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PROYECTO DE TP


Expediente 4300-D-2010
Sumario: DEROGACION DEL DECRETO 2075/2002 QUE DECLARAR EL ESTADO DE EMERGENCIA DE LOS SERVICIOS CORRESPONDIENTES AL SISTEMA PUBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS DE SUPERFICIE Y SUBTERRANEOS DEL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 16/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 77
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Art. 1º: Derógase el Decreto 2075/02 que declara el estado de emergencia de los servicios correspondientes al sistema público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo del Área Metropolitana de Buenos Aires.
Art. 2º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el año 2002, en medio de una de las mayores crisis políticas, económicas y sociales que haya sufrido nuestro país, el Poder Ejecutivo decretó la emergencia ferroviaria, argumentando que los problemas fiscales que atravesaba el gobierno tenían incidencia directa e indirecta en las concesiones de explotación de los servicios de pasajeros del área metropolitana.
Esta "incidencia" se expresó en el decreto refiriéndose a la incapacidad de cumplir planes de inversión y obras ya acordados que se hallaban sujetos a determinados subsidios y aportes del estado nacional. Al mismo tiempo, se pretendía revisar el régimen de penalidades aplicables a las empresas por el incumplimiento de inversiones.
De esta manera, quedaba sellado el "anti- modelo" ferroviario vigente desde entonces, donde el estado de excepcionalidad sería el marco para la administración de fondos estatales girados a las concesionarias en forma de subsidios.
Concretamente el esquema inaugurado llevaría a que los aportes del Estado Nacional en la forma de subsidios no procure proporcionar un servicio eficiente y de calidad, sino simplemente garantizar un mínimo de rentabilidad del 16% a las empresas concesionarias, constituyendo estos aportes fundamentales para la explotación desplazando al usuario y su boleto, que pasarían a ser una verdadera "molestia" para las empresas usufructuarias.
Por otro lado, el plazo establecido para la vigencia de la emergencia fue el de la conclusión del proceso de renegociación de las concesiones de ferrocarriles del área metropolitana estipulados en el decreto N° 293/2002, de renegociación de los contratos de empresas de servicios públicos.
En ese sentido, en el balance 2009 de la UNIREN (Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos), dependiente de los ministerios de Economía y de Planificación Federal, solo un 8% de los contratos de todas las áreas de obras y servicios públicos se hallan aun en "proceso de renegociación". Llamativamente, de las 5 empresas y ramas que forman este 8%, tres son las principales concesionarias de trenes de pasajeros metropolitanos: Metrovias, Ferrovias y TBA.
Ante un hecho de "excepcionalidad" como lo fue la rescisión del contrato con el grupo Metropolitano de la ex línea San Martín, se creó, mediante el Decreto Nº 798/04, la UGOFE (Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia), entidad compuesta por las otras tres concesionarias (Metrovías, Ferrovías y TBA) para la operación "provisoria" de esta línea.
Tal "provisoriedad" no estaba en los planes de las empresas ni en los de las autoridades nacionales de transporte, ya que poco tiempo después, montada en esta Unidad de Gestión de Emergencia, se creó UGOFE S.A. compuesta por las tres empresas antes mencionadas. Cuando años después las Líneas Belgrano Sur y Roca corrieran la misma suerte, la gestión operativa de "emergencia" habría de recaer nuevamente en la UGOFE, pero ahora ya constituida como Sociedad Anónima.
Claramente, este "anti-modelo" ferroviario constituido en base a la excepcionalidad e irracionalidad deliberada establece el mayor obstáculo para el desarrollo y planeamiento estratégico de las necesidades de transporte de nuestro país. Esta situación de "emergencia perpetua" constituye una verdadera paradoja, siendo este marco tan precario, el mejor "clima de negocios" que pudieron encontrar los grupos concentrados que controlan las empresas concesionarias, para continuar concentrando, ahora, el rubro de los contratos ferroviarios.
Según parece, el axioma liberal que pontifica "sin reglas claras no existe el clima necesario para los negocios" nuevamente es ridiculizado por la verdadera naturaleza de una parte importante del empresariado argentino que, en complicidad con funcionarios incompetentes o corruptos, solo se permite hacer negocios con un marco legal inexistente y una renta garantizada por los dineros públicos. La emergencia ferroviaria hace ocho años que hace posible ambas cosas.
Por todo esto, solicito a los Sres. Diputados que aprueben este proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
OBRAS PUBLICAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA