PROYECTO DE TP
Expediente 4254-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA UTILIZACION DE "SEMILLA ILEGAL" EN NUESTRO PAIS.
Fecha: 24/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
y por su intermedio a quién corresponda, en virtud de que tradicionalmente los
agricultores han producido su propia semilla al retener una parte de su cosecha de
granos con tal propósito, y que esta práctica se da más intensamente en algunos
cultivos en particular: trigo, soja, poroto, arroz y otros de reproducción por
autogamia, y que en muchos países la proporción de semilla propia suele ser tan
alta como un 80% o más de las necesidades de siembra, y en particular en
nuestro caso el mercado formal e informal de semillas comerciales oscila en unos
U$S 800- 900 millones y casi 2 millones de toneladas, siendo uno de los más
grandes del mundo, y que cabe distinguir entre semilla legal, que para los
principales cultivos debe ser fiscalizada o provenir del uso propio genuino, y
semilla ilegal comercializada sin rótulo ("bolsa blanca") en el mercado negro.
Generalmente, se considera que en los cultivos donde predominan los cultivares
híbridos (maíz, girasol y sorgo), la gran mayoría de la semilla empleada es
fiscalizada, en cambio, en trigo y soja, en que los cultivares son líneas
endocriadas, la semilla de uso propio e ilegal alcanza proporciones muy
significativas. Cabe destacar que ésta última no paga impuestos ni regalías a los
obtentores que poseen DOV, ese sirva informar sobre lo siguiente:
- Si la Autoridad de Aplicación en la
materia, está efectuando un real y efectivo seguimiento y control sobre la
utilización de "semilla ilegal".
- En el caso que el seguimiento
y control antes referido se este efectuando, si se han tomado medidas
sancionatorias al respecto.
- Si se están tomando las
medidas correspondientes para remediar, el impacto que genera la utilización de
semilla ilegal.
- Si la Autoridad de Aplicación
tiene publicados los resultados antes mencionados y si estos están a disposición de
quién lo requiera.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sr. Presidente, las preguntas efectuadas
precedentemente, se fundan en que al cumplirse la primera década de difusión
comercial de cultivares genéticamente modificados (GM) en el mundo, Argentina se
encuentra en el segundo lugar por área sembrada detrás de los Estados Unidos
(EE.UU.), con el 19% del total global. Asimismo, ocupa el primer lugar por la
proporción de tierra arable cultivada con variedades transgénicas (61%, seguida por
los EE.UU., 29%, y Brasil, 16%). .
En la campaña 2005/2006, prácticamente el 100% de la superficie de soja (15.200.000
has) fue sembrada con variedades tolerantes a glifosato (TH o RR), mientras que el
maíz y el algodón transgénicos ocuparon respectivamente casi 70% y 60% del área
destinada a esos cultivos. En el caso del algodón GM, el 88% (165.000 has)
correspondió a materiales RR y el 12% restante (22.500 has) a cultivares resistentes a
insectos (RI o Bt).
En la segunda campaña desde su
aprobación, el maíz tolerante a glifosato se sembró en unas 70.000 has (3% del total
del maíz), mientras que el resto del maíz GM correspondió a híbridos Bt (alrededor de
1,6 millones de has) .
En total, la superficie cultivada con Organismos Vegetales Genéticamente
Modificados (OVGM) en la Argentina ascendió a 17,1 millones de hectáreas, un 78%
más que en la campaña 2000/2001. .
La literatura enfatiza que la difusión de los cultivos GM ha tenido un rol protagónico
en la modernización del sector agropecuario operada en los pasados 15 años, en un
contexto de reducción de tasas y retenciones sobre las exportaciones, sustancial
rebaja de aranceles de importación de insumos y bienes de capital y desregulación de
mercados. Estas condiciones macroeconómicas prepararon el terreno para la
expansión cuantitativa de la producción granaria en un marco internacional favorable
(Trigo y Cap, 2003; Chudnovsky, 2005).
Sin dudas, las semillas estuvieron en el
centro de la gigantesca transformación que vivió la agricultura Argentina, que
permitió incrementar los volúmenes de granos y oleaginosos desde 37,5 millones de
toneladas en 1990/1991 a 84,6 millones en 2004/2005.
No obstante, para que en las próximas
décadas sea posible mantener un impulso parecido, habrá que considerar todos los
factores que lo determinaron: la investigación básica y aplicada, el marco institucional
y el impacto socioeconómico y agroecológico, en una perspectiva estratégica de largo
plazo, y el control sistemático y efectivo sobre la utilización de semillas fiscalizadas.
.
La adopción o rechazo de nuevas tecnologías está definida últimamente por su
rentabilidad, pero también depende de otras variables altamente gravitantes para su
concreción. Las investigaciones económicas revelan que la adopción de cultivares
transgénicos puede generar retornos económicos significativos, aunque altamente
variables, en los países en desarrollo.
La disponibilidad de cultivares GM bien
adaptados y con semillas a precios accesibles, constituye el requerimiento más básico
para su adopción por parte de los productores, sin embargo, los estudios realizados
destacan que los factores institucionales, tales como la capacidad de investigación
agrícola nacional, el desarrollo de los mercados de insumos y productos agrícolas, las
regulaciones de bioseguridad ambiental y de los alimentos y las políticas de derechos
de propiedad intelectual (DPI), integran variables al menos tan importantes como la
tecnología misma en la determinación del nivel y distribución de los impactos
económicos y agroecológicos (Raney, 2006). .
De acuerdo al Censo Nacional Agropecuario (CNA) 2002, la superficie implantada,
sumando primera y segunda ocupación, alcanzó 38,1 millones de ha (+15% desde el
CNA 1988). El 58% de este incremento fue explicado por la Región Pampeana, y el
41% por las Regiones NEA y NOA. La superficie con siembras de primera se
incrementó un 9%, lo que implica un crecimiento del área cultivada, mientras la
siembra de segunda se duplicó en el mismo período.
Los 4 principales cultivos, soja, maíz,
girasol y trigo, que en 1988 representaban el 85,2% de la superficie total de cereales y
oleaginosas, pasaron a explicar el 95,1%., la superficie de los mismos creció un 55%
en el período intercensal, mientras que las forrajeras anuales y perennes se redujeron
un -22% y los demás cultivos decrecieron un -7%.
El área destinada a los cereales se
incrementó un 27% y la superficie implantada con oleaginosas, considerando primera
y segunda ocupación, se incrementó un 87%.
Este incremento es atribuible a la soja
ya que las demás oleaginosas se redujeron.
La superficie con soja de primera creció
un 150%, mientras que la segunda oleaginosa en importancia, el girasol, decreció un -
5%, lo que implica una fuerte especialización en muy pocas especies, con el
consiguiente riesgo para la sustentabilidad.
El aprovechamiento masivo de
tecnologías generadas en el mundo desarrollado y comercializadas en el
país por empresas transnacionales condujo a la expansión de la frontera
agropecuaria y a profundas transformaciones técnico-productivas. Entre
ellas se destaca la incorporación de semillas transgénicas en soja, maíz y
algodón, el mayor uso de fertilizantes y agroquímicos, la difusión de la
siembra directa, el doble cultivo y la agricultura de precisión, así como
las mejoras en la genética animal, el desarrollo de los sistemas de
engorde a corral y el uso de novedosas tecnologías de almacenaje en el
campo. Estas técnicas en conjunto permitieron un aumento de la
productividad de los factores, reflejada en los mayores rendimientos de
los principales cultivos, particularmente del maíz De este modo, se
produjo la incorporación de tecnologías de nivel internacional, que
estuvieron disponibles en la Argentina con un breve retraso respecto de
su lanzamiento en los países en las que fueron originadas. No obstante,
debe considerarse el riesgo de la degradación de los suelos y la contaminación
ambiental, derivado del intensivo uso agrícola de la tierra (intensificación y
agriculturización) en detrimento de rotaciones planificadas, la alternancia agrícola-
ganadera y la integración
agrosilvopastoril.
