PROYECTO DE TP
Expediente 4253-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS ANTECEDENTES TECNICOS DEL TRAMITE DE AMPLIACION DE LA LICITACION PUBLICA NACIONAL DE ETAPA UNICA MODALIDAD LLAVE EN MANO 29/2012, LLEVADA A CABO POR LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA PARA LA ADQUISICION DE UN SISTEMA PARA LA AMPLIACION DE LAS INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES Y PROVISION DE RADIOS PORTATILES, MOVILES Y BASES DE PROTOCOLO 25, SERVICIOS DE INTEGRACION , INSTALACION, ADECUACION DE SITIOS Y DE INFRAESTRUCTURAS SOPORTE, Y SERVICIOS DE CAPACITACION.
Fecha: 28/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de
corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
Antecedentes técnicos del Tramite de
Ampliación de la Licitación Pública Nacional de Etapa Única Modalidad Llave en
Mano 29/2012 llevado a cabo por la Policía Federal Argentina, organismo
dependiente del Ministerio de Seguridad, cuya ampliación fuera aprobada
mediante Decisión Administrativa 241/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros
con fecha 17 de mayo de 2013, siendo el objeto de la citada licitación la
adquisición de UN (1) Sistema para la Ampliación de las Infraestructuras existentes
y Provisión de Radios Portátiles, Móviles y Bases de Protocolo 25; Servicios de
Integración, Instalación, Adecuación de Sitios y de Infraestructuras Soporte; y
Servicios de Capacitación.
Motivos por los cuales se amplió en
un treinta por ciento 30% el monto total del contrato (renglón 1 -ítem 1- ) si el
Decreto 1023/2001, en su artículo 12, inc. b) solo faculta a la Autoridad
Administrativa a aumentar hasta un veinte por ciento (20%) el monto total del
contrato.
Acompañe copia fiel del Expediente
por el cual tramitó el mencionado Trámite de Ampliación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 23 de Mayo de 2013 se
publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina, la Decisión Administrativa
241/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó el
Trámite de Ampliación de la Licitación Pública Nacional de Etapa Única Modalidad
Llave en Mano 29/2012, llevada a cabo por la Policía Federal Argentina, organismo
dependiente del Ministerio de Seguridad, y que tuvo por objeto la adquisición de
UN (1) Sistema para la Ampliación de las Infraestructuras existentes y Provisión de
Radios Portátiles, Móviles y Bases de Protocolo 25; Servicios de Integración,
Instalación, Adecuación de Sitios y de Infraestructuras Soporte; y Servicios de
Capacitación.
De los considerandos de la
mencionada Decisión Administrativa surge que ante nuevo requerimiento
formulado por la División Enlaces Troncalizados de la Policía Federal Argentina
resultó necesario ampliar el monto total del contrato en un treinta por ciento
(30%), (renglón 1 -ítem 1-).
De los considerandos también surge
que la mencionada ampliación se realizó de acuerdo a lo previsto en el Decreto
1023/2001, artículo 12, inc. b).
Ahora bien, la mencionada norma
establece: "...Art. 12. - FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LA AUTORIDAD
ADMINISTRATIVA...b) La facultad de aumentar o disminuir hasta un VEINTE POR
CIENTO (20%) el monto total del contrato, en las condiciones y precios pactados y
con la adecuación de los plazos respectivos..." (El subrayado y la negrita me
corresponden).
Es clara, incomprensible e ineludible,
la discordancia que existe entre la manda del artículo bajo el cual se subsume el
accionar de la Autoridad Administrativa que en este caso nos ocupa, y el accionar
mismo que involucra la aprobación del Trámite de Ampliación de la Licitación
Pública Nacional de Etapa Única Modalidad Llave en Mano 29/2012.
Mediante la Decisión Administrativa
241/2013 se aprueba una ampliación del treinta por ciento 30% del monto total
del contrato original acudiendo y amparándose para ello, la Autoridad
Administrativa aquí involucrada, en las facultades explícitas y taxativas otorgadas
por el Decreto 1023/2001, Articulo 12, inc. b), que solo facultan ampliar el monto
total del contrato en un veinte por ciento (20%).
En adición a la incongruencia
evidenciada, es importante destacar que la ampliación aprobada demandó la suma
adicional de nada menos que USD 3.626.760,00, por sobre la suma
originariamente adjudicada de USD 12.089.200,00.
Por lo expuesto, sobrados motivos
imponen la obligación de conocer y entender las razones por las cuales la
Autoridad Administrativa involucrada actuó exacerbando, traspasando, y con ello
vulnerando, las facultades impuestas por la ley.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta las
inconsistencias mencionadas, es que solicitamos la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |