PROYECTO DE TP
Expediente 4387-D-2015
Sumario: DESIGNACION DE MARIA DELFINA ROSSI, EN EL DIRECTORIO DEL "BANCO DE LA NACION ARGENTINA" - DECRETO 1625/2015 -. DEROGACION.
Fecha: 18/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Derógase
el decreto 1625/2015 del Poder Ejecutivo Nacional publicado en el Boletín
Oficial el día 12 de agosto de 2015.
Artículo 2°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Poder Ejecutivo Nacional
nombró a María Delfina Rossi - DNI 33.868.892- hija del ministro de
Defensa, Agustín Rossi, en el directorio del Banco de la Nación Argentina. La
flamante alta funcionaria del principal Banco del país nació en septiembre de
1988 en Rosario y se radicó en Barcelona, España, en 2002.
El nombramiento, por un
periodo de ley, fue dispuesto mediante el decreto 1625/2015, publicado el
12 de agosto de 2015 en el Boletín Oficial y firmado por la presidenta
Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y el
ministro de Economía Axel Kicillof.
Rossi es licenciada en
Economía, carrera que cursó en Barcelona y posee un máster realizado en
Florencia.
La ex candidata a eurodiputada
compartirá la conducción del organismo junto a otros directores de la
entidad, cuyo titular es Juan Ignacio Forlón. Sus primeras actividades
políticas comenzaron en 2003, cuando participó en las marchas contra la
guerra de Irak, conflicto bélico en el que España aportó tropas en respaldo
de los EEUU.
Poco después se sumó a
Iniciativa per Catalunya Verds (ICV), un partido ecologista que forma parte
del frente Izquierda Plural, constituido por unas 30 organizaciones.
Rápidamente se convirtió en una referente y asesora de la agrupación
(Fuente: Télam).
En primer lugar, se propicia la
derogación del decreto de marras, ya que la señora presidente de la Nación
ha designado a la Liceciada Rossi por un período de ley de cuatro años,
cuanto el mandato constitucional se encuentra próximo a agotarse, restando
a la fecha de la decisión publicada en el Boletín Oficial sólo 119 días de
funciones de la Jefa de Estado.
En segundo lugar, de los
antecedentes académicos y su radicación en el exterior, no surge que la
postulante reúna las condiciones exigidas por el art. 12 de la ley 21.799, ya
que no se demuestra cómo habría de representar equilibradamente los
distintos sectores, actividades y regiones que configuran el quehacer
económico nacional, advirtiéndose además que se halla ajena a la realidad
económica, productiva y financiera de la República Argentina. Esto se infiere
objetivamente de la larga ausencia del país.
En tercer término, resulta
inaceptable que se proponga para el cargo de director, a quien más allá de
ser una muy buena estudiante con un posgrado en curso actualmente,
carece de la elemental experiencia en materia económica y financiera.
Haberse desempeñado como asesora en el Parlamento Europeo no le
concede per se el conocimiento necesario para el ejercicio de las facultades
inherentes al cargo que surgen de los arts. 15, 16 y ccs de la ley
21.799.
En cuarto lugar, no es dable
admitir el palmario nepotismo como el que emerge del decreto objeto de la
presente iniciativa de abrogación. Cabe recordar que NEPOTISMO consiste
en el "trato de favor hacia familiares o amigos, a los que se otorgan cargos
o empleos públicos por el mero hecho de serlo, sin tener en cuenta otros
méritos" y según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española
es la "desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para las
concesiones o empleos públicos".
El Congreso de la Nación no
puede cohonestar el nepotismo, como lo es la designación de la Lic. Rossi
en un cargo para el cual no se encuentra probada la idoneidad ni las
condiciones necesarias. Tampoco ha quedado claro si posee ciudadanía
extranjera y si ha renunciado a la misma para aceptar la designación.
Debo admitir con preocupación
y disgusto que la meritocracia ha desparecido en este gobierno y que ha
sido sustituida por la "dedocracia", nombrando funcionarios sin experiencia,
por la mera militancia política, otorgándoles inmerecidos y
desproporcionados beneficios patrimoniales, que son evidencias ostensible
del grave deterioro institucional que atraviesa al país.
¿La señorita Rossi habría
obtenido un cargo análogo en una institución bancaria privada?
Probablemente no. Y anticipándome a alguna crítica que pueda efectuarse
respecto de esta iniciativa, debo aclarar que no se trata de una cuestión de
edad, sino de la posesión de los requisitos que son aplicables al caso
subexamine, conforme lo exige primeramente la Constitución. Seguramente
existen miles de profesionales tanto o más capacitados para ser director del
Banco de la Nación Argentina., pero que no disponen de la opción de
ingresar a la Administración y sus organismos y entidades. Brilla por su
ausencia el transparente sistema de concursos de antecedentes y oposición
que permitirían seleccionar a los funcionarios democrática e
igualitariamente, entronizando el mérito y no el favor.
Con este nombramiento como
directora del Banco de la Nación Argentina, la licenciada Rossi tendrá su
primera experiencia en el sector financiero, crucial para impulsar una
estrategia de desarrollo, por caso de las Pymes y para recuprar y expandir la
actividad agropecuaria.
Debo consignar puntualmente
que la señorita Rossi me inspira el mayor de los respetos en su condición de
conciudadana honorable. Lo que se cuestiona es la raíz de esta designación.
Su inocultable origen en el parentesco y la ausencia de experiencia
corroborable en el área bancaria y financiera.
Por otra parte esta iniciativa es
producto de que innúmeros ciudadanos se ha comunicado con mi Oficina
Legislativa - por distintas vías - solicitando que 'hagamos algo' para evitar
que se plasmen estas inequidades.
Por lo expuesto, solicito el
acompañamiento de mis pares a fin de aprobar este proyecto de ley que se
inicia en orden a lo dispuesto por el art. 16 de la Constitución de la Nación
Argentina, que exige a sus habitantes como condición para ser admisibles en
los empleos, el recaudo de la idoneidad y que ha sido transgredido de
manera manifiesta al dictarse el decreto 1625/2015, en ejercicio de la
atribución que el art 10 de ley 21.799 le concede a la señora presidente de
la Nación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |