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PROYECTO DE TP


Expediente 4378-D-2009
Sumario: LENGUAJE DE SEÑAS OBLIGATORIEDAD DE SU UTILIZACION EN CAMPAÑAS PREVENTIVAS Y MENSAJES DE INTERES NACIONAL.
Fecha: 09/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Obligatoriedad de realizar por lenguaje de señas todas aquellas campañas preventivas y mensajes de interés Nacional que utilicen o no el Sistema de Medios Nacional para propagarse.
Artículo 1.- La emisión de todo mensaje de interés nacional o campañas preventivas, deberán ser realizadas en lenguaje sonoro y lenguaje de señas simultáneamente; será de carácter obligatorio conforme a la presente ley.
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo obligara e instrumentara a cada una de las autoridades competentes de cada uno de los ministerios para implementar esta obligatoriedad.
Artículo 3.- El costo destino y/o aspecto estético no podrán ser invocados para oponer y dejar sin efecto la presente Ley
Articulo 4.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto que traigo a consideración no hace mas que plasmar en el plexo normativo lo que ocurre en la realidad, habida cuenta que la totalidad de las campañas publicitarias e informaciones que el poder ejecutivo da a conocer a través de los medios masivos de comunicación no incluyen un amplio sector de nuestra población que padece discapacidades tales como sordomudez.
Esta situación impide que estos conciudadanos puedan tomar conocimiento de las campañas preventivas de concientización y mensajes de interés Nacional.
Y ello es así, pues al no contar el discapacitado con la posibilidad de acceder a la información en forma adecuada, lo obliga a depender de terceros, a la perdida de su tiempo en búsqueda de un mensaje, que de no existir tal impedimento esta a su alcance.
Es nuestra función, como legisladores, cumplir con los enunciados constitucionales (Artículos 14 y 16 de la C.N.) declaraciones derechos humanos pacto de san José de costa rica, convención
Interamericana de derechos humanos, declaración de los derechos a las personas discapacitadas aprobada por naciones unidas, convenio 159 acordado en la 69 conferencia general de la OIT, el 1 de junio de 1983.
Por todos los argumentos expuestos ut supra, y por la importancia del objeto a legislar, es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD