PROYECTO DE TP
Expediente 4241-D-2009
Sumario: REGULACION DE LA ZOOTERAPIA COMO ACTIVIDAD TERAPEUTICA DE REHABILITACION PARA PERSONAS DISCAPACITADAS; TERAPIA ASISTIDA CON ANIMALES (TACA).
Fecha: 03/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
El Senado y Cámara de Diputados...
Regulación de la disciplina de
Zooterapia como actividad Terapéutica
ARTÍCULO 1: OBJETIVO: La
presente Ley tendrá por objeto la regulación de la disciplina Zooterapia como
actividad terapéutica de rehabilitación para las personas discapacitadas
ARTÍCULO 2: ORGANISMO
DE APLICACIÓN: El Ministerio de Salud de la Nación deberá crear un REGISTRO
donde deberán remitirse obligatoriamente todas las instituciones públicas o privadas
dedicadas a la Zooterapia. Este Registro será el único autorizado para otorgar
habilitaciones y supervisar el funcionamiento de las mismas, a través de las
respectivas dependencias de salud existentes en el territorio local, reconocidas por el
Ministerio de Salud de la Nación para tal fin.
ARTÍCULO 3: REQUISITOS:
El ministerio de Salud de la Nación a través del Registro deberá:
a) Determinar los requisitos que
deberán presentar las instituciones tanto públicas como privadas en cuanto a la
conformación de equipos técnicos interdisciplinarios, los cuales deberán impartir
entrenamiento y deberán tener profundo conocimiento de los animales que asisten a
cada caso en particular
b) Encuadrar a este tipo de
programas dentro del CAMPO SOCIAL DE LA SALUD MENTAL
c) Nominar la tipología de
patologías a enfocar por cada programa en particular, y en relación al tipo de animal
utilizado como asistente de la terapia.
d) Estipular las características de
los animales utilizados en cada caso, con sus correspondientes certificaciones de
aptitud física y actitudinal.
e) Evaluar permanentemente el
perfil, conductas y condiciones de cada animal, certificando las mismas un
entrenador especializado o un veterinario con especialización en etología.
ARTICULO 4: Se considera
como herramienta alternativa dentro de la ZOOTERAPIA
a) La delfinoterapia.
b) La terapia asistida con perros, gatos
y animales domésticos o de granja.
c) Y toda otra terapia con animales que
se realicen en las demás instituciones zoológicas que posean mayor cantidad de
especies animales y que tengan un compromiso y una posición clara de evaluación
frente a las posibilidades y condiciones de otras especies no enumeradas en el
presente.
ARTICULO 5: El organismo de
aplicación, a través de la reglamentación adecuada deberá promover, la actividad de
Zooterapia, con niños, adolescentes, adultos o mayores. Ésta debe desarrollar todo
aquello favorecedor a la subjetivación. Para ello se deberá:
a) Producir un marco que
favorezca la vinculación con pares, con adultos, con la naturaleza y consigo
mismo.
b) Reafirmar normas que
reconozcan la particularidad y la diversidad.
c) Mantener presente la dimensión
lúdica e incorporar el hábito laboral en los jóvenes.
d) Propender a la
desmedicalización, priorizando el abordaje especifico de cada problema
interdisciplinariamente.
e) Abrir espacios para la palabra.
f) Recuperar la dimensión ética,
estética y creativa.
g) Tener en cuenta que el
padecimiento psíquico causado por las patologías mentales, neurológicas, físicas o
sociales, deberán ser asistidas y reconocidas con un alto grado de responsabilidad
por las instituciones concurrentes. Para ello, las granjas, criaderos, acuarios,
instituciones educativas de tratamiento focalizado, zoologicos, etc., pueden ser
espacios no convencionales que pueden asociarse para promover un cambio en la
red social de contención.
h) Evitar con acciones preventivas
y de concientización, a partir de la instalación de estos programas, que se produzcan
hechos de segregación o marginación social, siendo objetivo de la zooterapia,
dentro de todas sus variantes con distintas especies animales, el RESOCIALIZAR,
REINSERTAR e INTEGRAR
ARTICULO 6: El organismo de
aplicación y contralor a través de programas específicos, promoverá e incentivará la
reinserción de las personas, que habiendo cumplimentado su tratamiento, puedan
ser incorporadas al ámbito laboral, escolar y o familiar en caso de la
institucionalización previa.
ARTICULO 7: DE LOS
EQUIPOS TECNICOS: La Terapia Asistida con Animales (TACA) deberá ser
impartida interdisciplinariamente. Deberá contar con un marco teórico conceptual
con que deben manejarse estos equipos, teniendo en cuenta que conteniendo
distintas prácticas, posibilite un espacio delimitado para que cada uno pueda
desarrollarse logrando un óptimo intercambio.
Los equipos pueden estar integrados
por mayor o menor número de profesionales según sea la envergadura de la
institución, pero es condición indispensable para su constitución que cuenten con un
Médico Psiquiatra, y un Licenciado en Psicología, bajo cuya responsabilidad recaerá
el seguimiento y evaluación permanente del proceso de tratamiento, debiendo
contarse además con la intervención constante de un adiestrador experto o un
veterinario con la especialidad en etología animal para que evalué correctamente la
permanente actitud colaborativa del animal.
