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PROYECTO DE TP


Expediente 4271-D-2009
Sumario: "DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO". SE ESTABLECE COMO TAL EL 26 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO.
Fecha: 04/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 109
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ESTABLECESE EL 26 DE SEPTIEMBRE COMO EL DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO EL QUE SERA CONSIDERADO FERIADO NACIONAL OBLIGATORIO PARA TODOS LOS TRABAJADORES MERCANTILES
Art. 1.- Queda establecido el día 26 de septiembre de cada año como "Día del empleado de Comercio", rigiendo para esta fecha y para los trabajadores en relación de dependencia cuya prestación laboral se encuadre dentro del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 o la que en el futuro la reemplace, las normas establecidas para los feriados nacionales obligatorios.
Art. 2.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es sabido que casi la totalidad de las Convenciones Colectivas de Trabajo han dispuesto en el marco de la autonomía negocial, normas que consagran celebraciones especiales un día del año calendario, referidas al día del trabajador correspondiente a su actividad u oficio. También es cierto que no todas han aplicado idéntico régimen. En algunos casos adquieren naturaleza de feriado nacional, en otros de días no laborales, resultando en cada caso consecuencias jurídicas distintas y consagrando un tratamiento desigual.
Que los trabajadores celebran el día concerniente a su actividad u oficio, genera un espíritu gregario y le imprime pertenencia a un ámbito social, laboral y cultural determinado. Supone identificación de iguales con ese ámbito. No solo implica un reconocimiento al esfuerzo de los trabajadores en esa actividad específica, sino que tiende puentes entre el capital y el trabajo al verse identificados en un mismo objeto: la naturaleza productiva.
La actividad mercantil, en oportunidad de suscribirse la actual Convención Colectiva de Trabajo - 130/75- consagró el día 26 de septiembre como el día del empleado de comercio, imprimiéndole a ese día, carácter de feriado nacional obligatorio.
Lo que fue el fruto de la autonomía negocial, fue avasallado durante el gobierno militar con motivo de la sanción de la ley 21.329, que en su artículo segundo dejó sin efecto las disposiciones de los estatutos profesionales o de las convenciones colectivas de trabajo por las que se instituían otros feriados o días no laborables que los señalados en el artículo 1º de la citada ley.
Ya reinstalada nuestra democracia, el 25/9/1985 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprobó el acuerdo s/expediente 778377/85 suscripto el 19/9/1985 por las Cámaras Mercantiles y la Confederación General de Empleados de Comercio, en virtud del cual se convino en reimplantar el día 26 de septiembre de cada año como el "Día del Empleado de Comercio", trabajando normalmente y destacándose que a los efectos de la percepción de haberes, dicho día será abonado con doble remuneración, siempre que el empleado asista en la forma habitual a su trabajo. Lo que si bien supuso reestablecer el festejo del día del empleado mercantil, le impuso al mismo efectos jurídicos distintos a como fue concebido en su origen, ya que en esta oportunidad se le dio naturaleza de día no laborable y no de feriado nacional.
La ley que promuevo, en consecuencia, tiende a tutelar un derecho de los trabajadores mercantiles que resultó vapuleado por una ley de la dictadura militar, y que la capacidad negocial paritaria no pudo reestablecer en la dimensión que fue concebida originariamente, jerarquizando este derecho con la fuerza normativa que le impone la ley formal.
Por todo lo expuesto, solicito a los señores diputados, me acompañen con su voto favorable en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LEDESMA, JULIO RUBEN BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
GARDELLA, PATRICIA SUSANA BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
PEREYRA, GUILLERMO ANTONIO MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Giro a comisiones en Senado
Comisión
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/10/2009 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PEREYRA (A SUS ANTECEDENTES) 28/10/2009
Diputados MOCION SE ANTICIPE AL TRATAMIENTO (AFIRMATIVA) 28/10/2009
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) 28/10/2009
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 28/10/2009 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) 11/11/2009
Senado CONSIDERACION Y SANCION 11/11/2009 SANCIONADO