PROYECTO DE TP
Expediente 4345-D-2006
Sumario: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 123 Y 167 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS, SOBRE LA FUNDAMENTACION DE PROYECTOS Y LOS GIROS A LAS COMISIONES CORRESPONDIENTES.
Fecha: 07/08/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Modificar los arts. 123 y 167 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, los que quedaran redactados de la siguiente forma:
Art. 123. Los proyectos que presenten los diputados serán fundados por escrito, debiendo proponerse a que Comisión compete dictaminar en primer término y el resumen con el cual el proyecto será publicado. Los proyectos presentados se anunciarán en la sesión en que tengan entrada y se ordenara pasar a la comisión que corresponda teniéndose en consideración la propuesta indicada por el o los autores del proyecto en cuestión.
Art. 167. El presidente destinará los asuntos entrados a las Comisiones que corresponda. A los efectos de designar a que comisión compete en primer término, se tendrá en consideración la propuesta formulada por el autor del proyecto en los fundamentos a que se refiere el art. 123. Del destino que se establezca se dejará constancia en el Boletín de Asuntos Entrados.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
No se encontró el texto.
Proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCO, LIA FABIOLA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ITURRIETA, MIGUEL ANGEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BÖSCH DE SARTORI, IRENE MIRIAM | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SARTORI, DIEGO HORACIO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 125 (2007), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 14/03/2007 |