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PROYECTO DE TP


Expediente 4313-D-2012
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR EL DICTADO DE LA RESOLUCION 47/12 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR, MEDIANTE LA CUAL SE AMPLIAN SUS FACULTADES INCLUYENDO LA ATRIBUCION DE DAR DE BAJA A LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES ORGANIZADAS.
Fecha: 26/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que ve con desagrado que el Secretario de Comercio de la Nación haya dictado una Resolución 47/12, publicada en el Boletín Oficial, que amplía sus facultades para dar de baja de los registros a las asociaciones de consumidores organizadas como entidades civiles y para interpretar con suma amplitud las normas aplicables, todo lo cual configura un cuadro notoriamente discrecional y de concentración de atribuciones que riñe con el sistema republicano.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se ha puesto de manifiesto en los últimos años una creciente puja entre las asociaciones de consumidores, organizaciones todas con personería reconocida como entidades civiles, y la autoridad que ejerce la Secretaría de Comercio de la Nación.
Esta pulseada es por la transparencia de los datos estadísticos y es en defensa del menguado poder adquisitivo del salario. Empero, existe algo muy relevante en este contexto: el derecho de las organizaciones libres del pueblo - no otra cosa son las entidades civiles en cuyo marco se constituyen estas asociaciones de consumidores - para funcionar y ejercer con plenas garantías su objetivo social.
La Resolución 47/12 remplazó a la nº461/1999. Ahora se "faculta a la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor a dictar normas interpretativas y complementarias y a realizar todas las acciones necesarias para su ejecución, inclusive la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores...reservándose el señor Secretario de Comercio Interior la atribución de dar de baja a las asociaciones que correspondan".
Estas asociaciones así amenazadas son, en rigor, colaboradoras naturales del Estado en el cuidado y protección de los derechos del consumidor. Es impugnable desde todo punto de vista que se pulsee con quienes deberíase coordinar acciones.
Un Estado democrático no puede disciplinar al país de un modo autoritario y tampoco pretender uniformar a sus expresiones libres.
Esta Resolución además obra cual factor intimidante e inductor de "la buena letra" con la que deberían actuar las asociaciones.
Es realmente inquietante este tipo de normativa que exorbita las funciones de cualquier autoridad propia de un Estado republicano. Por eso, pedimos el respaldo para esta Declaración que expresa la profunda preocupación de la Cámara ante este avance de la autoridad en la jurisdicción de Comercio Interior.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
PUCHETA, RAMONA BUENOS AIRES SOCIALISTA DEL MIJD
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMERCIO (Primera Competencia)