PROYECTO DE TP
Expediente 4256-D-2010
Sumario: RENDIR HOMENAJE A LA LOCALIDAD DE TILISARAO, PROVINCIA DE SAN LUIS, AL CUMPLIRSE EL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2010 EL 121º ANIVERSARIO DE SU FUNDACION.
Fecha: 15/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Rendir Homenaje al
Pueblo de la Localidad de Tilisarao, Provincia de San Luis, al cumplirse
el 121º Aniversario de su fundación el próximo 21 de Septiembre de
2010.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proximo 21 de
septiembre, la ciudad de Tilisarao cumplirá 121 años desde su
fundación, como legisladores y nativos de nuestra querida provincia de
San Luis no podemos más que adherir a este importante
acontecimiento al cumplirse un nuevo año de su creación.
Tilisarao, es una localidad
ubicada en el departamento Chacabuco, en la provincia de San Luis, la
cual se encuentra emplazada en el Valle de Conlara, sobre la autopista
provincial de los Comechingones Nº 55.
Tilisarao nace por ley
fundacional el 21 de setiembre de 1889 con el nombre de Estación
Renca o Renca Nuevo, este nombre se mantuvo por espacio de 36
años para luego ser reemplazado por el de Tilisarao el 18 de Agosto de
1925 por gestión del Dr. Diógenes Taboada Mora.
Los motivos del cambio
surgieron por pedido de un grupo de vecinos quienes manifestaban
que dada la proximidad entre ambas localidades, Renca y Renca
Nueva, provocaba confusiones de diversas índoles, principalmente en
la identificación de una y otra, ocasionando importantes trastornos,
especialmente con la distribución de la correspondencia.
Surgió entonces el
nombre de Tilisarao, tomado de la sierra que se levanta a sus
espaldas. Tilisarao significa Tierra del Maíz Salvaje, Tili: salvaje en
lengua quichua. Sara: maíz en quichua Ao: región o lugar en lengua
cacana o diaguita.
Por todo lo expuesto, es
que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LABOR PARLAMENTARIA (Primera Competencia) |