PROYECTO DE TP
Expediente 4228-D-2015
Sumario: VIGILANCIA, CONTROL Y PREVENCION DE LAS INFECCIONES ASOCIADAS AL CUIDADO DE LA SALUD EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS DEL PAIS CON INTERNACION. REGIMEN.
Fecha: 06/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
El Senado y Cámara de Diputados...
Ley de Control de
Infecciones Nosocomiales
Artículo 1º.- Objeto.
La presente ley tiene por objeto la vigilancia, el control y la prevención de
las infecciones asociadas al cuidado de la salud en todos los
establecimientos sanitarios del país con internación, sean éstos públicos,
privados o de la seguridad social.
Artículo 2º.-
Definición. Denomínase infección asociada al cuidado de la salud toda
infección adquirida durante la internación, que no estuviese presente o
incubándose al momento de admisión del paciente; o bien, en el caso de un
recién nacido, cuando ésta fuere adquirida durante su pasaje a través del
canal de parto.
Esta definición también se
aplicará a la infección que, por heridas quirúrgicas, se manifestare en el
paciente dentro de los treinta (30) días posteriores a su alta hospitalaria, o
dentro del año de la misma cuando se hubiera colocado una prótesis.
Asimismo queda incluido el
personal sanitario que adquiriere alguna infección con ocasión del ejercicio
de su profesión en los establecimientos obligados por el artículo 7°.
Artículo 3º.- Creación.
Créase, en el ámbito del Ministerio de Salud, el Programa Nacional de
Epidemiología, Prevención, Vigilancia y Control de Infecciones Asociadas al
Cuidado de la Salud, con el objeto de:
1. Diseñar políticas y
programas de prevención, vigilancia y control de las infecciones asociadas al
cuidado de la salud;
2. Implementar, en
coordinación con las jurisdicciones provinciales y con la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, actividades de difusión, investigación, asesoramiento,
normatización, vigilancia, capacitación y provisión de equipamiento y otros
recursos;
3. Recibir y sistematizar la
información estadística sobre infecciones asociadas al cuidado de la salud
que remitan los establecimientos obligados por el artículo 7°, información
que los mismos elevarán en forma simultánea a sus respectivas autoridades
sanitarias jurisdiccionales;
4. Llevar adelante las demás
acciones necesarias para cumplir con el objeto de esta ley.
Artículo 4º.- Autoridad
de Aplicación. Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio
de Salud de la Nación, que ejercerá tal función en coordinación con las
autoridades sanitarias de cada jurisdicción y con el asesoramiento del
Consejo Federal de Salud (COFESA).
Artículo 5º.- Registro.
El Programa de Epidemiología, Prevención, Vigilancia y Control de
Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud tendrá a su cargo la confección
de un registro estadístico nacional de infecciones asociadas al cuidado de la
salud, con la finalidad de elaborar una base de datos de acceso público, con
la información, seguimiento, duración y reincidencias de las infecciones,
como así también de los microorganismos involucrados, su tipificación y
resistencia, y todo otro dato que, a criterio de la autoridad de aplicación,
resultare relevante.
En todos los casos serán de
aplicación las disposiciones de la ley N°25.326 de Protección de los Datos
Personales.
Artículo 6º.-
Atribuciones. Corresponde al Ministerio de Salud, en su calidad de autoridad
de aplicación:
1. Habilitar el Registro Nacional
de Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud, a que se refiere el artículo
anterior;
2. Desarrollar el marco técnico
normativo mediante un protocolo de procedimientos de prevención y control
de infecciones asociadas al cuidado de la salud para:
a. Establecer mecanismos para
la detección de brotes epidémicos en los establecimientos sanitarios;
b. Proporcionar información
oportuna sobre incidencia y prevalencia de las infecciones, su asociación a
procedimientos invasivos o no invasivos, sus agentes etiológicos más
frecuentes, y patrones de resistencias de microorganismos, que permitan la
toma de decisiones eficaces en su prevención y control;
3. Implementar y apoyar la
capacitación en bioseguridad de los recursos humanos involucrados;
4. Implementar normas de
bioseguridad con énfasis en las zonas de mayor riesgo;
5. Impulsar la conformación de
equipos multidisciplinarios de prevención, vigilancia y control de infecciones
asociadas al cuidado de la salud;
6. Establecer los requisitos que
deberán cumplir los establecimientos obligados por la presente, para la
conformación necesaria de sus respectivos comités de epidemiología, y las
funciones de éstos.
7. Brindar asesoramiento
técnico en todos los niveles;
8. Conformar un sistema de
auditoría externa del Programa de Epidemiología, Prevención, Vigilancia y
Control de Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud;
9. Conformar un Sistema de
Vigilancia Epidemiológica de infecciones asociadas al cuidado de la salud a
fin de conocer el comportamiento de las mismas, su potencial epidémico y
sus factores de riesgo;
10. Establecer un régimen de
estímulos para los establecimientos y personal involucrado cuando hubieran
mejorado significativamente los indicadores sanitarios relacionados con el
objeto de la presente ley.
Artículo 7°.-
Notificación obligatoria. Todos los establecimientos sanitarios con
internación, sean éstos públicos, privados o de la seguridad social, deberán
notificar obligatoriamente al Registro creado en el artículo 5º, dentro de las
cuarenta y ocho (48) horas de diagnosticada, y en la forma que la
reglamentación disponga, toda infección asociada al cuidado de la salud y su
evolución.
Artículo 8º.-
Incumplimiento. El incumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior será
considerado falta grave de conformidad con el régimen vigente de cada
jurisdicción, y las sanciones se aplicarán con independencia de la
responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder.
Artículo 9°.-
Financiamiento. La autoridad de aplicación presupuestará anualmente el
gasto que demande el cumplimiento de la presente ley para su
incorporación al proyecto de ley de Presupuesto General de Gastos y
Recursos de la Administración Nacional, que el Poder Ejecutivo eleva al
Congreso de la Nación.
Artículo 10°.-
Reglamentación. El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley
dentro de los noventa (90) días a contar desde su publicación en el Boletín
Oficial.
Artículo 11°.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto es la
transcripción de un proyecto sobre "Infecciones Asociadas al Cuidado de la
Salud" que el H. Senado de la Nación aprobó por unanimidad (41 votos
afirmativos, sin abstenciones ni votos en contra) el 13 de abril de 2011.
Posteriormente, tuvo tratamiento en la comisión de Acción Social y Salud
Pública de ésta H. Cámara de Diputados, pero caducó al no haber sido
tratado en los términos reglamentarios en la comisión de Presupuesto y
Haciendo, que era la última comisión a la que había sido girado.
Aquella media sanción tuvo
base en un proyecto de autoría del senador nacional (m.c.) Dr. Samuel
Cabanchik presentado en 2008 y representado en 2010, que obtuvo
beneficiosas modificaciones provenientes de su tratamiento en las
comisiones a las que fue girado: Salud y Deporte; Justicia y Asuntos Penales
y Presupuesto y Hacienda. El tratamiento del proyecto en la comisión de
Salud y Deporte fue enriquecido con el aporte de varios especialistas,
provenientes de instituciones gubernamentales y no gubernamentales.
Por otro lado, quiero destacar
que, en el año 2006, un proyecto de similares características y de autoría de
la diputada (m.c) Dra. Beatriz Leyba de Martí (Expediente 5519-D-2006), a
quien la acompañaron con la firma diputados provenientes de distintos
bloques parlamentarios tales como el Frente para la Victoria, la Unión Cívica
Radical, el Peronismo Federal y el Partido Socialista, fue aprobado por
unanimidad en la Cámara de Diputados en la sesión del día 29 de noviembre
de 2006 y caducó en 2008 al no haber sido considerado en los términos
reglamentarios.
En esta oportunidad, vuelvo a
presentar el proyecto, con los aportes que recibió en su tratamiento,
movilizado por la firme convicción de que la prevención, vigilancia y control
de las infecciones asociadas al cuidado de la salud es una innegable
necesidad y un compromiso que el sistema de salud debe asumir con la
población. Se sostiene con razón que un hospital que enferma implica,
además de un absurdo y una contradicción, un dilema ético que se expresa
en la violación de los derechos del paciente, por vulnerar su confianza y
prolongar el período de internación, alejándolo de sus afectos y de sus
actividades cotidianas, por exponerlo a los efectos adversos de la
medicación prescripta para curar estas complicaciones y finalmente por
impactar en el entorno familiar y laboral del paciente.
Asimismo, la prevención, el
control y la vigilancia de las infecciones asociadas al cuidado de la salud
permiten disminuir tanto los índices de mortalidad como los costos del
sistema de salud.
Historia
En 1847, K. Ignaz
Semmelwieis, médico húngaro, radicado en Viena, por primera vez destaca
la importancia de la transmisión infecciosa intrahospitalaria de persona a
persona de la fiebre puerperal, promoviendo como medida eficaz para el
control de la misma el lavado de manos. Semmelwieis observó que la
principal causa de fiebre puerperal era la exploración de las pacientes por
estudiantes de Medicina cuyas manos estaban impregnadas de restos de las
necropsias de las pacientes, muchas de las cuales habían muerto por esta
misma enfermedad.
Instituyendo el lavado de
manos con una solución de hipoclorito de calcio, disminuyó notablemente el
número de infecciones y su mortalidad consecuente.
Más de un siglo después, en el
año 1968 se publica en Inglaterra un manual titulado Infection Control in the
Hospital de la Asociación Americana de Hospitales, conteniendo normas
mínimas para el control de las infecciones en los pacientes; este manual
sugería la necesidad de la creación del Comité de Infecciones, siendo este el
centro de las decisiones y el cuerpo estratégico para el control de las
infecciones. Algunas de esas normas tenían como objetivo:
1. Formar un servicio de
vigilancia;
2. Respetar ciertas
características en cuanto planta física;
3. Facilitar el aislamiento de
pacientes infectados;
4. Formar un competente
departamento de microbiología;
5. Proveer un servicio de
enfermería exclusiva para el área de obstetricia;
6. Tomar medidas apropiadas
contra la contaminación de alimentos.
Marco conceptual
La infección asociada al
cuidado de la salud, infección hospitalaria, infección intrahospitalaria o
infección nosocomial es una enfermedad endemo-epidémica de los
establecimientos hospitalarios, controlable pero difícilmente erradicable, que
está directamente relacionada con la calidad de la atención médica de cada
establecimiento. Mediante programas eficaces puede reducirse
notablemente su incidencia y disminuir drásticamente la morbilidad y los
costos, optimizando la asignación de recursos para la salud.
Se define como Infección
Asociada al Cuidado de la Salud (IACS) a toda infección adquirida durante la
internación y que no estuviese presente o incubándose al momento de la
admisión del paciente, o bien en el caso de un recién nacido, cuando ésta
fuese adquirida durante su pasaje a través del canal del parto. En el caso de
las heridas quirúrgicas la infección puede manifestarse luego del alta del
paciente, hasta 30 días o un año después, dependiendo de la colocación o
no de prótesis. En la definición también quedan incluidas aquellas
infecciones que el personal de los hospitales puede adquirir durante el
desarrollo de sus actividades en los centros sanitarios de internación.
Las IACS existen en todos los
establecimientos de salud del mundo, pudiendo variar su presentación
según el estado de salud de los pacientes y la calidad de la atención que se
brinda. Las IACS afectan desde un 4% a un 13 % de las personas que
requieren internación, teniendo como consecuencia un sustancial
incremento de la enfermedad, fallecimientos y costos para el centro
hospitalario en cuestión. Las IACS de los países en desarrollo tienden a ser 2
veces más altas que en los países desarrollados. La mejor estrategia para
luchar en contra de ellas es la prevención.
Adquirir una IACS depende
fundamentalmente de:
• Factores de riesgo propios del
paciente (enfermedad aguda que lo llevó a la internación, alcoholismo,
tabaquismo, diabetes, inmunodeficiencia, coma, obesidad, desnutrición,
insuficiencia renal, drogodependencia, enfermedad pulmonar crónica,
insuficiencia hepática, nacimiento prematuro, accidente cerebrovascular,
entre otras);
• Factores de riesgo propios del
hospital (procedimientos invasivos como parte de su tratamiento, como por
ejemplo: intervenciones quirúrgicas, asistencia respiratoria mecánica,
colocación de catéteres venosos, centrales y/o periféricos, colocación de
sondas vesicales, colocación de prótesis, etc.).
Las IACS son causadas
por:
• Microorganismos que habitan
en los propios pacientes como parte de su flora habitual y que, cambiados
de lugar, pueden producir una infección (por ejemplo: gérmenes de la
materia fecal que por rascado lleguen a una herida en un miembro);
• Microorganismos presentes
en el ambiente hospitalario que pueden ingresar al paciente a través de
alguna de las prácticas médicas que se realizan para curar su enfermedad;
• Microorganismos que pueden
pasar de una persona a otra (personal, pacientes, visitas) a través de las
manos o el aire.
Situación en nuestro país
El Programa Nacional de
Epidemiología y Control de Infecciones Hospitalarias (VIHDA) es el Programa
Oficial del Ministerio de Salud de la Nación para el abordaje de la
problemática de las Infecciones Asociadas al Cuidado de la Salud en la
República Argentina. El Programa fue creado en 1983, por Resolución MS
2885/83. Tiene su sede en el Instituto Nacional de Epidemiología "Dr. Juan
H. Jara" de Mar del Plata y trabaja en 6 ejes: Docencia, Investigación,
Normatización, Vigilancia, Asesoramiento y Educación para la salud.
Desde 2004, las tareas propias
del eje Vigilancia son enmarcadas en el Programa Nacional de Vigilancia de
Infecciones Hospitalarias de Argentina, que integra una red de hospitales
públicos y privados de referencia de las 24 jurisdicciones, que
voluntariamente participan del mismo. El Programa Nacional VIHDA ha
contribuido a lograr una significativa disminución de las tasas y ocurrencias
de episodios de IACS, una importante disminución en la morbimortalidad y
un gran ahorro económico para los hospitales adheridos a la red.
A principios de 2013, más de
135 hospitales de alta complejidad de la Argentina integraban la Red
Nacional de Vigilancia intensificada permanente de IACS en Unidades de
Cuidados Intensivos (áreas críticas), habiendo experimentado mejoras
sustantivas en sus tasas y, con ello, la disminución cierta de la
morbimortalidad en sus pacientes y de los costos de atención.
El análisis estadístico de los
indicadores nacionales del Programa VIHDA evidencia las siguientes
mejoras:
• La tasa de infección del tracto
urinario asociada a catéter en unidades de cuidados intensivos de adultos
polivalentes ha disminuido de 6,88 a 3,07 (55%), y en unidades de cuidados
intensivos pediátricas polivalentes ha disminuido de 5,88 a 4,98 (15%), en 9
años de trabajo sostenido (2005-2012);
• La tasa de infección primaria
de la sangre asociada a catéter en unidades de cuidados intensivos de
adultos polivalentes ha disminuido de 5,38 a 3,81 (29%), y en unidades de
cuidados intensivos pediátricas polivalentes ha disminuido de 9,42 a 5,48
(41%), en 9 años de trabajo sostenido (2005-2012).
Mientras que en unidades de
cuidados neonatales ha disminuido de 13,94 a 11,46 en neonatos menores
de 1000 gramos (18%), de 11,58 a 9,22 en neonatos entre 1001 y 1500
gramos (17%), de 12,22 a 8,76 en neonatos entre 1501 y 2500 gramos
(28%) y de 10,19 a 6,60 en neonatos mayores de 2500 gramos (35%), en
todos los casos neonatales sobre la base de 8 años de trabajo sostenido
(2006-2012).
Queda demostrado, a partir de
estos datos, y siendo consistente con las experiencias similares en otros
países, que la vigilancia intensificada permanente es un medio eficaz para la
prevención y control de las IACS en áreas críticas de hospitales.
De todas maneras, las IACS
existen en todo el hospital, no sólo en las unidades de cuidados intensivos, y
es necesario conocer la situación general, a efectos de actuar en
consecuencia. Con este fin, el Programa VIHDA se postuló al concurso de
fondos para proyectos de investigación FOCANLIS 2009 a efectos de llevar
adelante un proyecto tendiente a abordar la problemática de IACS en las
áreas no críticas de los hospitales de la Red Nacional de Vigilancia. Ganado
el concurso, se consiguió el financiamiento necesario para su ejecución.
Así surgió entonces el Proyecto
"Estudio Nacional de Prevalencia de IACS en áreas no críticas de hospitales
de Argentina". Se decidió entonces desarrollar un sistema informático ad-
hoc del estudio en cuestión y que, a su vez, pudiera ser utilizado también
para los estudios de prevalencia en áreas críticas. El acceso al sistema por
parte de cada hospital está habilitado por medio de un usuario y contraseña
que entrega el Programa VIHDA, cuando el hospital manifiesta formalmente
su voluntad de participar del estudio, mediante una ficha de consentimiento
que tiene carácter de declaración jurada.
Cada hospital obtiene,
inmediatamente después de finalizado su estudio, un conjunto de
indicadores propios y el Programa VIHDA obtiene los mismos indicadores,
pero consolidados para la Argentina.
Estos indicadores permiten el
análisis de la situación particular de cada hospital y global de cada región,
provincia o el país, facilitando la toma de decisiones inmediata. Asimismo, el
software le permite a cada institución comparar sus tasas con las mismas
correspondientes a estudios de años anteriores, de modo de poder marcar
una tendencia propia en lo que refiere a prevalencia de infecciones
hospitalarias en áreas no críticas estudiadas.
Si bien el programa es
beneficioso, no podemos desconocer que al ser voluntaria la participación,
se ha establecido un doble estándar de calidad prestacional entre los
hospitales adheridos al Programa y los que no lo están. Los hospitales
adheridos al Programa VIHDA, conocen su realidad a diferencia de la gran
mayoría de instituciones sanitarias. Esta información es clave para la acción
preventiva y de control de IACS. Con ella los gestores hospitalarios pueden
mejorar la calidad de su atención médica y tomar las medidas necesarias
para que todos y cada uno de los pacientes que se interna en un hospital
adherido a la Red Nacional (e incluso las personas que los asisten y/o
visitan) tengan menos probabilidad de contraer una IACS.
Así los hospitales adheridos
cuentan con la información necesaria para la toma de decisiones y disponen
periódicamente de las estadísticas de IACS, además de recibir capacitación,
material científico, programas informáticos y soporte y asistencia técnica
cuando lo requieren como así también apoyo para adecuar la infraestructura
hospitalaria cuando corresponda que el programa brinda. Diferente es lo que
ocurre en otros países vecinos, como en Chile y Brasil, donde la notificación
de la tasa de IACS y los programas de control en cada institución ya son
obligatorios.
En una nota publicada por el
Instituto Leloir en el año 2011, el Dr. Víctor Rosenthal, fundador y
presidente de la Comunidad Científica Internacional para el Control de las
Infecciones Hospitalarias (INICC), sostiene que en la Argentina "las
infecciones hospitalarias causan la muerte de más de 100 mil personas al
año. La estimación surge de la evidencia de que en terapia intensiva mueren
uno de cada ocho pacientes a causa de las infecciones hospitalarias, y se
internan en ese sector alrededor de 800 mil personas al año". Este
especialista también afirma que "Hay evidencias de otros países y
organizaciones que demuestran que si se miden las infecciones
hospitalarias, éstas bajan en forma ineludible. Ello se ha demostrado en los
Estados Unidos, en Alemania y en la red de INICC de países en vías de
desarrollo, a través de estudios publicados en importantes revistas
científicas internacionales.
Las conclusiones que genera la
información sobre la cantidad y tipo de infección hospitalaria permite
emprender acciones para reducirlas". Según este especialista las IACS son
causadas principalmente por "la falta de higiene de manos por parte del
personal de la salud, el empleo de insumos sin una correcta limpieza,
desinfección y esterilización y la falta de una técnica aséptica para el manejo
de dispositivos tales como catéteres vasculares centrales, sondas y
respiradores."
En una nota del diario La
Nación del año 2011, el Dr. Durlach, presidente del Instituto Técnico de
Acreditación de Establecimiento de Salud (ITAES), informa que una
investigación en la que participó, realizada con una población de 4249
pacientes internados, mostró que el 11,3% de los pacientes desarrolló una
infección por una bacteria adquirida en el hospital, que le provocó
complicaciones ajenas a la causa original de la internación.
Según un informe basado en
un relevo realizado en 61 hospitales de 21 jurisdicciones y presentado en el
XV Congreso Panamericano de Infectología de Uruguay en abril del 2011 por
el Dr. Lossa y sus colaboradores, las infecciones en áreas no críticas de los
hospitales afectan a un 9 % de los pacientes adultos.
Una investigación del Instituto
Nacional de Epidemiología "Jara", publicado en la Revista Panamericana de
la Salud en noviembre de 2008, informa que las IACS en las unidades de
cuidados intensivos (UCI) afectan al 24, 2% de los pacientes. De estos
pacientes el 43,3 % contrae neumonía y el 20,5% contrae infección del
torrente sanguíneo. Según declaraciones de especialistas de la Comunidad
Científica Internacional de Control de Infecciones Nosocomiales, publicadas
en la Revista Noticias el 15 de enero del 2010, el 66% de los pacientes que
contraen neumonía en las UCI muere, al igual que el 45 % de los pacientes
que contraen infección del torrente sanguíneo en estas unidades
sanitarias.
La gravedad de la situación se
advierte también en cuanto a los costos económicos, aunque cabe aclarar
que nunca debe ser este aspecto el conductor de las decisiones sanitarias.
Se estima que los costos económicos que generan las IACS se puede
disminuir en un 30% si se implementa un buen programa de prevención y
control, por lo que el funcionamiento de los mismos no solo se
autofinanciaría sino que originaria importantes ahorros que pueden mejorar
otros aspectos de la atención en salud.
En una presentación realizada
por investigadores del Programa VIHDA para una reunión del COFESA de
2008, se informó que en 58 UCI en las que se aplicaron el Programa se
comprobó que comparando el segundo semestre del 2005 con el segundo
del 2006 se ahorraron casi U$1.000.000. Es importante aclarar que las IACS
suponen un excedente promedio de casi 14 días de internación extra por
paciente.
Quiero recordar que, al no ser
las IACS de denuncia obligatoria, todas las estadísticas nacionales que
tenemos son aproximaciones a partir de investigaciones parciales. Los
costos de las IACS no son solamente estos costos directos que estamos
evaluando, sino que son diversos y es importante que estemos consientes
de ellos para entender lo amplio de la repercusión en este aspecto también.
Con respecto a las IACS existen los costos médicos directos (infraestructura,
equipos médicos y tecnología, medicamentos, exámenes de laboratorio y
diagnostico), los costos indirectos (pérdida de productividad, patología a
corto y largo plazo, mortalidad, pérdida de ingreso familiares) y los costos
intangibles (efectos psicológicos, dolor y sufrimiento, cambio en estilo de
vida y rutina). Cuando hablamos entonces de una IACS no hablamos
solamente de microorganismos que causan una infección sino de una
afectación negativa general en la vida de personas vulnerables, pacientes
internados en instituciones de salud.
Las normas legales presentes
en este proyecto además de asegurar la calidad de los servicios de salud
para toda la población, obligación indelegable del Estado, integran en su
formulación los componentes ya existentes garantizando su permanencia en
el tiempo mediante el financiamiento correspondiente por parte del Estado
Nacional.
Financiamiento que es
necesario para contribuir a equilibrar el desigual desarrollo relativo que
afecta a muchas provincias de nuestro país.
Por las razones expuestas, y
ante la comprobación empírica que la hospitalización implica un riesgo de
adquirir una infección nosocomial, lo cual debemos prevenir y minimizar en
todo cuanto nos sea posible, solicito el apoyo de mis pares en esta Cámara
descontando su compromiso con la mejora de todo aquello que se vincule
con la salud de nuestra población.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |