PROYECTO DE TP
Expediente 4385-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, DOCTOR AXEL KICILLOF, Y AL SEÑOR PRESIDENTE DEL "BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - BCRA -", LICENCIADO ALEJANDRO VANOLI LONG BIOCCA, SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SITUACION DEL "FONDO DE GARANTIA DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS - FGD -" Y LA SUSCRIPCION DE DEUDA INTRAESTATAL.
Fecha: 18/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional, conforme el artículo 71 de la Constitución Nacional, para que
disponga la concurrencia del señor ministro de Economía y Finanzas Públicas
Dr. Axel Kicillof y del señor presidente del Banco Central de la República
Argentina (BCRA) Lic. Alejandro Vanoli Long Biocca, a cuyo fin deberán
asistir al recinto de esta H. Cámara, en el horario que se indique para el
inicio de la próxima sesión ordinaria o extraordinaria; a fin de que brinden
informes verbales y respondan preguntas acerca de la situación del Fondo
de Garantía de los Depósitos bancarios (FGD) y la suscripción de deuda
intraestatal.
A ese respecto saber:
1.- Las razones de oportunidad,
mérito y conveniencia que se esgrimieron para dictar el decreto 1653/2015
mediante el cual el gobierno fijó que el Fondo de Garantía de los Depósitos
bancarios deberá invertir unos $ 8.000 millones más en títulos públicos y de
tal manera, ampliar el financiamiento al Tesoro.
2.- Si la decisión traerá
aparejado nutrir al Banco Central con más moneda extranjera, ya que, en
teoría, el Fondo deberá desprenderse de dólares para comprar esos títulos
en pesos.
3.- Cómo se cumplirá con el
objetivo del Fondo, cual es responder a los depositantes ante dificultades de
insolvencia de los bancos y si el Banco Central de la República Argentina
suspende a alguna entidad.
4.- De qué manera quedan
protegidos los depósitos en dólares de los ciudadanos y empresas, habida
cuenta que el gobierno contabiliza dichos plazos fijos como parte integrante
de las reservas del Banco Central y exponer las razones por las cuales desde
el BCRA se reputan como reservas en moneda extranjera los plazos fijos
constituidos por los particulares en dólares y estadounidenses.
5.- Explicar el modo en que se
procederá a la administración de las inversiones del Fondo, que de acuerdo
al decreto 1653/2015 tendrá como objetivo la preservación del capital en
inversiones de alta liquidez, con los máximos rendimientos posibles
condicionados a la preservación del capital, la transparencia y el control en
su administración.
6.- Determinar cómo se ha
previsto disponer que los rendimientos del FGD formarán parte del mismo y
serán reinvertidos en las mismas condiciones.
7.- Establecer si el Ministerio de
Economía y Finanzas y/o el Banco Central tendrán opinión previa
determinante, intervención o intromisión sobre las informaciones mensuales
que la compañía Seguro de Depósitos Sociedad Anónima (Sedesa) deberán
brindar al público del saldo del Fondo y a la Superintendencia de Entidades
Financieras y Cambiarias dependiente del BCRA, sobre la composición de las
inversiones y el saldo del mismo.
Ello, habida cuenta que el
BCRA manipuló las cifras oficiales de la venta de dólares previas a las
elecciones PASO, habiendo ocultado cifras mediante un reporte 87 %
menor de la correcta liquidación de la divisa estadounidense. Informó US$
575 millones y el día 14 de agosto "corrigió" señalando que en realidad
fueron US$ 1021 millones, no siendo suficiente ni satisfactoria la explicación
post ex facto de que los reportes diarios son 'provisionales'.
9.- Explicar las razones por las
cuales se evidencia una palmaria falta de previsibilidad por parte de las
autoridades del Ministerio de Economía en relación al déficit fiscal, siendo
que el mismo aumentó un 538,9% en relación a marzo 2014 y pasó de $
4.366,2 millones hace un año a $ 27.894,7 millones en el corriente.
10.- Aclarar cuáles son las
previsiones que efectúa el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas del
estado, magnitud y volumen del déficit fiscal hasta el día de expiración del
mandato constitucional de la señora presidente Dra. Cristina F. de Kirchner y
de qué manera se contempla solventar los gastos corrientes, la ejecución de
las partidas presupuestarias de la ley 27.008, el pago de deuda pública y el
mantenimiento o incremento del nivel de reservas soberanas.
11.- Especificar cuánta deuda
se ha emitido desde el Poder Ejecutivo Nacional en el presente ejercicio
fiscal 2015, precisando la denominación de las Letras o los Bonos, monedas
en que fueron ofrecidas y colocadas en el mercado financiero, tasas
comprometidas a abonar, fechas de rescate o cancelación de los mismos y
toda otra particularidad de interés.
12.- Por intermedio del Banco
Central de la República Argentina se detalle la cantidad de pesos que fueron
emitidos durante el primer y segundo trimestre de 2015 y los meses
subsiguientes de julio y agosto.
13.- Acreditar la totalidad de
los fondos que bajo la denominación transferencias de utilidades o
cualquiera otra que se hubiere aplicado, haya remitido durante 2015 el
BCRA al Tesoro Nacional o a empresas públicas, órganos autárquicos o
descentralizados y demás dependencias del Poder Ejecutivo Nacional.
14.- Indicar con precisión y
acompañar la documentación respaldatoria pertinente la totalidad de los
fondos que por cualquier concepto la ANSeS hubiere remitido al Tesoro
Nacional, órganos descentralizados o autárquicos desde el 1 de enero de
2015 a la actualidad.
15.- Precisar el monto de
reservas de libre disponibilidad existentes en el BCRA al 31 de julio de 2015,
diferenciando las mismas por moneda y determinando como se contabilizan
los pagos pendientes del default selectivo en que incurrió el Estado nacional
y los que se encuentran cautelarmente trabados por la decisión del juez
norteamericano Thomas Poole Griesa.
16.- Establecer cómo se han
inventariado las reservas internacionales que ingresaron como consecuencia
del SWAP celebrado con la República Popular China, aclarando si las
transferencias fueron recibidas en yuanes y de qué manera se las
transformaron en dólares estadounidenses, atenta la inconvertibilidad de la
moneda china, con excepción de las plazas de Hong Kong y Singapur. Dar
cuenta de cómo fueron afectados dichos fondos a raíz de las últimas
devaluaciones dispuestas por el gobierno chino.
17.- Determinar la deuda que el
Poder Ejecutivo Nacional y la Administración Nacional de la Seguridad Social
(ANSES) registran para con el BCRA, cómo se halla documentada la misma,
las razones esgrimidas para habilitar los préstamos y las fechas en las cuales
corresponderá su reintegro.
18.- Especificar el volumen de
NOBAC y LEBAC emitidas, intereses fijados y fechas de sus rescates.
19.- Indicar el monto exacto de
la deuda que se mantiene con el Banco de Basilea y con el Banco de
Francia, moneda en la que está nominada la acreencia, intereses
convenidos, plazo de devolución y estado de cumplimiento al 31 de julio de
2015.
20.- Precisar la deuda en
dólares norteamericanos y euros que se mantiene con los importadores y
establecer cómo se ha previsto saldar las obligaciones dinerarias en divisas
que se hallan en mora y si tal circunstancia no producirá una paralización de
las actividades industriales y comerciales.
21.- Informar el coeficiente de
cobertura, que surge de la razón entre las reservas netas y el circulante al
31 de diciembre de los años 2011, 2012, 2013 y 2014 inclusive y al 31 de
julio de 2015.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El gobierno podrá invertir el
90% del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) en títulos públicos, según lo
estableció un decreto publicado en el Boletín Oficial. Se trata de unos 18 mil
millones de pesos que a partir de ahora dispondrá discrecionalmente para
comprar deuda emitida en moneda nacional o en dólares para financiar al
Tesoro.
El FGD es un fondo creado en
1995 para proteger los ahorros que están en los bancos, y que se nutre de
una proporción de los depósitos que las entidades financieras deben girar
obligatoriamente para ese fin. El objetivo del mismo es atender a los
depositantes que no puedan cobrar hasta 350 mil pesos en una entidad
financiera que cierra sus puertas.
El FGD es controlado por el
Seguro de Depósitos SA (SEDESA), una sociedad anónima ideada por el ex
ministro de Economía Domingo Cavallo durante la Convertibilidad.
De acuerdo a los datos
publicados por la propia Sedesa, ese fondo sumaba unos 20 mil millones de
pesos, aunque el detalle de las inversiones de ese activo no es de acceso
público.
El decreto que lleva las firmas
de Cristina, Axel Kicillof y Aníbal Fernández, modifica el porcentaje del FGD
que puede invertirse en títulos públicos, llevándolo de un 50 a un 90 por
ciento.
La norma sustituye los topes
fijados en el artículo 10 del Decreto Nº 540 del 12 de abril de 1995 que, en
tiempos de Domingo Cavallo, ordenaba invertir "en condiciones similares" a
la colocación de las reservas y en activos de alta calidad y bajo riesgo.
El decreto establece que los
recursos del FGD deberán ser "invertidos en: títulos públicos nacionales,
sean en moneda nacional o extranjera, en un porcentaje de su cartera no
superior a la proporción de los depósitos en moneda local en el total de
depósitos a la vista y a plazo del sistema financiero; y en activos externos
elegibles para las inversiones de las reservas internacionales del país".
El porcentaje que surge de la
fórmula superó 92 por ciento a fines de mayo de este año, según datos
proporcionados por la autoridad monetaria, por encima de 50 por ciento que
había quedado definido en otro decreto de 1999 que ordenaba que los
recursos del FGD sean invertidos en condiciones similares a las fijadas para
la colocación de las reservas internacionales de divisas del Banco Central. El
8% restante son depósitos en dólares.
La norma agregaba que, sin
perjuicio de ello, la autoridad monetaria podía autorizar que hasta 50 por
ciento de los bienes que componen el FGD se invierta en títulos públicos
nacionales. Precisamente, la eliminación de ese límite legal ocurre a dos días
de una nueva emisión de deuda por parte del Gobierno, que el próximo
martes licitará un bono por 500 millones de dólares, con la posibilidad de ser
ampliado y cuya suscripción y pagos se realizarán en pesos al tipo de
cambio oficial.
"Las inversiones deberán estar
denominadas en dólares estadounidense o pesos y se efectuarán en bancos
del exterior o se invertirán en bonos de gobiernos centrales de países
integrantes de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico
(OCDE) que cuenten al menos con dos calificaciones 'AA' otorgadas por
agencias internacionales evaluadoras de riesgo", una exigencia que con el
tiempo desapareció, cuando se permitió colocar hasta el 50% en bonos del
Tesoro argentino, mucho más riesgosos.
Kicillof ya había avanzado sobre
el FGD el año pasado, cuando le colocó un bono por $2400 millones, y
Alejandro Vanoli aumentó el porcentaje que los bancos deben aportar al
fondo, elevando el monto máximo que puede devolverse a los ahorristas de
120 a 350 mil pesos.
Al destinar el 90% del FGD a
bonos del gobierno, el fondo estará en peores condiciones de enfrentar una
dificultad, porque tendría que desprenderse de los títulos masivamente,
haciendo deprimir su precio, y por ende recuperaría un monto inferior al de
los depósitos que tiene que devolver, analizaba un economista consultado
por LPO. Además, el FGD quedará ligado exclusivamente al rendimiento de
los bonos que emita el gobierno.
Por otra parte, el Gobierno
tomó 6 mil millones de pesos del sistema previsional a través de una letra
del Tesoro suscripta por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la
ANSES, con lo que el endeudamiento en todo concepto en lo que va de 2015
alcanza a 108.650 millones de pesos.
De acuerdo con lo publicado en
el Boletín Oficial, la Tesorería General de la Nación (TGN) colocó una letra
por 6 mil millones de pesos suscripta por el FGS, de lo que se desprende
que en lo que va del año se tomaron recursos jubilatorios por 16 mil
millones de pesos y 502.577.805 dólares.
Sin contar la inminente
licitación de BONAD prevista para el martes 18 de agosto, el Estado tomó
deuda en siete meses y medio por 58.040.565.773 pesos y 5.476.908.656
dólares, lo que hace un total de 108.647,2 millones de pesos al tipo de
cambio mayorista.
Además de la deuda
intraestatal a costa de suscripciones de letras por parte del sistema
previsional, el Gobierno recurrió al endeudamiento a través de licitaciones de
diferentes bonos y recientemente, mediante el decreto 1503/15, dispuso el
uso de 3.558.390.000 dólares de reservas del Banco Central para
cancelación de deuda con organismos financieros internacionales y deuda
externa oficial bilateral.
A diferencia de años anteriores,
en los que las letras del Tesoro suscriptas por organismos oficiales eran más
utilizada, en este año el Gobierno también optó por la colocación de bonos,
a tasas promedio del 30 por ciento en pesos, cuyos vencimientos en la
mayoría de los casos operarán durante la futura administración (Fuente: La
Política Online).
Por todo lo expuesto, pido el
apoyo de mis colegas diputados y diputadas a fin de aprobar esta
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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