PROYECTO DE TP
Expediente 4378-D-2009
Sumario: LENGUAJE DE SEÑAS OBLIGATORIEDAD DE SU UTILIZACION EN CAMPAÑAS PREVENTIVAS Y MENSAJES DE INTERES NACIONAL.
Fecha: 09/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112
El Senado y Cámara de Diputados...
Obligatoriedad de realizar por lenguaje de señas
todas aquellas campañas preventivas y mensajes de interés
Nacional que utilicen o no el Sistema de Medios Nacional para
propagarse.
Artículo 1.- La
emisión de todo mensaje de interés nacional o campañas preventivas,
deberán ser realizadas en lenguaje sonoro y lenguaje de señas
simultáneamente; será de carácter obligatorio conforme a la presente
ley.
Artículo 2.- El
Poder Ejecutivo obligara e instrumentara a cada una de las autoridades
competentes de cada uno de los ministerios para implementar esta
obligatoriedad.
Artículo 3.- El
costo destino y/o aspecto estético no podrán ser invocados para
oponer y dejar sin efecto la presente Ley
Articulo 4.- De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El
proyecto que traigo a consideración no hace mas que plasmar en el
plexo normativo lo que ocurre en la realidad, habida cuenta que la
totalidad de las campañas publicitarias e informaciones que el poder
ejecutivo da a conocer a través de los medios masivos de
comunicación no incluyen un amplio sector de nuestra población que
padece discapacidades tales como sordomudez.
Esta
situación impide que estos conciudadanos puedan tomar conocimiento
de las campañas preventivas de concientización y mensajes de interés
Nacional.
Y ello es así,
pues al no contar el discapacitado con la posibilidad de acceder a la
información en forma adecuada, lo obliga a depender de terceros, a la
perdida de su tiempo en búsqueda de un mensaje, que de no existir tal
impedimento esta a su alcance.
Es nuestra
función, como legisladores, cumplir con los enunciados constitucionales
(Artículos 14 y 16 de la C.N.) declaraciones derechos humanos
pacto de san José de costa rica, convención
Interamericana de
derechos humanos, declaración de los derechos a las personas
discapacitadas aprobada por naciones unidas, convenio 159 acordado
en la 69 conferencia general de la OIT, el 1 de junio de 1983.
Por todos los
argumentos expuestos ut supra, y por la importancia del objeto a
legislar, es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |