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PROYECTO DE TP


Expediente 4313-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA SELECCIONAR LOS REPRESENTANTES FALTANTES EN EL ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO - ERAS -.
Fecha: 29/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo a efectos de solicitarle arbitre los mecanismos necesarios para acelerar la selección de los representantes faltantes en el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) y fijar un plazo perentorio para constitución del Ente y la consecuente constitución de la Sindicatura de Usuarios, que se encuentra bajo su órbita, conforme al Marco Regulatorio sancionado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pasado 20 de junio de 2007, se publica el Decreto 763/2007, reglamentario de la ley 26.221 sobre "Servicio Público de Agua Potable y Desagües Cloacales", por la cual se regirá la actual Concesión de Provisión de Agua y Desagües Cloacales a cargo de la empresa AySA S.A.
La citada norma fue publicada el 02/03/2007, y en su artículo 4° determina que el Ente Regulador debe quedar constituido y en condiciones de cumplir sus funciones dentro de los 30 días de la puesta en vigencia de la Ley.
Más allá que el decreto reglamentario se publica cuando los plazos estaban notoriamente vencidos con relación a la puesta en funcionamiento indicada en el citado art., 4; el texto del mismo no establece plazos de constitución del Ente Regulador de Agua y Saneamiento.
El decreto 763/07 en su artículo 7° indica: "Invítase al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a proponer a sus representantes para integrar el Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), de acuerdo a las exigencias del Artículo 44° del Anexo 2 de la ley 26.221, en un plazo no mayor a quince (15) días de la entrada en vigencia del presente decreto".
Como puede observarse, se establece el plazo para presentar candidatos por parte de las jurisdicciones dentro de los 15 días de notificarse, pero no se determina el plazo de evaluación y constitución del propio ERAS.
Hasta la fecha solo se ha designado al Sr. Carlos VILAS como Director por la jurisdicción Nacional -quien ya se desempeño en el ex - ETOSS-, pero no se ha hecho lo mismo con relación a los representantes por la Provincia de Buenos Aires y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con lo cual no se encuentra constituido aún el Ente Regulador de Agua y Saneamiento - hecho que fue reconocido por los representantes del APLA al ser consultados por la falta de
convocatoria a las entidades de Usuarios y Consumidores para constituir la Sindicatura de Usuarios.-
Debemos recordar que el Poder Ejecutivo Nacional intentó aprobar el Marco Regulatorio de AySA S.A durante la última sesión del mes de diciembre del año 2006, y que por falta de quórum, recién fuera aprobado en el Congreso Nacional durante el mes de marzo de 2007; teniendo estos antecedentes en consideración, no se entiende como puede ser que no se haya previsto desde entonces, quienes podrían ser los representantes por cada una de las jurisdicciones, lo que resulta sumamente llamativo.
En tanto el artículo 10°del Decreto 763/2007 Invita a las Asociaciones de Usuarios mencionadas en el Art. 54, Apartado I, del Anexo 2 de la Ley 26.221, a designar representantes para integrar la SINDICATURA DE USUARIOS que actuará en el ámbito del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), la que iniciará sus actividades una vez constituido dicho Ente y como el mismo no está constituido, tampoco se convoca a la sindicatura
En el artículo antes citado, una vez mas se evidencia la falta de plazos para constituir el ERAS, pues determina que la Sindicatura de Usuarios iniciará sus actuaciones "una vez constituido el Ente", pero de ninguna parte del articulado del Decreto 763/07 surge el plazo definitivo para la constitución del mismo.
Asimismo, se establecen los plazos para la presentación de los Reglamentos Internos de cada una de las dependencias que se crean, pero siempre estableciendo, que regirán a partir del momento de la constitución, la cual es absolutamente indefinida.
Cabe recordar, que el ERAS conforme a lo establecido en el Marco Regulatorio , tendrá a su cargo el control del cumplimiento de las obligaciones a cargo de la concesionaria, en especial en materia de prestación del servicio y la diagramación y el control de la contabilidad regulatoria de la concesión, la relación con los usuarios y el contenido de las tarifas establecidas por la Autoridad de Aplicación.
Asimismo, "Deberá fiscalizar la calidad del servicio, la protección de los intereses de la comunidad y el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas de calidad y de instalaciones internas vigentes en el área regulada que deben aplicar los usuarios".
Sin lugar a dudas, estos controles hoy no son ejercidos formalmente por autoridad alguna, al no hallarse constituido el ERAS.
Nuestra Ley fundamental en su art. 42°indica: "...La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control..."
La manda constitucional señalada, existe en teoría pero no podrá ser real y concreta hasta que no se vea plasmada en la conformación misma de la Sindicatura de Usuarios también pendiente.
En función de asegurar la transparencia y eficiencia en la gestión, resulta imperioso arbitrar los medios y consensuar a la mayor brevedad posible, acciones tendientes al nombramiento de representantes y constitución de los organismos faltantes, para el efectivo desenvolvimiento de la prestación del servicio.
Por todo lo expuesto, solicito a los Señores Legisladores que acompañen el presente proyecto con su voto afirmativo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES ARI
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