PROYECTO DE TP
Expediente 4294-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS DENUNCIAS POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS INSTITUTOS DE MENORES QUE DEPENDEN DE LA SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 11/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional,
para que por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
informe:
1.- Si ha recibido denuncias
por violaciones a los derechos humanos en los institutos de menores que
dependen de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, y el curso
dado a las mismas.
2.- Si debido a las referidas
denuncias, funcionarios de ese Ministerio han concurrido a los institutos de
menores a verificar su funcionamiento.
Y para que por intermedio del
Ministerio de Desarrollo Social, se proceda a informar sobre los siguientes
puntos:
a) Cuales son los
fundamentos que tiene ese Ministerio, para impedir que la Procuración
Penitenciaria de la Nación monitoree el estado de los menores internados en los
institutos que dependen de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y
Familia.
b) Explique las razones por
las cuales en los institutos de menores, existen celdas de castigo para los allí
internados, cuando ello está expresamente prohibido por la Convención de los
Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional por el art. 75, inciso
22.
c) Que disposiciones se han
adoptado con relación al personal de los Institutos Manuel Rocca y Luis Agote, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Almafuerte de la ciudad de La Plata, y
Pablo Nogués de la localidad de Malvinas Argentinas, donde en los últimos dos
años ocurrieron muertes de menores, que se encontraban en condiciones de
aislamiento.
d) Porque la Secretaría de
Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, no ejerce el debido control sobre el
funcionamiento de los institutos de menores que dependen de la misma.
e) Explique las razones por
las cuales la comida que se suministra a los internos en los institutos de menores,
no responde a los principios básicos de una alimentación sana y equilibrada, y la
falta de una adecuada asistencia médica a los mismos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
No constituyen una novedad los
problemas existentes con los menores alojados en diversos institutos que
dependen de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia. Reiteradas
denuncias efectuadas por diversas organizaciones de la sociedad civil y aún de la
Procuración Penitenciaria de la Nación. A esto se suma la falta de un régimen
penal de la minoridad que ha sido insistentemente reclamado por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, ya que la norma que actualmente rige es
una ley de la dictadura que ninguno de los gobiernos de la democracia
cambió.
En el mes de diciembre del año 2014,
en el instituto de menores, Luis Agote, murió un adolescente de 16 años, de
nombre Diego Iván Borjas, que tenía un retraso madurativo y se encontraba en
una celda de aislamiento, llamada eufemísticamente Centro socioeducativo de
régimen cerrado
El 4 de julio en el Instituto Pablo
Nogués de Malvinas Argentinas, un joven de 16 años fue encontrado sin vida en
su celda. La Comisión Provincial de la Memoria lo había entrevistado este mismo
año cuando estaba en el instituto Legarra. "En ese momento, se comprobó que el
joven se encontraba en pésimas condiciones de detención: sin agua, sin baño, sin
acceso a ninguna actividad. También se constató que presentaba lesiones de
corta y larga data, como consecuencia de las torturas padecidas en el Centro de
Recepción de Lomas de Zamora por parte de los asistentes de minoridad" El
menor también había denunciado que fue testigo de torturas infringidas a otros
jóvenes detenidos.
Otro caso ocurrió el pasado 16 de julio
en el Instituto Almafuerte de La Plata. Según informó la CPM, el joven tenía 17
años y apareció ahorcado. "Al momento del hecho debía estar en recreación pero,
según informaron las autoridades del centro, se había negado a salir", indicaron
desde la Comisión. Aunque aclararon que "los jóvenes detenidos comentaron que
el día anterior había tenido un altercado con un compañero y, por tal motivo, los
custodios lo habían encerrado en su celda".
Finalmente el viernes 24 de julio, un
adolescente de 17 años murió y otro está internado en estado grave a raíz de un
incendio ocurrido en el instituto de menores Manuel Roca. Respecto a esto último
la Procuración Penitenciaria sostuvo que "el incendio se produjo por la quema de
dos colchones", pero aclaró que los datos sobre el origen del fuego no eran
información oficial y culpó de esa situación a la Secretaría Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia (Sennaf), del área del ministerio de Desarrollo Social.
"Dicha secretaría no solamente impide
el ingreso de la Procuración Penitenciaria de la Nación a monitorear los Institutos,
sino que además sostiene una firme negativa de brindar información respecto de
la situación de las instituciones y de los niños, niñas y adolescentes detenidos en
los institutos que de ella dependen", advirtió en un comunicado.
Estos hechos ocurren habitualmente
en los institutos de menores, sin que la justicia se haga cargo de sus
responsabilidades y sin que las autoridades del Estado adopten las medidas que
resulten necesarias para evitar que hechos como este se repitan, siendo esto una
evidencia más de cómo funciona el nefasto sistema carcelario, que ningún
gobierno se ha atrevido a cambiar, salvo acciones aisladas que en definitiva
siempre dejaron las cosas como estaban. Estas muertes como tantas otras que
han ocurrido, no han sido materia de tratamiento por los diarios de mayor
circulación, más preocupados en la coyuntura política, en los aspectos frívolos de
figuras del espectáculo y en defender sus propios intereses empresariales.
Es tan perversa la política criminal
respecto de los menores, que se encuentran complicados en ella, los agentes
penitenciarios, los funcionarios de los institutos de menores, los jueces de
menores que no cumplen con su obligación de vigilancia, el Ministerio Publico
Fiscal que se hace el distraído respecto a la violación de los derechos humanos y
el Poder Ejecutivo que no solo no hace nada, sino que en muchos casos, ha
intentado defensas inconcebibles para justificar su accionar
Desde hace muchos años, la situación
de los menores ha sido motivo de preocupación por los altos índices de
delincuencia que los involucran, sin que se haya buscado algún tipo de solución a
una cuestión extremadamente grave. Las instituciones carcelarias donde se los
ha alojado, han contribuido a generar condiciones para acentuar la criminalidad
juvenil, sin encarar un proyecto integral que permita modificar el régimen penal de
la minoridad. Ante la carencia de políticas públicas, que contemplen todo lo que se
ha avanzado en esta materia, una significativa cantidad de normas internacionales
se han desconocido y violado, afectando los derechos humanos de los menores, y
sometiéndolos a condiciones que dificultan su reinserción social.
Desde la lejana ley 10903, del año
1919 (Ley Agote) por la cual se creó el Patronato de Menores, estableciéndose un
trato diferenciado respecto del tratamiento penal de los menores respecto del de
los adultos hubo modificaciones escasas en la legislación penal, hasta que
durante la dictadura, se sancionó la ley 22.278 , que con las limitadas
modificaciones de la Ley 22.803, es la que rige actualmente, permitiendo un
manejo discrecional del sistema penal a aplicarles, sin que se observaran todas
aquellos procedimientos que permitan no solo una evaluación adecuada del menor
infractor, sino condiciones básicas destinadas a lograr un cambio en las conductas
de los mismos a través de las pautas fijadas por convenciones internacionales que
no se han respetado.
Si bien existieron algunos intentos
aislados de modificar el régimen de minoridad, a través de algunos análisis que
contemplaran un tratamiento más restaurativo del régimen penal, dejando la
punibilidad para casos extremos, o ante constantes reincidencias, nada se hizo en
décadas. Los institutos de menores, pasaron a ser verdaderas escuelas de
delincuentes, donde al rigorismo extremo en los tratamientos, se sumaba la total
falta de diferenciación entre primerizos y reincidentes. Solo se trataba de
encarcelar al menor, sin que existiera un régimen orgánico para su resocialización,
utilizando técnicas adecuadas, educación intensiva, tratamientos psicológicos y
todos aquellos elementos que pudieran resultar de utilidad, para evitar que se
volviera a delinquir. Además el régimen penal era primariamente punitivo, y
aunque en la ley 22.278, estaban fijadas algunas pautas respecto de un
tratamiento tutelar, todo ello no pasaba de ser una mera enunciación de deseos
que en la práctica no se llevaba a cabo.
El 14 de Julio de 2006 se presentó el
1er. Informe Nacional sobre Chicos Privados de la Libertad, elaborado por la
Secretaría de Derechos Humanos y Unicef. Dicho informe arrojó datos alarmantes:
más de veinte mil niños y adolescentes están recluidos, el 87% es por causas
asistenciales, es decir que sólo el 13% está detenido por hechos delictivos. Pero
ese 13% comenzó a crecer en forma alarmante en los últimos años, ante la falta
de políticas públicas que reinserten a los menores en la sociedad, contribuyendo a
eso la marginalidad, el analfabetismo la indigencia
En otras palabras, el 87% está bajo un
régimen de encierro no por la comisión de un hecho delictivo sino como
consecuencia de situaciones de carencias socio-económicas. A ello debe añadirse
que la infraestructura carcelaria es deficiente, que la promiscuidad y el
hacinamiento son moneda corriente y todo ello contribuye a crear circuitos
potencialmente peligrosos que redundan en un aumento de la delincuencia juvenil,
sin que existan políticas de prevención, tratamientos para reinserción de los
menores delincuentes y establecimientos adecuados, con personal entrenado para
socializarlos. Como dato meramente informativo podemos indicar que en la ciudad
de Buenos Aires, Institutos como el Agote, Roca y el Belgrano, se encuentran
superpoblados, lo que contribuye a que no se puedan efectuar tratamientos que
podrían resultar de utilidad para la resocialización de los menores. Y ese régimen
de encierro, ha vuelto a generar potenciales delincuentes.
La Oficina de Estadísticas y Política
Criminal de la Procuración General de la Nación, ha mostrado a través de algunas
investigaciones, una serie de datos que resultan reveladores de las distintas
conductas delictivas, que nada tienen que ver con lo que generalmente se puede
leer en los diversos medios de comunicación. Se ha podido establecer que en las
franjas etarias de menores entre 17 y 15 años el 41% se trata de robos simples y
el 21% de hurtos simples. Es decir que entre ambas categorías el porcentaje
alcanza al 62% de los delitos cometidos por menores, siendo nada más que el
17% el que se comete con armas. También la Procuración muestra que el 84% se
trata de delincuentes primarios y solo el 16% de reincidentes.
El estrato social de los menores
imputados es medio-bajo y bajo, con niveles de instrucción precarios, ya que solo
el 40% tienen instrucción primaria y solo el 22% instrucción secundaria.
Los delitos contra la vida o en ocasión
de robo resultan insignificantes en la proporcionalidad comentada, ya que la mayor
parte de los encausados lo han sido en ocasión de robo o hurto.
La delincuencia juvenil, solo es materia
de tratamiento, ante algún hecho de violencia extrema, donde generalmente
aparecen proyectos que tienen como único objetivo la punibilidad, y se esgrime la
necesidad imperiosa de bajar la edad de imputabilidad, como si ello fuera
suficiente para terminar con el delito. Como lo señalara el penalista García
Méndez: "el tema de la delincuencia juvenil es de carácter cíclico. Aparece y
desaparece de la agenda política y social con relativa facilidad...En el caso
específico de la delincuencia juvenil, la ausencia prácticamente absoluta de cifras
más elementales sobre el tema, explica en buena medida el alto nivel de
manipulación informativa. En el contexto de este vacío de información cuantitativa,
los medios de comunicación sustituyen la ausencia de información estadística con
frases tan precisas como el aumento alarmante de la criminalidad juvenil, frases a
partir de las cuales se construye la política criminal en este ámbito específico...."
Ello supone que no se lleve a cabo una política de minoridad, que además de
cumplir con los diversos tratados internacionales, tenga como objetivo
fundamental la reinserción y no exclusivamente la punición, sin dejar de tener en
cuenta, la necesidad de establecer adecuadamente pautas de punibilidad a
aquellos delincuentes que se encuentran entre los 16 y 18 años. En ningún caso
se ha tratado de establecer métodos de resocialización, que no se logran con los
tratos crueles y degradantes a que son sometidos los menores internados.
La responsabilidad de los jueces en la
forma del trato cruel y degradante a los menores está dada porque no se
interesan en las condiciones de habitabilidad de los mismos en los institutos, no
visitan habitualmente tales lugares, y tampoco toman medidas ante las reiteradas
denuncias sobre malos tratos a los allí alojados. Se llegó al extremo de que la
Sala V de la Cámara Criminal, sostuvo que la Procuración Penitenciaria de la
Nación no tenía un equipo idóneo para auditar los institutos y la Sala III de la
Cámara de Casación Penal, dijo que el habeas corpus presentado por la
Procuración no era la vía correcta y que las garantías de los niños/as
adolescentes estaban protegidas por los Jueces, Defensores y por la propia
Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia que nada hace y el
sistema continúa.
Una evidencia contundente de lo que
afirmo lo da el hecho que la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
condenó al Estado Nacional, en una sentencia lapidaria por la muerte de menores,
y las condenas impuestas a otros sosteniendo que además debía modificarse el
régimen de los menores para adecuarlo a la Convención de los derechos del Niño.
En ese juicio el representante del Estado nacional hizo lo posible para chicanear la
causa, y solo la valerosa intervención de la Defensora General de la Nación, Dra.
Stella Maris Martinez que se puso del lado de los afectados logró esa condena
ejemplar al Estado, el año 2013.
Además se han instalado nociones
sobre los presos que no se corresponden con la realidad que se vive en las
cárceles, y lo ocurrido en el Instituto Rocca es una muestra de ello respecto de los
menores.
Existe una evidente renuencia en
jueces y fiscales que han intervenido en multitud de causas relacionadas con
menores, a investigar muertes y asesinatos, ver las condiciones en las que viven,
la inmundicia que comen, las golpizas reiteradas que reciben, el trato vejatorio
constante, que aún se extiende a familiares que visitan a los internos
De tenerse en consideración que estos
adolescentes, a pesar de haber cometido delitos deben ser tratados como seres
humanos, y no ser sometidos a tratamientos degradantes que repelen a la
dignidad humana. Si bien es cierto que hay hechos que han conmocionado a la
opinión pública, protagonizados por menores, estos resultan ser la excepción del
sistema carcelario, tal como puede verse por estadísticas inobjetables. Nada se
logra con la tortura y la crueldad con las que se somete a los internos en esos
institutos, sino que por el contrario, se incentivan los aspectos transgresores que
deberían ser materia de un tratamiento específico para lograr una resocialización
del menor, evitando de esa manera, que en poco tiempo más se convierta en un
delincuente mayor, con la peligrosidad que esto va a significar.
Esta continua preocupación por el
régimen penal de la minoridad nos llevó a presentar un Proyecto de Ley, para
modificar la ley que rige actualmente, con el propósito que la Argentina, se
adecúe a lo que establece la Convención de los Derechos de Niño, y se termine
con un sistema que es claramente violatorio de los derechos de esos menores,
que son brutalmente tratados en los institutos donde se encuentran alojados.
Por lo expuesto solicito a mis pares se
sirvan aprobar este proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |