabí y Panambí), sobre abiertos con la connivencia de funcionarios nacionales y provinciales y en franca
Ahora, recientemente, en publicaciones emitidas desde la Presidencia de la Nación, y mas precisamente, desde el Ministerio de Planificación, Inversiones y Servicios liderado por el Arq. Julio De Vido, se incluye también, entre los mapas y explicaciones de su plan estratégico territorial, a las presas de Garabí y Panambí, y a la represa de Corpus Christi, entre sus proyectadas obras de inversión
Al parecer, Señor Presidente, el gobierno nacional no recuerda que ya en el año 1996 la Provincia de Misiones se expidió con un referendum y en forma contundente, por el No a la construcción de la represa de Corpus (de cada 10 misioneros 9 votaron por el No).
Hoy, a 17 años de esa decisión popular, el Poder Ejecutivo Nacional, con la mirada cómplice del gobierno de la provincia de Misiones, introduce nuevamente a Corpus entre sus planes y olvida deliberadamente ese 88,63% de misioneros que votaron en contra de su construcción.
Preciso es recalcar que el autor de esta iniciativa ya ha presentado innumerables proyectos referidos a la temática en la Cámara de Diputados de la Nación, proyectos que, lamentable y triste es reconocer, no han recibido ningún tratamiento ni dictamen atento a la abrumadora representación oficialista del Cuerpo y la falta de diputados misioneros que defiendan esta postura popular.
En todos los proyectos, el autor de esta iniciativa, indefectible y reiteradamente reclama se cumplan las prescripciones de la Constitución de la Provincia de Misiones (art.58), de la Constitución Nacional (arts.1, 5, 41 y 124) y art. 28 del Pacto de San José de Costa Rica y ahora la Ley de Soberanía Energética dictada por la Cámara de Representantes de la Provincia en el año 2011, que exige el llamado a una consulta al pueblo de la Provincia de carácter obligatoria, popular y vinculante y la intervención de un representante del PEP y de la Cámara de Representantes elegido por sus pares en toda etapa previa, incluso en el análisis de un anteproyecto de megarepresas (arts. 4 y 5 de la ley IV nª56).
Lo cierto es Sr. Presidente, que quien inicia este proyecto, en la más oscura soledad provincial y solo con el acompañamiento de legisladores de otras jurisdicciones que se unieron en solidaridad con los misioneros ha presentado una decena de proyectos referidos a esta temática.
A los fines ilustrativos se pasan a recordar sumariamente cuales fueron ellos y que por supuesto duermen en los archivos de las Comisiones que deberían tratarlo.
Ellos son:
Pedidos de Informes y Proyectos a favor del Medio Ambiente.
Tabla descriptiva
Y finalmente, ante la falta de tratamiento de los proyectos en sus respectivas comisiones parlamentarias del Congreso, el autor de esta iniciativa se presenta ya como parlamentario del Mercosur ante este Parlamento Internacional, el PARLASUR, con una propuesta de Recomendación a los Gobiernos de Brasil y Argentina, instando a que las autoridades de la República Federativa del Brasil y la República Argentina se abstengan de continuar con el proyecto de construcción de los mega emprendimientos hidroeléctricos de Garabí y Panambí sobre el Río Uruguay hasta tanto la Organización Mundial de la Salud ( OMS) y organismos internacionales especializados en la materia se expidan sobre la inexistencia de riesgos para la salud de las represas emplazadas en las zonas subtropicales. Transcribo para un mayor abundamiento el proyecto referido.
Proyecto recomendación ante el PARLASUR/ Diciembre 2010.-
Art 1º: Instar a las autoridades de la República Federativa del Brasil y a la República Argentina se abstengan de continuar con el proyecto de construcción de los mega emprendimientos hidroeléctricos de Garabí y Panambí sobre el Río Uruguay hasta tanto la Organización Mundial de la Salud (OMS) y organismos internacionales especializados en la materia se expidan sobre la inexistencia de riesgos para la salud de las represas emplazadas en zonas subtropicales.
