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PROYECTO DE TP


Expediente 4277-D-2013
Sumario: REGIMEN DE TERRAZAS VERDES.
Fecha: 28/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


TERRAZAS VERDES
Artículo 1°.- Dispóngase la instalación de espacios verdes en los techos, terrazas y azoteas de los edificios donde funcionen dependencias del Poder Ejecutivo Nacional y sus organismos descentralizados, que se encuentren ubicados en los distintos centros urbanos del país.
Artículo 2°.- El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley, a cuyos efectos diseñará e implementará un programa cuya ejecución deberá completarse dentro de los tres (3) años contados a partir de su entrada en vigencia.
Artículo 3°.- La autoridad de aplicación contará con el asesoramiento de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y convocará a participar del programa a profesionales y expertos en la materia, representantes de Universidades Nacionales, organizaciones ambientalistas y otras entidades no gubernamentales vinculadas a la temática.
Artículo 4°.- El programa tendrá que prever mecanismos de seguimiento y monitoreo que permitan evaluar el impacto ambiental de los espacios verdes instalados y, en particular, su capacidad de enfriamiento del aire y retardo del tiempo de escurrimiento del agua.
Artículo 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General la Nación.
Artículo 6°.- Invitase a adherir a las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el nombre de "terrazas verdes" se conoce a los techos y azoteas que se cubren de vegetación, con el objetivo de mejorar la calidad ambiental y reducir los efectos del calentamiento global.
De acuerdo a las características de esas superficies y el diseño que se les dé, es posible recuperar espacios inutilizados y destinarlos a la creación de jardines, ámbitos de encuentro y práctica de actividades deportivas, refugios naturales para pájaros y lugares para otros usos múltiples.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha fijado en quince y diez metros cuadrados, respectivamente, las cantidades óptimas y mínimas de espacios verdes por habitante. Sin embargo, muchos centros urbanos están lejos de alcanzar esas metas y la instalación de terrazas verdes es una forma concreta de contribuir a palear ese déficit.
Dicha instalación contribuye a extender la vida útil de los techos, evitar las filtraciones, favorecer la retención de agua de lluvia reduciendo la velocidad del escurrimiento, disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero y purificar el aire afectado por el tránsito, las actividades productivas y la generación de energía. También ayuda a reducir los niveles de ruido y potenciar el aislamiento de los edificios, tanto en verano como en invierno.
La colocación de este tipo de terrazas comenzó, durante la década del '60, en Alemania, donde desde entonces y hasta el año 2008, se han ganado más de quince millones de metros cuadrados de espacios verdes.
Países escandinavos, como Suecia y Dinamarca, también han sido precursores en el uso de techos de pasto.
En la ciudad de Chicago hay más de 2,5 millones de pies cuadrados de terrazas con vegetación y en todo Estados Unidos la cantidad crece en el orden de un ciento veinticinco por ciento anual.
Legislación aprobada en el año 2001, en Tokio - Japón, obliga a cubrir con espacios verdes un veinte por ciento de las terrazas de los edificios nuevos y reconstruidos.
Experiencias como estas también se desarrollan en América Latina. México cuenta con alrededor de treinta mil metros cuadrados de azoteas verdes. En el sur del Distrito Federal, sobre el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores, se encuentra ubicada la más grande de todas, que alcanza un tamaño de más de cinco mil metros cuadrados.
En Bogotá, la Secretaría de Ambiente, ha desarrollado el primer edificio ecológico con cuatrocientos metros cuadrados de techos verdes.
En nuestro país, en Rosario, se aprobó la Ordenanza 8.208/07 que dispuso la creación del Programa "Terrazas Verdes". En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en diciembre de 2012, se sancionó la Ley 4.428 que implementa uno similar en ese ámbito. Por su parte, en Córdoba - aunque no hay una norma legal específica - también se han comenzado a implementar.
Teniendo en cuenta todos estos antecedentes, nos pareció oportuno presentar una iniciativa destinada a convertir en pionero de este tipo de políticas al Estado Nacional.
Por eso, se establece la instalación de espacios verdes en las terrazas, techos y azoteas de los edificios donde funcionan dependencias del Poder Ejecutivo Nacional y sus organismos descentralizados, en los distintos centros urbanos del país.
La puesta en marcha de un programa como el que proponemos no es menor, si se tiene en cuenta que, por ejemplo, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - donde funciona buena parte de esos edificios - sólo existen 3,7 metros cuadrados por habitante, si se considera a la descuidada Reserva Ecológica.
Su ejecución se pone en cabeza del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación porque - conforme a sus competencias - le corresponde asistir a la Presidencia de la Nación en materia de obra pública.
Al mismo tiempo y para garantizar la perspectiva ambiental, se dispone la participación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la convocatoria de profesionales y expertos en la materia, representantes de Universidades Nacionales, organizaciones ambientalistas y otras entidades no gubernamentales vinculadas a la temática.
Además, se invita a adherir a las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo cuya órbita se encuentran la enorme mayoría de las escuelas y hospitales públicos, cuya sumatoria al programa permitiría potenciar notablemente sus alcances.
Finalmente, se prevén mecanismos de seguimiento y monitoreo dirigidos a evaluar el impacto ambiental de la colocación de las terrazas.
Por todo lo expuesto y por entender que la aprobación de este proyecto contribuirá a hacer efectivo el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano que consagra el artículo 42 de la Constitución Nacional, es que solicitamos su tratamiento y pronta aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
BASTERRA, LUIS EUGENIO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0941-D-15