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PROYECTO DE TP


Expediente 4342-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CANTIDAD DE PROVINCIAS QUE HAN ADECUADO SUS SISTEMAS PROCESALES AL REGIMEN ESTABLECIDO POR LA LEY 26358, DE REGISTRO NACIONAL DE INFRACTORES A LA LEY DE DEPORTES.
Fecha: 09/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes y por intermedio del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, se sirva informar sobre lo siguiente:
- Que cantidad de Provincias ha adecuado sus sistemas procesales al régimen establecido por la ley 26.358?
- Que cantidad de personas se encuentran inscriptas en el Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte?
- De las personas inscriptas en el Registro cuantas fueron inscriptas por decisión de magistrados competentes de las Provincias?
- Elabore un cuadro de estadísticas sobre los infractores distinguiendo edades sexo, y domicilios.
- Quienes de los infractores han tenido condena firme en el proceso judicial seguido en su contra?
- Cuales son los deportes donde se han registrado violaciones a la ley 26.358?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El artículo 45 quater de la Ley 26.358 (modificatoria de la Ley Nº 23.184, a su vez modificada por la Ley Nº 24.192) creo el Registro Nacional de Infractores a la Ley del Deporte en el ámbito del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, el cual se rige por las disposiciones de la Ley de Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
Asimismo, el artículo 1 de la Resolución Nº 719/2008 dictada por el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos estableció que dicho registro funcionará en el ámbito de la Secretaría de Asuntos Registrales.
Es función del Registro llevar un listado de legajos con las interdicciones, con trascripción de la parte pertinente de la incidencia, consignando el juzgado, su titular, carátula, número de registro interno, nombre completo, apellido materno, alias, nacionalidad, edad, estado civil, domicilio, foto con formato 4x4 y matrícula individual del imputado interdicto.
Asimismo, el Registro deberá tener copia de las resoluciones recaídas sobre los infractores, con trascripción íntegra o copia de la sentencia definitiva y, en caso que correspondiera, el resultado del cómputo aprobado y firme.
Por ultimo, suspendida la interdicción cautelar, o cumplida la condena, previa orden judicial, el Registro debe dar de baja el legajo correspondiente en forma inmediata, sin obstáculo de que conste como antecedente.
El pedido de informe busca conocer el grado de incumplimiento o no que existe al régimen establecido por la ley de creación del Registro.
Mas aún, conociendo que el fútbol, tal vez, sea el deporte donde se registren mayores violaciones de acuerdo a la cantidad de personas que asisten a los partidos de todas las divisiones y teniendo en consideración que es el deporte popular de nuestro país con mayor convocatoria.
Por todas estas consideraciones Sr. Presidente le solicito a los Sres. Legisladores que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
BARTOLUCCI, GILDA LILIANA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
MERLO, MARIO RAUL SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)