Art 2°: Exhortar a los Estados Partes señalados en el punto primero, comuniquen formal y especialmente a la República Oriental del Uruguay y a los otros estados federados con los que comparten el río Uruguay-, de todos los proyectos hidroeléctricas que se encuentren proyectando erigir en sus respectivos territorios y que utilicen las aguas del río Uruguay y sus tributarios.
Art. 3º: Propiciar la modificación del Tratado del Río Uruguay y del Estatuto del Río Uruguay a fin de permitir la incorporación de la República Federativa del Brasil a la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) con la consiguiente reformulación de la composición de las delegaciones que la integran.
Art.3°: Promover ante los Estados Partes del MERCOSUR la conveniencia de realizar consultas populares obligatorias y vinculantes en todas aquellas comunidades que pudieran resultar afectadas por la construcción de nuevas mega represas.
La misma suerte que los proyectos presentados en la Cámara de Diputados, siguió a este proyecto presentado ante el PARLASUR. El PEN, insiste en generar energía a través del represamiento o extrangulamiento de los ríos aun en perjuicio de las provincias involucradas.
Los derechos federales de las provincias deben y tienen que ser defendidos. Por ello, y en función de estas breves consideraciones y otras que sabrán exponerse en su oportunidad es que solicito la Cámara de Diputados acompañe con su voto favorable el presente proyecto de Resolución. no sin antes dejar de transcribir el proyecto de ley que lleva el número 3.900/D/2012, el que, por su vital importancia debería ser extraído de los archivos de las Comisiones que deberían tratarlo, para ser considerado, analizado, debatido y finalmente aprobado por los representantes del país representativo, republicano y federal que, desde 1853, decidimos conformar.- Esta es la norma que reclama la salud y el pueblo todo de la Provincia de Misiones y que está paralizada en las Comisiones de Intereses Marítimos Fluviales Pesqueros y Portuarios y de Energía y Combustibles.
El texto es el siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados...Sanciona con Fuerza de Ley:
Artículo 1° Decláranse los territorios de las provincias argentinas ubicadas al norte del paralelo 30° de latitud Sur, Sub Trópico de Capricornio, surcados por los ríos Paraguay, Paraná, Uruguay e Iguazú y sus tributarios, por su condición de colectores del Río de la Plata, libres de la construcción de nuevos mega emprendimientos hidroenergéticos.
Artículo 2° Establécese en forma taxativa que, fuera de la zona de exclusión determinada en el artículo 1° de la presente ley, el Estado Nacional no podrá iniciar estudios, evaluaciones, proyectos económicos, sociales y/o ambientales para el emplazamiento de represas hidroenergéticas que involucren territorios y recursos naturales provinciales sin la previa y expresa conformidad de las provincias que resulten involucradas, la que debe formalizarse a través de las autoridades correspondientes y respetando los procedimientos establecidos en sus propias Constituciones y en la legislación nacional e internacional vigente.
Artículo 3° La promulgación de esta ley deja sin efecto toda negociación, acuerdo, preacuerdo provincial, nacional y/o internacional existente referido a la construcción de nuevas mega represas hidroenergéticas en la zona específicamente descripta en el artículo 1° de la presente ley y que no posean a la fecha de sanción de la misma, la taxativa aprobación formalizada conforme a la Constitución y la legislación vigente de las autoridades provinciales de los estados involucrados y de ambas Cámaras del Congreso de la Nación, por mayoría absoluta de votos de la totalidad de sus integrantes.
Artículo 4° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Estos y otros motivos sabrán exponerse y explayarse al momento de su tratamiento en el Recinto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PUERTA, FEDERICO RAMON MISIONES FRENTE PERONISTA
PEREZ, ALBERTO JOSE SAN LUIS FRENTE PERONISTA
VILLATA, GRACIELA SUSANA CORDOBA FRENTE CIVICO - CORDOBA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA VILLATA GRACIELA (A SUS ANTECEDENTES)