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PROYECTO DE TP


Expediente 4241-D-2009
Sumario: REGULACION DE LA ZOOTERAPIA COMO ACTIVIDAD TERAPEUTICA DE REHABILITACION PARA PERSONAS DISCAPACITADAS; TERAPIA ASISTIDA CON ANIMALES (TACA).
Fecha: 03/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Regulación de la disciplina de Zooterapia como actividad Terapéutica
ARTÍCULO 1: OBJETIVO: La presente Ley tendrá por objeto la regulación de la disciplina Zooterapia como actividad terapéutica de rehabilitación para las personas discapacitadas
ARTÍCULO 2: ORGANISMO DE APLICACIÓN: El Ministerio de Salud de la Nación deberá crear un REGISTRO donde deberán remitirse obligatoriamente todas las instituciones públicas o privadas dedicadas a la Zooterapia. Este Registro será el único autorizado para otorgar habilitaciones y supervisar el funcionamiento de las mismas, a través de las respectivas dependencias de salud existentes en el territorio local, reconocidas por el Ministerio de Salud de la Nación para tal fin.
ARTÍCULO 3: REQUISITOS: El ministerio de Salud de la Nación a través del Registro deberá:
a) Determinar los requisitos que deberán presentar las instituciones tanto públicas como privadas en cuanto a la conformación de equipos técnicos interdisciplinarios, los cuales deberán impartir entrenamiento y deberán tener profundo conocimiento de los animales que asisten a cada caso en particular
b) Encuadrar a este tipo de programas dentro del CAMPO SOCIAL DE LA SALUD MENTAL
c) Nominar la tipología de patologías a enfocar por cada programa en particular, y en relación al tipo de animal utilizado como asistente de la terapia.
d) Estipular las características de los animales utilizados en cada caso, con sus correspondientes certificaciones de aptitud física y actitudinal.
e) Evaluar permanentemente el perfil, conductas y condiciones de cada animal, certificando las mismas un entrenador especializado o un veterinario con especialización en etología.
ARTICULO 4: Se considera como herramienta alternativa dentro de la ZOOTERAPIA
a) La delfinoterapia.
b) La terapia asistida con perros, gatos y animales domésticos o de granja.
c) Y toda otra terapia con animales que se realicen en las demás instituciones zoológicas que posean mayor cantidad de especies animales y que tengan un compromiso y una posición clara de evaluación frente a las posibilidades y condiciones de otras especies no enumeradas en el presente.
ARTICULO 5: El organismo de aplicación, a través de la reglamentación adecuada deberá promover, la actividad de Zooterapia, con niños, adolescentes, adultos o mayores. Ésta debe desarrollar todo aquello favorecedor a la subjetivación. Para ello se deberá:
a) Producir un marco que favorezca la vinculación con pares, con adultos, con la naturaleza y consigo mismo.
b) Reafirmar normas que reconozcan la particularidad y la diversidad.
c) Mantener presente la dimensión lúdica e incorporar el hábito laboral en los jóvenes.
d) Propender a la desmedicalización, priorizando el abordaje especifico de cada problema interdisciplinariamente.
e) Abrir espacios para la palabra.
f) Recuperar la dimensión ética, estética y creativa.
g) Tener en cuenta que el padecimiento psíquico causado por las patologías mentales, neurológicas, físicas o sociales, deberán ser asistidas y reconocidas con un alto grado de responsabilidad por las instituciones concurrentes. Para ello, las granjas, criaderos, acuarios, instituciones educativas de tratamiento focalizado, zoologicos, etc., pueden ser espacios no convencionales que pueden asociarse para promover un cambio en la red social de contención.
h) Evitar con acciones preventivas y de concientización, a partir de la instalación de estos programas, que se produzcan hechos de segregación o marginación social, siendo objetivo de la zooterapia, dentro de todas sus variantes con distintas especies animales, el RESOCIALIZAR, REINSERTAR e INTEGRAR
ARTICULO 6: El organismo de aplicación y contralor a través de programas específicos, promoverá e incentivará la reinserción de las personas, que habiendo cumplimentado su tratamiento, puedan ser incorporadas al ámbito laboral, escolar y o familiar en caso de la institucionalización previa.
ARTICULO 7: DE LOS EQUIPOS TECNICOS: La Terapia Asistida con Animales (TACA) deberá ser impartida interdisciplinariamente. Deberá contar con un marco teórico conceptual con que deben manejarse estos equipos, teniendo en cuenta que conteniendo distintas prácticas, posibilite un espacio delimitado para que cada uno pueda desarrollarse logrando un óptimo intercambio.
Los equipos pueden estar integrados por mayor o menor número de profesionales según sea la envergadura de la institución, pero es condición indispensable para su constitución que cuenten con un Médico Psiquiatra, y un Licenciado en Psicología, bajo cuya responsabilidad recaerá el seguimiento y evaluación permanente del proceso de tratamiento, debiendo contarse además con la intervención constante de un adiestrador experto o un veterinario con la especialidad en etología animal para que evalué correctamente la permanente actitud colaborativa del animal.
ARTICULO 8: DE LOS GRUPOS INTERDISCIPLINARIOS: El abordaje interdisciplinario de los equipos, podrá para un mejor desarrollo, incorporar a Terapistas Ocupacionales y a Licenciados en Trabajo Social.
El rol de los Terapistas Ocupacionales será el de observar la tarea desarrollada con y frente al animal, y deberá ser encarada desde una terapia de apoyatura laboral. Este especialista hará un análisis ocupacional tendiente a definir el perfil ocupacional del paciente, un pronóstico de su futuro desempeño, procurando su reinserción laboral.
El Licenciado en trabajo Social abordará "el afuera" fortaleciendo y favoreciendo las redes familiares y comunitarias del niño, joven o adulto. Este grupo interdisciplinario fomentará las reuniones grupales con padres, constituyéndose en una práctica regular para la integración y actualización constante del sujeto en tratamiento.
ARTICULO 9: EVALUACION: El organismo de contralor deberá evaluar "potencialidades" y no límites, en un proceso permanente y dinámico que permitirá una plena integración a la red familiar, escolar y social.
ARTICULO 10: Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La zooterapia es una técnica de rehabilitación o de reeducación de alteraciones tanto físicas como psíquicas, sensoriales, de comportamiento, en la que se emplean animales como facilitadores.
En base a esto, podemos dividirla en dos grandes vertientes, psicoterapia y terapia de rehabilitación física, las que en general están combinadas.-
La misma no se agota en una terapia de rehabilitación, constituyéndose en una excelente alternativa de Prevención.
El presente proyecto, tiene como objetivo, establecer pautas de funcionamiento supervisadas de esta disciplina, en aquellas instituciones que utilizan a la zooterapia como herramienta de tratamiento.
Se cree conveniente la creación de una dependencia a los efectos de control y supervisión dentro de la estructura del Ministerio de Salud de la Nación.-
La terapia asistida con animales (TACA), consiste en la interacción de uno o varios terapeutas especializados, dentro de las diversas disciplinas. Un paciente y un animal en buenas condiciones de cuidado, al que se considere, previas las evaluaciones técnico profesionales, que puede ayudar.
Es importante destacar que esta herramienta suma beneficios y optimiza tratamientos previos implementados con el paciente.
Las modalidades de esta terapia de trabajo con animales, enfocan su accionar a personas enfermas o discapacitadas.
Sin embargo también existen aplicaciones de carácter preventivo, dirigidas a individuos sanos, con estrés o sometidos a labores rutinarias.
En países, como por ejemplo Japón, hay empresas que incorporan perros y gatos dentro del ámbito laboral, con el fin de entregar tranquilidad, relajación y gratificación a todos los que allí se desempeñan.
El resultado es el de menor nivel de stress, logrando que las personas trabajen en mejores condiciones.
Los animales, pueden ser incorporados a una gran variedad de Programas de terapias.
Para involucrarse en una actividad de terapia asistida por un animal, se deben definir cuales son los objetivos personales a ser logrados.
Los objetivos principales a considerar:
Físicos: Mejorar las destrezas motoras, las habilidades con una silla de ruedas, disminuir la tensión arterial, etc.
Mental: Aumentar la interacción verbal entre los miembros de un grupo, aumentar la atención, incrementar la autoestima, reducir la ansiedad y/o sentimiento de soledad.
Educativos: Incrementar el vocabulario, la memoria de los individuos, aportar conocimientos de conceptos tales como: tamaño, color, forma, textura, etc.
Emotivos: Aumentar el deseo de involucrarse en una actividad de grupo, desarrollar la interacción de las personas, incrementar el deseo de ejercitarse.
El trabajo de esta terapia esta dirigido a distintas patologías , entre ellas podemos mencionar: niños autistas, retrasos madurativos, trastornos generalizados del desarrollo, Síndrome de Rett, Síndrome de Asperger, Pallister Killian, Prader Willi, síndrome de Rasmussen, Angelman, Landau Kleffner, Williams, Micromiogemesis, Paraparesia, Espastica, Síndromede West, Hidrocefalia, Lennox Gastaut, Epilepsia Refractaria, Psicosis infantil, bloqueos emocionales, Hipoplasia del cuerpo calloso, Síndrome de Down, y trastornos deficitarios por falta de estimulo familiar y social.
Pero esto no es reciente, la primera documentación hallada sobre la utilización de animales en beneficio de la salud física o psíquica del ser humano se remonta al siglo IX en Bélgica, donde a algunos enfermos, durante su convalecencia, se les encargo el cuidado de unos pájaros.
En 1792, en Inglaterra, cuando se fundo el Cork Retreta, un centro de paseo de enfermos mentales en el que, muy al contrario de las tendencias de la época, se trataba a los pacientes con cariño, haciéndolos vivir en espacios abiertos, en contacto con la naturaleza y poniéndoles al cuidado de los animales.
Un siglo mas tarde, se abrió en Alemania la reconocida clínica Bethel, en la que aún en la actualidad se siguen tratando anualmente miles de casos con animales como soporte de las terapias.
Después de la segunda guerra del siglo XX, en Europa, especialmente en los países nórdicos , y en EEUU , se despierta un cierto interés por la relación hombre-animal con fines terapéuticos. Allí se realizan experiencias con caballos como ayuda de la terapia de los heridos y mutilados, y con perros y animales de granja como soporte a los tratamientos psiquiátricos.
Boris Levinson, estadounidense, doctor en psicología, observo que los animales como co-terapeutas, brindaban beneficiosos avances en pacientes, sobre todo en traumatismos emocionales, la regulación de las emociones y el desarrollo de una buena salud mental.
En 1975, dos psiquiatras americanos Samuel y Elizabeth Corson, quienes trabajaban en un centro para adolescentes perturbados donde había un laboratorio con perros para la experimentación de fármacos, observaron el interés de los adolescentes hacia los animales y decidieron probar la teoría de Levinson y utilizarla como terapia. En esa misma época se iniciaron más frentes de trabajo en Canadá y en Francia.
En 1977 se creo la IHAIAO (Internacional Human- Animal Interaction Organization), que engloba a un buen número de Asociaciones de diferentes países cuya labor principal es el estudio de las relaciones entre el hombre y los animales. Desde entonces se vienen celebrando cada tres años "Conferencias Internacionales sobre las terapias asistidas con animales ", con resultados sorprendentes en los últimos años.
En nuestro país las primeras experiencias se realizaron en el Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires, hace aproximadamente dieciocho años, en 1990, a través de una iniciativa surgida entre el Zoológico y el Hospital "Carolina Tobar García".
Así entre nuevos ensayos y aprendizajes fue construyéndose el Programa "Cuidar-cuidando" donde hasta el presente han pasado muchísimos chicos que actualmente cuentan con una pequeña beca y el servicio de almuerzo cada vez que concurren a las actividades terapéuticas programadas. Los mismos, cuentan con un amplio equipo interdiciplinario compuesto por integrantes del zoológico y del hospital. El seguimiento y la evaluación es constante e individual.
Dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se registran además otras dos experiencias de Instituciones oficiales: la realizada con perros en el Hospital "Pedro de Elizalde"y la que se desarrolla en el Parque Roca.
A nivel privado se registra la tarea llevada a cabo por T.A.C.O.P (Terapia Asistida con Perros).
A nivel nacional se registran experiencias similares en la Pcia. de Salta, también en la localidad de Campana, la Fundacion Adriana Marano, y el Centro de dia "Mano a mano de la Fundacion C.A.S.I.D.
En trabajo con animales, se realiza por ejemplo, la delfinoterapia, que como su nombre lo indica, emplea delfines. La relación entre ellos .que son animales inteligentes y amigables - promueve alternativas de asimilación al vientre materno beneficiando a patologías muy especificas. Tanto el trabajo con animales de contacto, que es así como se denominan a los perros, como el trabajo con gatos, denominados de primer plano, que tienden a acercarse y acurrucarse sobre sus dueños, brindan en depresiones o cuadros de soledad sensaciones de compañía y afecto.
El último grupo es el denominado, animales ambientales, peces, pájaros y tortugas.
Las aves que en apariencia no son importantes, han resultado un estímulo en pacientes ancianos. Se ha comprobado que los loros o periquitos incrementaban en este grupo un mayor grado de salud e integración en relación a sus compañeros o vecinos. De esto se desprende que la zooterapia no sólo es una herramienta válida para niños y adultos, sino que en el campo de la Geriatría puede representar una alternativa accesible y sencilla como intervención en los problemas que presentan los adultos mayores dentro de Instituciones, o aun en la propia familia.
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De acuerdo a lo antes dicho, la normativa y el registro que garantice una efectiva prestación, es de indiscutible necesidad para garantizar a niños y personas con discapacidad (Ley 26,061 de Protección Integral de Niñas, niños y adolescentes y la Ley 26.378 que garantiza los Derechos de las Personas con Discapacidad) la posibilidad de acceder a otra alternativa de tratamiento, instando a las Obras Sociales y Organizaciones de Medicina Prepaga, incluirlas, en sus respectivos vademécum.
Para el real cumplimiento de una legislación adecuada sobre esta temática, se necesitará de la creación de una dependencia pública, específicamente creada a estos fines, que garantizase el acceso de la población de mayor vulnerabilidad a los beneficios anunciados de la zooterapia.
Por todo lo expuesto, y a fin de regular estas entidades que ayudan a quienes luchan día a día la batalla más dura de su vida, la de rehabilitarse y reinsertarse a nuestra sociedad, solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
NAIM, LIDIA LUCIA BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI)
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI)
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI)
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
PRESUPUESTO Y HACIENDA