PROYECTO DE TP
Expediente 4310-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LEY 26150, DE PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION SEXUAL INTEGRAL.
Fecha: 26/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo para que a
través de los organismos correspondientes se sirva informar sobre diversas
cuestiones relacionadas con la Ley 26150, "PROGRAMA NACIONAL DE
EDUCACION SEXUAL INTEGRAL":
1) Conforme al Artículo 1 de la ley se
establece que "Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual
integral en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y
privada...". Teniendo en cuenta que la ley tiene cinco años y ocho meses de
vigencia. Indicar cuales fueron las medidas que tomo el Ministerio de Educación
de la Nación para lograr implementación del Programa Nacional de Educación
Sexual Integral. Detallar las acciones llevadas a cabo por la autoridad de
aplicación para lograr tal fin. Informar en que jurisdicciones del país se ha
implementado la ley.
2) Informar si se cumple de manera
efectiva el derecho de recibir educación sexual integral, por parte de los
educandos, en los establecimientos educativos desde el nivel inicial, tanto como
en el primario y en el secundario. Informar si para lograr tal fin las diversas
jurisdicciones utilizaron métodos alternativos de enseñanza, en caso afirmativo
informar cuales fueron.
3) Informar que personas integran la
comisión interdisciplinaria de especialistas, que según el artículo 7° de la ley,
serian convocados con el propósito de elaborar documentos orientadores y
materiales para favorecer la aplicación del programa. Así mismo detallar los
documentos y materiales creados para tal fin.
4) Detallar el presupuesto que se
destino al Programa Nacional de Educación Sexual Integral en los años 2007,
2008, 2009, 2010, 2011 y cual es el presupuesto destinado para este año.
5) Habiendo transcurrido dos años y
medio del plazo máximo establecido en la ley como disposición transitoria para
lograr el cumplimiento de la ley. Informar si se logro implementar por completo el
Programa Nacional de Educación Sexual Integral.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hace aproximadamente seis años y
luego de extensos debates, en el que se escucharon diversas voces, se aprobó la
Ley Nº 26.150 que asienta el Programa Nacional de Educación Sexual Integral a
implementarse en todos los niveles de educación formal, sea instituciones publicas
o privadas, desde el nivel inicial hasta el nivel superior.
En su tercer artículo, la ley establece
los objetivos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, los que son; a)
Incorporar la educación sexual integral dentro de las propuestas educativas
orientadas a la formación armónica, equilibradas y permanente de las personas. b)
Asegurar la transmisión de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y
actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación sexual
integral; c) Promover actitudes responsables ante la sexualidad; d) Prevenir los
problemas relacionados con la salud en general y la salud sexual y reproductiva
en particular, e) Procurar igualdad de trato y oportunidades para varones y
mujeres. A casi seis años de su aprobación es lamentable que aún no se haya
implementado en la totalidad de las escuelas de todo el país de acuerdo a la
modalidad y tiempos que la misma se determina, ni que tampoco se haya
reglamentado, la ley es clara y establece que todos los educandos tienen derecho
a recibir educación sexual integral describiéndolo como una educación
sistematizada, a la formación permanente, integral, armónica y equilibrada de
nuestros niños/as y jóvenes. Resulta difícil visualizar los niveles de avance en la
aplicación de esta ley por parte del Poder Ejecutivo.
La educación sexual integral
representa un Derecho Humano fundamental, de los niños/niñas y adolescentes,
el de poder garantizarles por parte del Estado el aprendizaje sobre la sexualidad,
con conocimientos en materia de embarazo y enfermedades de transmisión
sexual, es lamentable escuchar sobre el aumento de los embarazos no deseados
en adolescentes, o la gran cantidad de fallecimientos y serios trastornos que se
producen por desconocimiento que provocan la interrupción de embarazos no
deseados. Como así también el incremento de los porcentajes de hombres y
mujeres que padecen HIV-SIDA. Según estadísticas del Ministerio de Salud, en
1989, el 13,8% de los nacimientos fueron de madres menores de 20 años,
mientras que en el 2000, el 15%.
En 2004, el 14,46% de los 736.261
bebés nacieron de madres menores de 20 años. Es decir que uno de cada seis
niños que nace por año en la Argentina tiene por madre a una adolescente. En
general la mayoría de las madres adolescentes, tienen un nivel muy bajo de
escolaridad. A nivel nacional, el 54,2 % de las chicas que en el 2004 fueron
madres adolescentes no terminaron la primaria; si sumamos las que no han
completado la secundaria este porcentaje es del 84% de las madres menores de
20 años, estos porcentajes han ido acrecentándose hasta la actualidad y es
necesario que el Estado intervenga en representación de nuestros menores.
La Ley Nº 26.150 tiene como objetivo
de máxima, transmitir a todos los niños escolarizados el conocimiento adecuado
en educación sexual, lo cual generaría actitudes responsables ante la
sexualidad
Considero que dicha ley viene a
completar las leyes y políticas publicas necesarias para hacer efectivos los
derechos sexuales y reproductivos, por lo cual es necesario su implementación
total en el país, dado que desde la educación sexual se apunta a la prevención y
al conocimiento para ejercer derechos es por lo anteriormente descripto que
solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MARTINEZ, SOLEDAD | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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EDUCACION (Primera Competencia) |