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PROYECTO DE TP


Expediente 4398-D-2010
Sumario: RATIFICACION DEL DECRETO 256/2010, QUE ESTABLECE QUE TODO BUQUE QUE SE PROPONGA TRANSITAR ENTRE PUERTOS UBICADOS EN EL TERRITORIO CONTINENTAL ARGENTINO Y EN LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR DEBERA SOLICITAR UNA AUTORIZACION PREVIA.
Fecha: 22/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 80
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1. - Ratifíquese el decreto Nº 256/2010 de fecha 16 de febrero de 2010 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y conviértase en ley su texto normativo que se transcribe a continuación:
"Artículo 1º - Todo buque o artefacto naval que se proponga transitar entre puertos ubicados en el territorio continental argentino y puertos ubicados en las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR, o atravesar aguas jurisdiccionales argentinas en dirección a estos últimos, y/o cargar mercaderías a ser transportadas en forma directa o indirecta entre esos puertos, deberá solicitar una autorización previa expedida por la autoridad nacional competente.
Art. 2º - El MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a través de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, dictarán en el ámbito de su competencia, las normas reglamentarias que resulten necesarias a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, en consulta con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 3º - Créase, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la COMISION PERMANENTE DE EVALUACION DE REGULACIONES, la que estará integrada por los representantes de las áreas pertinentes de los MINISTERIOS DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, DE INDUSTRIA Y TURISMO y DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a fin de coordinar las acciones necesarias para la implementación del presente Decreto y actuar como organismo de asesoramiento y consulta de la autoridad nacional competente a que se hace referencia en el artículo 1º del presente.
La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS suministrará a la Comisión el apoyo material y humano necesario para el cumplimiento de sus cometidos. Dicha Comisión podrá dictar su Reglamento Interno de Funcionamiento."
ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A comienzos de este año el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte decidió enviar al norte de las Islas Malvinas la plataforma petrolera "Ocean Guardian", que inició trabajos de exploración y explotación de recursos hidrocarburíferos en las Islas.
Esta actitud constituye una clara avanzada sobre el territorio nacional y abre la puerta a la explotación ilegal e ilegítima de cualquier otro recurso vivo y no vivo de nuestro mar.
Las Islas Malvinas constituyen hoy un enclave colonial que, en actos como los denunciados, recrea la dinámica imperial de extracción indiscriminada de recursos naturales que ha condenado a más de la mitad del mundo al subdesarrollo y a la miseria.
Existen resoluciones de las Naciones Unidas que intiman al Reino Unido a negociar con nuestro país y buscar una salida consensuada respecto a la soberanía sobre el archipiélago de marras, que han sido sistemáticamente ignoradas por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
El sometimiento a los dictados arbitrarios de potencias extracontinentales, basados únicamente en su capacidad del uso de la violencia para imponer sus deseos, vulnera el derecho de los pueblos americanos, y todo el trabajo realizado en la construcción de un sistema jurídico internacional que dé garantías de convivencia pacífica entre los Estados.
La "Declaración por la Cuestión de Malvinas" y el "Comunicado Especial por la Exploración de hidrocarburos en la Plataforma Continental" del Atlántico Sur, aprobada por 32 países de América Latina y el Caribe el pasado 23 de febrero de 2010 en la Cumbre de Cancún, ponen de manifiesto el rechazo contundente a este tipo de actos por parte de los países de la región.
A través de la resolución 39 de la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la OEA, que sesionó en Honduras en junio de 2009, se apoyó unánimemente y por aclamación, el reclamo argentino de soberanía sobre las Islas Malvinas.
El 12 de junio de 2008, el Comité de Descolonización de la ONU intimó al gobierno británico a entablar negociaciones con la Argentina sobre la soberanía de la Islas Malvinas, en la que fue la última intimación de al menos ocho, realizadas por el mismo organismo desde la guerra de 1982 a estos días, la cual las autoridades británicas ignoraron una vez más.
En 1960 la ONU aprobó la Resolución 1514, denominada "Declaración sobre la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales". El propósito de esta declaración fue poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas. Para cumplir con este propósito, en 1961, en la XVI Asamblea General de las Naciones Unidas, se crea un Comité especial para el estudio del problema de descolonización. A partir de esta declaración, la ONU pidió a los estados Miembros que indicaran las posesiones coloniales que estaban dispuestos a descolonizar. Gran Bretaña, al efectuar la presentación pertinente, incluyó, por propia determinación, en la lista de territorios que se obligaba a descolonizar, las Islas Malvinas, lo cual significó que el gobierno del Reino Unido no considera a las Islas Malvinas como parte integrante de su territorio, sino como una colonia, y se obligó ante las Naciones Unidas a descolonizarlas.
Es paradojal que en el año de la celebración del Bicentenario de los procesos independentistas, en pleno siglo XXI, estamos sufriendo un nuevo ataque a la integridad continental y a nuestros recursos naturales por parte del imperialismo británico.
El Gobierno Argentino ha protestado enérgicamente ante el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE la realización de todos los actos unilaterales
británicos relacionados con los territorios y espacios marítimos que son objeto de la controversia.
El legítimo y sostenido reclamo por la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, no obedece sólo a los argumentos del derecho internacional vertidos, ni a los antecedentes históricos que avalan nuestra posición. Tampoco se reduce a una cuestión geográfica, sino que se nutre en el acuerdo de un pueblo que luego de haber visto la entrega de cientos de jóvenes que dejaron sus vidas en aquel lugar de nuestro territorio, consolidó este sentir nacional en la Cláusula Primera de la Constitución de la Nación Argentina.
El Poder Ejecutivo Nacional, fiel al espíritu de su pueblo y en defensa de su soberanía ha procedido al dictado del Decreto 256/2010.
Los primeros resultados de la medida no se hicieron esperar y llegaron a conocimiento de todos a través de las declaraciones del vocero de la Asamblea Legislativa de las Islas, quien manifestó que existe interés en firmar un acuerdo de cooperación petrolífera con Brasil para reabastecer con insumos la plataforma que utilizan las empresas de bandera británica para explorar las aguas del archipiélago en busca de hidrocarburos (ver artículo adjunto. Fuente: Diario La Nación - miércoles 16 de 2010.). De esta manera intenta sortear las regulaciones dispuestas por nuestro Ejecutivo, que en respuesta al inicio de actividades en el archipiélago, estableció una serie de restricciones para la navegación en aguas jurisdiccionales.
En atención a la efectividad de la medida y considerando que la "Cuestión Malvinas" debe ser una Política de Estado sostenida por todos los poderes que lo componen, dicho decreto, debe constituir también una iniciativa legislativa a fin de dotarla de todos los atributos de una Ley emanada del Congreso de la Nación.
Por todo lo expuesto, solicito a los señores diputados acompañen el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CALCHAQUI, MARIEL TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
BARRANDEGUY, RAUL ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ BASUALDO, LUIS MARIA FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BERNAL, MARIA EUGENIA JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CHIENO, MARIA ELENA PETRONA CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
NEBREDA, CARMEN ROSA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
LUNA DE MARCOS, ANA ZULEMA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO FEIN (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA COMELLI (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARRANDEGUY (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO FERNANDEZ BASUALDO (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA BERNAL (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CHIENO (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA NEBREDA (A SUS ANTECEDENTES) 30/06/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARRIOS (A SUS ANTECEDENTES) 14/07/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA LUNA DE MARCOS (A SUS ANTECEDENTES) 14/07/2010
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO FERNANDEZ BASUALDO (A SUS ANTECEDENTES) 14/07/2010