ARTICULO 8: DE LOS
GRUPOS INTERDISCIPLINARIOS: El abordaje interdisciplinario de los equipos,
podrá para un mejor desarrollo, incorporar a Terapistas Ocupacionales y a
Licenciados en Trabajo Social.
El rol de los Terapistas Ocupacionales
será el de observar la tarea desarrollada con y frente al animal, y deberá ser
encarada desde una terapia de apoyatura laboral. Este especialista hará un análisis
ocupacional tendiente a definir el perfil ocupacional del paciente, un pronóstico de su
futuro desempeño, procurando su reinserción laboral.
El Licenciado en trabajo Social abordará
"el afuera" fortaleciendo y favoreciendo las redes familiares y comunitarias del niño,
joven o adulto. Este grupo interdisciplinario fomentará las reuniones grupales con
padres, constituyéndose en una práctica regular para la integración y actualización
constante del sujeto en tratamiento.
ARTICULO 9: EVALUACION:
El organismo de contralor deberá evaluar "potencialidades" y no límites, en un
proceso permanente y dinámico que permitirá una plena integración a la red familiar,
escolar y social.
ARTICULO 10: Comuníquese al
Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La zooterapia es
una técnica de rehabilitación o de reeducación de alteraciones tanto físicas como
psíquicas, sensoriales, de comportamiento, en la que se emplean animales como
facilitadores.
En base a esto,
podemos dividirla en dos grandes vertientes, psicoterapia y terapia de rehabilitación
física, las que en general están combinadas.-
La misma no se agota en una terapia de
rehabilitación, constituyéndose en una excelente alternativa de Prevención.
El presente proyecto, tiene como
objetivo, establecer pautas de funcionamiento supervisadas de esta disciplina, en
aquellas instituciones que utilizan a la zooterapia como herramienta de
tratamiento.
Se cree conveniente la creación de una
dependencia a los efectos de control y supervisión dentro de la estructura del
Ministerio de Salud de la Nación.-
La terapia asistida con animales (TACA),
consiste en la interacción de uno o varios terapeutas especializados, dentro de las
diversas disciplinas. Un paciente y un animal en buenas condiciones de cuidado, al
que se considere, previas las evaluaciones técnico profesionales, que puede ayudar.
Es importante destacar que esta
herramienta suma beneficios y optimiza tratamientos previos implementados con el
paciente.
Las modalidades de esta terapia de
trabajo con animales, enfocan su accionar a personas enfermas o discapacitadas.
Sin embargo también existen
aplicaciones de carácter preventivo, dirigidas a individuos sanos, con estrés o
sometidos a labores rutinarias.
En países, como por ejemplo Japón, hay
empresas que incorporan perros y gatos dentro del ámbito laboral, con el fin de
entregar tranquilidad, relajación y gratificación a todos los que allí se
desempeñan.
El resultado es el de menor nivel de
stress, logrando que las personas trabajen en mejores condiciones.
Los animales, pueden ser incorporados
a una gran variedad de Programas de terapias.
Para involucrarse en una actividad de
terapia asistida por un animal, se deben definir cuales son los objetivos personales a
ser logrados.
Los objetivos principales a
considerar:
Físicos: Mejorar las destrezas
motoras, las habilidades con una silla de ruedas, disminuir la tensión arterial,
etc.
Mental: Aumentar la interacción
verbal entre los miembros de un grupo, aumentar la atención, incrementar la
autoestima, reducir la ansiedad y/o sentimiento de soledad.
Educativos: Incrementar el
vocabulario, la memoria de los individuos, aportar conocimientos de conceptos tales
como: tamaño, color, forma, textura, etc.
Emotivos: Aumentar el deseo
de involucrarse en una actividad de grupo, desarrollar la interacción de las personas,
incrementar el deseo de ejercitarse.
El trabajo de esta terapia esta dirigido a
distintas patologías , entre ellas podemos mencionar: niños autistas, retrasos
madurativos, trastornos generalizados del desarrollo, Síndrome de Rett, Síndrome de
Asperger, Pallister Killian, Prader Willi, síndrome de Rasmussen, Angelman, Landau
Kleffner, Williams, Micromiogemesis, Paraparesia, Espastica, Síndromede West,
Hidrocefalia, Lennox Gastaut, Epilepsia Refractaria, Psicosis infantil, bloqueos
emocionales, Hipoplasia del cuerpo calloso, Síndrome de Down, y trastornos
deficitarios por falta de estimulo familiar y social.
Pero esto no es reciente, la primera
documentación hallada sobre la utilización de animales en beneficio de la salud
física o psíquica del ser humano se remonta al siglo IX en Bélgica, donde a algunos
enfermos, durante su convalecencia, se les encargo el cuidado de unos pájaros.
En 1792, en Inglaterra, cuando se fundo
el Cork Retreta, un centro de paseo de enfermos mentales en el que, muy al
contrario de las tendencias de la época, se trataba a los pacientes con cariño,
haciéndolos vivir en espacios abiertos, en contacto con la naturaleza y poniéndoles al
cuidado de los animales.