El importante crecimiento de la producción de granos se sustentó parcialmente en la brecha
de rendimientos existente a inicios de la década de los 90 en relación a los países
competidores, fundamentada en el bajo nivel de aplicación de tecnología., no obstante, se
contaba con una importante dotación de recursos naturales y conocimientos técnico-
científicos que estuvieron disponibles en el momento en que se produjeron los
cambios.
En cuanto a las semillas, las que incorporan mayor tecnología, como las híbridas, las
transgénicas y otras que, sin ser GM, presentan ciertos atributos diferenciales como la
tecnología Clearfield(r) o IMI, proporcionan márgenes más atractivos para la
industria. En general, las corporaciones transnacionales (TCs) tienden a especializarse
en este tipo de cultivares.
Por otra parte, la concentración en el eslabón de los productores, con la consolidación
de figuras como los grandes contratistas y "pooles" de siembra, que manejan
importantes volúmenes de compra, les confiere un mayor poder de negociación con las
redes de comercialización de productos, servicios y financiamiento.
.
Sin embargo, debe enfatizarse que los procesos de concentración y fuerte dependencia
de políticas internacionales generaron un significativo incremento de las asimetrías
económicas y sociales, lo que se evidencia en el aumento de la brecha entre los sectores
acomodados y aquéllos excluidos por el modelo, consolidándose la inequidad en la
distribución de la riqueza. A ello se añaden las deficiencias en la planificación
sectorial, así como ciertas políticas de desregulación que no contribuyeron al
desarrollo equilibrado.
En este contexto, y luego del shock
externo derivado de las crisis en Rusia y Brasil, la economía entró en una prolongada
recesión a partir de 1999 y luego en una profunda crisis
financiera, política e institucional que
condujo al colapso de la economía a fines de 2001 y 2002.
La fuerte caída del PBI y la enorme
devaluación de la moneda redujeron significativamente las importaciones e
incrementaron las exportaciones, lo que permitió paliar en parte la importante fuga
de capitales ocurrida durante 2001 y 2002. .
Posteriormente, las exportaciones del complejo de la soja, que representan entre un
cuarto y un quinto del total exportado por el país, junto con el resto del sector
agroalimentario favorecido por la devaluación, aportó vía retenciones las
herramientas necesarias para financiar los planes sociales destinados a mitigar el gran
incremento de la pobreza e indigencia que generó la crisis.
La producción de semillas requiere la
multiplicación de los cultivares logrados a partir de la semilla inicial obtenida por los
mejoradores, que se conoce como semilla genética, núcleo o breeder seed, su
procesamiento (secado, limpieza, clasificación, protección con insecticidas y/o
fungicidas y embolsado), almacenamiento y distribución comercial. Estas actividades
las realizan departamentos especializados de los propios Criaderos-Semilleros, otros
establecimientos semilleros privados o cooperativas de agricultores. A su vez, la etapa
comercial puede estar separada y ser llevada a cabo por distribuidores intermediarios
o expendedores minoristas que se abastecen de los productores de semillas. En estos
casos corresponde la inscripción en el RNCyFS en una o más de las siguientes
categorías: D-Semillero, E-Identificador, F-Comerciante Expendedor, G-Procesador
y/o HProductores Bajo Condiciones Controladas. .
Cabe destacar aquí que una bolsa de semillas contiene 2 tipos de características: las
inherentes a la variedad, que dependen de su información genética ("software"), y las
propiedades físicas de las semillas, que están determinadas por los sistemas de
producción y procesamiento ("hardware"). .
Al tratarse de un país agroexportador por excelencia, la Argentina fue pionera en
establecer un marco legal para las semillas.
En 1935 fue sancionada la Ley 12.253,
conocida como Ley de Granos, que contenía un Capítulo de "Fomento de la Genética"
que consideraba los aspectos de las simientes y su difusión. A tal efecto establecía la
prohibición del lanzamiento de variedades de granos sin previa autorización del
MAG, disponiendo que éste debía ensayar toda nuevo cultivar en sus estaciones
experimentales, escuelas agrícolas, viveros y/o campos de particulares.
A los fines de esta aprobación se debía tener en cuenta, en primer lugar, la calidad
industrial, luego la resistencia a enfermedades y, recién en tercer término la
productividad, dado la prioridad asignada al comercio exterior.
.
El mismo capítulo dispuso que todas las personas o entidades que desearan difundir
nuevas variedades, debían estudiar el comportamiento de las mismas en comparación
con las existentes en la zona e informar el lugar donde realizarían las siembras, a fin
de que el MAG pudiera fiscalizarlas. Para ello se creó un registro de organizaciones
productoras de semillas fiscalizadas, que estarían autorizadas a ofrecer en venta
dichas semillas en bolsas precintadas y rotuladas por el MAG.
.
En 1973 fue sancionada la Ley 20.247, conocida como Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas.
La ley estableció que toda la semilla que se
comercialice debe estar debidamente rotulada, debiendo contener en el marbete datos
mínimos sobre el responsable, especie, nombre de la variedad si correspondiera, e
información sobre su calidad (poder germinativo y pureza física-botánica), además de
los datos sobre la campaña de producción, peso neto y origen.
Se establecieron 2 Clases de semilla: IDENTIFICADA y FISCALIZADA. La primera
es aquélla que se rotula bajo responsabilidad del Identificador, incluyendo, en su
marbete, toda la información señalada. La Clase Fiscalizada es aquélla que, además
de cumplir con el requisito de rotulación, se somete a control oficial durante las etapas
de su ciclo de producción. Así, se eliminó la semilla "común" que no tenía exigencias
de rotulación, y por lo tanto no daba garantías al adquirente. Actualmente los cultivos
de algodón, cebada cervecera, cítricos, girasol, maíz, papa, soja, sorgo granífero, trigo
y zapallito, son de fiscalización obligatoria. .
Esta Ley creó también 3 Registros Nacionales como herramientas esenciales para el
ordenamiento de los operadores en semillas y el registro de las variedades:
RNCyFS, donde debe inscribirse todo aquel que produzca, identifique, someta a
fiscalización, comercialice, importe o exporte, o analice semillas. .
PRIVILEGIO DEL AGRICULTOR: todo productor agropecuario puede utilizar granos
de su propia producción como semilla para la siembra en su propia explotación (uso
propio genuino).
En este sentido, el INASE dictó la Resolución 35/96, que establece los requisitos de
procedencia para tal excepción y sus modalidades. Así, el agricultor debería adquirir
legalmente la semilla originaria, sembrarla en su campo y reservar del total cosechado
una parte para reutilizarla como simiente, también en su explotación, no pudiendo ser
vendida ni canjeada. .
La semilla reservada para uso propio debe ser mantenida separadamente del grano,
conservando su identidad e individualidad durante todo el procesamiento,
acondicionamiento y depósito, hasta el momento de su siembra.
Asimismo los envases de semilla de uso
propio procesada fuera del establecimiento, deben llevar un rótulo particular que los
diferencia de los comerciales.
En general, las semillas utilizadas en la agricultura se pueden dividir en 3 grandes
categorías: semilla comercial, semilla propia de los agricultores y semilla de
instituciones
públicas. El valor del mercado mundial de semillas comerciales se estima en unos U$S
30.000 millones de dólares. La participación de agencias públicas es característica de
economías planificadas, como las africanas, donde en el 60% de los países el control y
la distribución de semillas está a cargo del Estado. .
Tradicionalmente los agricultores han producido su propia semilla al retener una parte de su
cosecha de granos con tal propósito. Esta práctica se da más intensamente en algunos
cultivos en particular: trigo, soja, poroto, arroz y otros de reproducción por
autogamia. En muchos países la proporción de semilla propia suele ser tan alta como
un 80% o más de las necesidades de siembra. .
Con la semilla de variedades protegidas por DOV puede hacerse uso de esta práctica
en virtud de la excepción del agricultor, de modo que aún en países con una
agricultura altamente tecnificada ocurre en una proporción importante.
En el caso argentino, el mercado formal e informal de semillas comerciales oscila en unos
U$S 800- 900 millones y casi 2 millones de toneladas, siendo uno de los más grandes del
mundo.
También son importantes las
exportaciones de semillas de cultivos agrícolas, que están lideradas por el maíz, la
soja y el girasol, que se producen en contraestación respecto al hemisferio norte, y
explican el 80% del valor exportado.
Sin embargo, cabe distinguir entre semilla legal, que para los principales cultivos
debe ser fiscalizada o provenir del uso propio genuino, y semilla ilegal
comercializada sin rótulo ("bolsa blanca") en el mercado negro.
Generalmente, se considera que en los cultivos donde predominan los cultivares
híbridos (maíz, girasol y sorgo), la gran mayoría de la semilla empleada es
fiscalizada. En cambio, en trigo y soja, en que los cultivares son líneas
endocriadas, la semilla de uso propio e ilegal alcanza proporciones muy
significativas. Cabe destacar que ésta última no paga impuestos ni regalías a los
obtentores que poseen DOV.
En la Tabla siguiente, se muestra la
situación de la soja, el principal componente del mercado interno de simientes, y
en el que la proporción de semilla fiscalizada oscila entre el 20 y el 30% en la
mayoría de las campañas.
Mercado argentino de semillas de
sojadfvfvdfvdfvdfvdfvdfvdfvdfvdfvfdvdvdfvddfdfvdfvfv
Fuente: elaboración propia en base a datos del INASE (2006), ASA (2006) y USDA
GAIN Report, Argentina Planting Seeds Annual (2006).
Se desprende de la Tabla, que el
INASE nunca logró controlar el mercado negro de semillas, ni siquiera
después de emitir la citada Resolución 35/96. Tampoco tuvieron éxito
las empresas que, nucleadas en la Asociación Argentina para la
Protección de las Obtenciones Vegetales (ARPOV), intentaron ejercer el
poder de policía a través de la vigilancia del cumplimiento de los
contratos privados impuestos, a partir de 2000, en la venta de semillas
de los cultivares de punta. Tales contratos determinan un canon conocido
como "valor tecnológico" o "regalía extendida" que el productor debe pagar al
hacer reserva de parte del grano cosechado para la siembra en la siguiente
campaña, ejerciendo el derecho al uso propio, pero oneroso. Si bien el sistema es
utilizado en otros países, no encuadra en la legislación argentina sobre semillas, y
es vigorosamente rechazado por la Federación Agraria y otras organizaciones.
En 2005, aplicando la
resolución 35/96, el INASE envió notas a 15.000 productores solicitando
que demuestren el origen de la semilla de soja utilizada en la campaña
2004/2005. Estos agricultores representan el 56 % del total de
productores que entregan más de 150 toneladas de grano de soja
Quizás dentro de este contexto
deberíamos esperar para conocer la suerte de la nueva reglamentación del uso
propio que, como fue mencionado, acaba de dictarse.
Deberíamos esperar también que
pueda ayudar en este sentido, la también reciente reforma de la Oficina de Control
Comercial Agropecuario (Oncca), que ahora tendrá atribuciones para controlar el
comercio de semillas.
Lo cierto es que, si la
Argentina aspira a seguir incorporando tecnología genética de punta, ya
sea desarrollada localmente o introducida del extranjero, se requiere
encontrar a la brevedad una solución al problema en cuestión.
Firmante | Distrito | Bloque |
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Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |