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PROYECTO DE TP


Expediente 4385-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, DOCTOR AXEL KICILLOF, Y AL SEÑOR PRESIDENTE DEL "BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - BCRA -", LICENCIADO ALEJANDRO VANOLI LONG BIOCCA, SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SITUACION DEL "FONDO DE GARANTIA DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS - FGD -" Y LA SUSCRIPCION DE DEUDA INTRAESTATAL.
Fecha: 18/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, conforme el artículo 71 de la Constitución Nacional, para que disponga la concurrencia del señor ministro de Economía y Finanzas Públicas Dr. Axel Kicillof y del señor presidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA) Lic. Alejandro Vanoli Long Biocca, a cuyo fin deberán asistir al recinto de esta H. Cámara, en el horario que se indique para el inicio de la próxima sesión ordinaria o extraordinaria; a fin de que brinden informes verbales y respondan preguntas acerca de la situación del Fondo de Garantía de los Depósitos bancarios (FGD) y la suscripción de deuda intraestatal.
A ese respecto saber:
1.- Las razones de oportunidad, mérito y conveniencia que se esgrimieron para dictar el decreto 1653/2015 mediante el cual el gobierno fijó que el Fondo de Garantía de los Depósitos bancarios deberá invertir unos $ 8.000 millones más en títulos públicos y de tal manera, ampliar el financiamiento al Tesoro.
2.- Si la decisión traerá aparejado nutrir al Banco Central con más moneda extranjera, ya que, en teoría, el Fondo deberá desprenderse de dólares para comprar esos títulos en pesos.
3.- Cómo se cumplirá con el objetivo del Fondo, cual es responder a los depositantes ante dificultades de insolvencia de los bancos y si el Banco Central de la República Argentina suspende a alguna entidad.
4.- De qué manera quedan protegidos los depósitos en dólares de los ciudadanos y empresas, habida cuenta que el gobierno contabiliza dichos plazos fijos como parte integrante de las reservas del Banco Central y exponer las razones por las cuales desde el BCRA se reputan como reservas en moneda extranjera los plazos fijos constituidos por los particulares en dólares y estadounidenses.
5.- Explicar el modo en que se procederá a la administración de las inversiones del Fondo, que de acuerdo al decreto 1653/2015 tendrá como objetivo la preservación del capital en inversiones de alta liquidez, con los máximos rendimientos posibles condicionados a la preservación del capital, la transparencia y el control en su administración.
6.- Determinar cómo se ha previsto disponer que los rendimientos del FGD formarán parte del mismo y serán reinvertidos en las mismas condiciones.
7.- Establecer si el Ministerio de Economía y Finanzas y/o el Banco Central tendrán opinión previa determinante, intervención o intromisión sobre las informaciones mensuales que la compañía Seguro de Depósitos Sociedad Anónima (Sedesa) deberán brindar al público del saldo del Fondo y a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias dependiente del BCRA, sobre la composición de las inversiones y el saldo del mismo.
Ello, habida cuenta que el BCRA manipuló las cifras oficiales de la venta de dólares previas a las elecciones PASO, habiendo ocultado cifras mediante un reporte 87 % menor de la correcta liquidación de la divisa estadounidense. Informó US$ 575 millones y el día 14 de agosto "corrigió" señalando que en realidad fueron US$ 1021 millones, no siendo suficiente ni satisfactoria la explicación post ex facto de que los reportes diarios son 'provisionales'.
9.- Explicar las razones por las cuales se evidencia una palmaria falta de previsibilidad por parte de las autoridades del Ministerio de Economía en relación al déficit fiscal, siendo que el mismo aumentó un 538,9% en relación a marzo 2014 y pasó de $ 4.366,2 millones hace un año a $ 27.894,7 millones en el corriente.
10.- Aclarar cuáles son las previsiones que efectúa el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas del estado, magnitud y volumen del déficit fiscal hasta el día de expiración del mandato constitucional de la señora presidente Dra. Cristina F. de Kirchner y de qué manera se contempla solventar los gastos corrientes, la ejecución de las partidas presupuestarias de la ley 27.008, el pago de deuda pública y el mantenimiento o incremento del nivel de reservas soberanas.
11.- Especificar cuánta deuda se ha emitido desde el Poder Ejecutivo Nacional en el presente ejercicio fiscal 2015, precisando la denominación de las Letras o los Bonos, monedas en que fueron ofrecidas y colocadas en el mercado financiero, tasas comprometidas a abonar, fechas de rescate o cancelación de los mismos y toda otra particularidad de interés.
12.- Por intermedio del Banco Central de la República Argentina se detalle la cantidad de pesos que fueron emitidos durante el primer y segundo trimestre de 2015 y los meses subsiguientes de julio y agosto.
13.- Acreditar la totalidad de los fondos que bajo la denominación transferencias de utilidades o cualquiera otra que se hubiere aplicado, haya remitido durante 2015 el BCRA al Tesoro Nacional o a empresas públicas, órganos autárquicos o descentralizados y demás dependencias del Poder Ejecutivo Nacional.
14.- Indicar con precisión y acompañar la documentación respaldatoria pertinente la totalidad de los fondos que por cualquier concepto la ANSeS hubiere remitido al Tesoro Nacional, órganos descentralizados o autárquicos desde el 1 de enero de 2015 a la actualidad.
15.- Precisar el monto de reservas de libre disponibilidad existentes en el BCRA al 31 de julio de 2015, diferenciando las mismas por moneda y determinando como se contabilizan los pagos pendientes del default selectivo en que incurrió el Estado nacional y los que se encuentran cautelarmente trabados por la decisión del juez norteamericano Thomas Poole Griesa.
16.- Establecer cómo se han inventariado las reservas internacionales que ingresaron como consecuencia del SWAP celebrado con la República Popular China, aclarando si las transferencias fueron recibidas en yuanes y de qué manera se las transformaron en dólares estadounidenses, atenta la inconvertibilidad de la moneda china, con excepción de las plazas de Hong Kong y Singapur. Dar cuenta de cómo fueron afectados dichos fondos a raíz de las últimas devaluaciones dispuestas por el gobierno chino.
17.- Determinar la deuda que el Poder Ejecutivo Nacional y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) registran para con el BCRA, cómo se halla documentada la misma, las razones esgrimidas para habilitar los préstamos y las fechas en las cuales corresponderá su reintegro.
18.- Especificar el volumen de NOBAC y LEBAC emitidas, intereses fijados y fechas de sus rescates.
19.- Indicar el monto exacto de la deuda que se mantiene con el Banco de Basilea y con el Banco de Francia, moneda en la que está nominada la acreencia, intereses convenidos, plazo de devolución y estado de cumplimiento al 31 de julio de 2015.
20.- Precisar la deuda en dólares norteamericanos y euros que se mantiene con los importadores y establecer cómo se ha previsto saldar las obligaciones dinerarias en divisas que se hallan en mora y si tal circunstancia no producirá una paralización de las actividades industriales y comerciales.
21.- Informar el coeficiente de cobertura, que surge de la razón entre las reservas netas y el circulante al 31 de diciembre de los años 2011, 2012, 2013 y 2014 inclusive y al 31 de julio de 2015.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El gobierno podrá invertir el 90% del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) en títulos públicos, según lo estableció un decreto publicado en el Boletín Oficial. Se trata de unos 18 mil millones de pesos que a partir de ahora dispondrá discrecionalmente para comprar deuda emitida en moneda nacional o en dólares para financiar al Tesoro.
El FGD es un fondo creado en 1995 para proteger los ahorros que están en los bancos, y que se nutre de una proporción de los depósitos que las entidades financieras deben girar obligatoriamente para ese fin. El objetivo del mismo es atender a los depositantes que no puedan cobrar hasta 350 mil pesos en una entidad financiera que cierra sus puertas.
El FGD es controlado por el Seguro de Depósitos SA (SEDESA), una sociedad anónima ideada por el ex ministro de Economía Domingo Cavallo durante la Convertibilidad.
De acuerdo a los datos publicados por la propia Sedesa, ese fondo sumaba unos 20 mil millones de pesos, aunque el detalle de las inversiones de ese activo no es de acceso público.
El decreto que lleva las firmas de Cristina, Axel Kicillof y Aníbal Fernández, modifica el porcentaje del FGD que puede invertirse en títulos públicos, llevándolo de un 50 a un 90 por ciento.
La norma sustituye los topes fijados en el artículo 10 del Decreto Nº 540 del 12 de abril de 1995 que, en tiempos de Domingo Cavallo, ordenaba invertir "en condiciones similares" a la colocación de las reservas y en activos de alta calidad y bajo riesgo.
El decreto establece que los recursos del FGD deberán ser "invertidos en: títulos públicos nacionales, sean en moneda nacional o extranjera, en un porcentaje de su cartera no superior a la proporción de los depósitos en moneda local en el total de depósitos a la vista y a plazo del sistema financiero; y en activos externos elegibles para las inversiones de las reservas internacionales del país".
El porcentaje que surge de la fórmula superó 92 por ciento a fines de mayo de este año, según datos proporcionados por la autoridad monetaria, por encima de 50 por ciento que había quedado definido en otro decreto de 1999 que ordenaba que los recursos del FGD sean invertidos en condiciones similares a las fijadas para la colocación de las reservas internacionales de divisas del Banco Central. El 8% restante son depósitos en dólares.
La norma agregaba que, sin perjuicio de ello, la autoridad monetaria podía autorizar que hasta 50 por ciento de los bienes que componen el FGD se invierta en títulos públicos nacionales. Precisamente, la eliminación de ese límite legal ocurre a dos días de una nueva emisión de deuda por parte del Gobierno, que el próximo martes licitará un bono por 500 millones de dólares, con la posibilidad de ser ampliado y cuya suscripción y pagos se realizarán en pesos al tipo de cambio oficial.
"Las inversiones deberán estar denominadas en dólares estadounidense o pesos y se efectuarán en bancos del exterior o se invertirán en bonos de gobiernos centrales de países integrantes de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) que cuenten al menos con dos calificaciones 'AA' otorgadas por agencias internacionales evaluadoras de riesgo", una exigencia que con el tiempo desapareció, cuando se permitió colocar hasta el 50% en bonos del Tesoro argentino, mucho más riesgosos.
Kicillof ya había avanzado sobre el FGD el año pasado, cuando le colocó un bono por $2400 millones, y Alejandro Vanoli aumentó el porcentaje que los bancos deben aportar al fondo, elevando el monto máximo que puede devolverse a los ahorristas de 120 a 350 mil pesos.
Al destinar el 90% del FGD a bonos del gobierno, el fondo estará en peores condiciones de enfrentar una dificultad, porque tendría que desprenderse de los títulos masivamente, haciendo deprimir su precio, y por ende recuperaría un monto inferior al de los depósitos que tiene que devolver, analizaba un economista consultado por LPO. Además, el FGD quedará ligado exclusivamente al rendimiento de los bonos que emita el gobierno.
Por otra parte, el Gobierno tomó 6 mil millones de pesos del sistema previsional a través de una letra del Tesoro suscripta por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES, con lo que el endeudamiento en todo concepto en lo que va de 2015 alcanza a 108.650 millones de pesos.
De acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial, la Tesorería General de la Nación (TGN) colocó una letra por 6 mil millones de pesos suscripta por el FGS, de lo que se desprende que en lo que va del año se tomaron recursos jubilatorios por 16 mil millones de pesos y 502.577.805 dólares.
Sin contar la inminente licitación de BONAD prevista para el martes 18 de agosto, el Estado tomó deuda en siete meses y medio por 58.040.565.773 pesos y 5.476.908.656 dólares, lo que hace un total de 108.647,2 millones de pesos al tipo de cambio mayorista.
Además de la deuda intraestatal a costa de suscripciones de letras por parte del sistema previsional, el Gobierno recurrió al endeudamiento a través de licitaciones de diferentes bonos y recientemente, mediante el decreto 1503/15, dispuso el uso de 3.558.390.000 dólares de reservas del Banco Central para cancelación de deuda con organismos financieros internacionales y deuda externa oficial bilateral.
A diferencia de años anteriores, en los que las letras del Tesoro suscriptas por organismos oficiales eran más utilizada, en este año el Gobierno también optó por la colocación de bonos, a tasas promedio del 30 por ciento en pesos, cuyos vencimientos en la mayoría de los casos operarán durante la futura administración (Fuente: La Política Online).
Por todo lo expuesto, pido el apoyo de mis colegas diputados y diputadas a fin de aprobar esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES