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PROYECTO DE TP


Expediente 4362-D-2012
Sumario: COMISION BICAMERAL PARA LA REFORMA, ACTUALIZACION Y UNIFICACION DE LOS CODIGOS CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION; CREACION EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO.
Fecha: 26/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


ARTÍCULO 1°. Creación. Créase, con la finalidad de preservar la unidad, integridad y coherencia que implica el dictado de un único Código Civil y Comercial, la "Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación".
ARTÍCULO 2º. Objeto. La Comisión Bicameral tendrá por objeto el análisis del Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación remitido al Honorable Congreso de la Nación, por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Mensaje Nº 884 del año 2012; la redacción del proyecto de ley de aprobación correspondiente y la elaboración del despacho previo a su tratamiento legislativo.
ARTÍCULO 3°. Constitución. La Comisión Bicameral deberá constituirse dentro de los TREINTA (30) días de aprobada su creación.
ARTÍCULO 4°. Integración y designación. La Comisión Bicameral estará integrada por TREINTA (30) miembros, observando la siguiente composición: QUINCE (15) Senadoras/es Nacionales y QUINCE (15) Diputadas/os Nacionales, designados por los Presidentes de cada Cámara, respetando la proporción de las representaciones políticas en cada una de las Cámaras.
ARTÍCULO 5°. Organización y funcionamiento. La Comisión Bicameral organizará su funcionamiento conforme a las siguientes pautas:
a) Tendrá vigencia hasta la aprobación del Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación y contará con NOVENTA (90) días, a partir de su conformación, para emitir el despacho previo a su tratamiento legislativo.
b) Los miembros de la Comisión Bicameral durarán en su cargo hasta el cumplimiento de su objeto.
c) Elegirá entre los legisladores que la integran, con el voto de la mayoría de sus miembros, a un Presidente/a y a dos Secretarios/as.
d) Requerirá, para su funcionamiento, la presencia de más de la mitad de sus miembros y podrá emitir el despacho previsto en su objeto con la firma de, por lo menos, más de la mitad de los miembros que la integran.
e) Podrá dictar su Reglamento de funcionamiento y establecer su estructura interna de trabajo, de conformidad con los Reglamentos de ambas Cámaras.
f) Contará con las facultades establecidas para las comisiones bicamerales en los reglamentos de ambas Cámaras.
g) Funcionará con la dotación presupuestaria, de recursos humanos y equipamiento que le asignen los Presidentes de ambas Cámaras, quedando expresamente facultados para efectuar las reasignaciones que resulten necesarias.
ARTÍCULO 6°. Comisión creada por el Decreto Nacional Nº 191/11. Para cumplir con su cometido, la Comisión Bicameral interactuará con la Comisión creada por el Decreto Nacional 191/11 del Poder Ejecutivo de la Nación.
ARTÍCULO 7°. Comunicación. Remítase copia de la presente al Poder Ejecutivo Nacional para su conocimiento.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el día de hoy, por unanimidad, la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado de la Nación ha emitido dictamen idéntico al que proponemos en este proyecto, creando la Comisión Bicameral para el análisis del Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación propuesto por el mensaje Numero 884/12 del Poder Ejecutivo Nacional.
Siendo así, tratándose de un proyecto de Resolución que involucra a ambas Cámaras de este Honorable Congreso, no sujeto al procedimiento constitucional de sanción de leyes y con el fin de evitar dilaciones a la digna tarea que dicha Comisión y este cuerpo habrá de desarrollar, efectuamos esta propuesta solicitando a nuestros pares que la acompañen y sea aprobada a la brevedad.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/07/2012 DICTAMEN Aprobado con modificaciones Dictamen de Mayoría con disidencias y Dictamen de Minoría
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0531/2012 DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, CON 5 DISIDENCIAS PARCIALES; DICTAMEN DE MINORIA: LA COMISION ACONSEJA RECHAZAR EL PROYECTO 04/07/2012
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 27/06/2012
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 04/07/2012 APROBADO
Diputados INSERCION DE LA DIPUTADA CARRIO 04/07/2012
Senado COMUNICACION AL H SENADO -
Senado VER TRAMITE DE LA APROBACION EN EL H SENADO EN EXPEDIENTE 1941-S-12