Un siglo mas tarde, se abrió en
Alemania la reconocida clínica Bethel, en la que aún en la actualidad se siguen
tratando anualmente miles de casos con animales como soporte de las terapias.
Después de la segunda guerra del siglo
XX, en Europa, especialmente en los países nórdicos , y en EEUU , se despierta un
cierto interés por la relación hombre-animal con fines terapéuticos. Allí se realizan
experiencias con caballos como ayuda de la terapia de los heridos y mutilados, y con
perros y animales de granja como soporte a los tratamientos psiquiátricos.
Boris Levinson, estadounidense, doctor
en psicología, observo que los animales como co-terapeutas, brindaban beneficiosos
avances en pacientes, sobre todo en traumatismos emocionales, la regulación de las
emociones y el desarrollo de una buena salud mental.
En 1975, dos psiquiatras americanos
Samuel y Elizabeth Corson, quienes trabajaban en un centro para adolescentes
perturbados donde había un laboratorio con perros para la experimentación de
fármacos, observaron el interés de los adolescentes hacia los animales y decidieron
probar la teoría de Levinson y utilizarla como terapia. En esa misma época se
iniciaron más frentes de trabajo en Canadá y en Francia.
En 1977 se creo la IHAIAO
(Internacional Human- Animal Interaction Organization), que engloba a un buen
número de Asociaciones de diferentes países cuya labor principal es el estudio de las
relaciones entre el hombre y los animales. Desde entonces se vienen celebrando
cada tres años "Conferencias Internacionales sobre las terapias asistidas con
animales ", con resultados sorprendentes en los últimos años.
En nuestro país las primeras
experiencias se realizaron en el Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires, hace
aproximadamente dieciocho años, en 1990, a través de una iniciativa surgida entre
el Zoológico y el Hospital "Carolina Tobar García".
Así entre nuevos ensayos y aprendizajes
fue construyéndose el Programa "Cuidar-cuidando" donde hasta el presente han
pasado muchísimos chicos que actualmente cuentan con una pequeña beca y el
servicio de almuerzo cada vez que concurren a las actividades terapéuticas
programadas. Los mismos, cuentan con un amplio equipo interdiciplinario compuesto
por integrantes del zoológico y del hospital. El seguimiento y la evaluación es
constante e individual.
Dentro del ejido de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires se registran además otras dos experiencias de Instituciones
oficiales: la realizada con perros en el Hospital "Pedro de Elizalde"y la que se
desarrolla en el Parque Roca.
A nivel privado se registra la tarea
llevada a cabo por T.A.C.O.P (Terapia Asistida con Perros).
A nivel nacional se registran
experiencias similares en la Pcia. de Salta, también en la localidad de Campana, la
Fundacion Adriana Marano, y el Centro de dia "Mano a mano de la Fundacion
C.A.S.I.D.
En trabajo con animales, se realiza por
ejemplo, la delfinoterapia, que como su nombre lo indica, emplea delfines. La
relación entre ellos .que son animales inteligentes y amigables - promueve
alternativas de asimilación al vientre materno beneficiando a patologías muy
especificas. Tanto el trabajo con animales de contacto, que es así como se
denominan a los perros, como el trabajo con gatos, denominados de primer plano,
que tienden a acercarse y acurrucarse sobre sus dueños, brindan en depresiones o
cuadros de soledad sensaciones de compañía y afecto.
El último grupo es el denominado,
animales ambientales, peces, pájaros y tortugas.
Las aves que en apariencia no son
importantes, han resultado un estímulo en pacientes ancianos. Se ha comprobado
que los loros o periquitos incrementaban en este grupo un mayor grado de salud e
integración en relación a sus compañeros o vecinos. De esto se desprende que la
zooterapia no sólo es una herramienta válida para niños y adultos, sino que en el
campo de la Geriatría puede representar una alternativa accesible y sencilla como
intervención en los problemas que presentan los adultos mayores dentro de
Instituciones, o aun en la propia familia.
.
De acuerdo a lo antes dicho, la
normativa y el registro que garantice una efectiva prestación, es de indiscutible
necesidad para garantizar a niños y personas con discapacidad (Ley 26,061 de
Protección Integral de Niñas, niños y adolescentes y la Ley 26.378 que garantiza los
Derechos de las Personas con Discapacidad) la posibilidad de acceder a otra
alternativa de tratamiento, instando a las Obras Sociales y Organizaciones de
Medicina Prepaga, incluirlas, en sus respectivos vademécum.
Para el real cumplimiento de una
legislación adecuada sobre esta temática, se necesitará de la creación de una
dependencia pública, específicamente creada a estos fines, que garantizase el acceso
de la población de mayor vulnerabilidad a los beneficios anunciados de la
zooterapia.
Por todo lo expuesto, y a fin de regular
estas entidades que ayudan a quienes luchan día a día la batalla más dura de su
vida, la de rehabilitarse y reinsertarse a nuestra sociedad, solicito la aprobación del
presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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NAIM, LIDIA LUCIA | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) |
GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |