PROYECTO DE TP
Expediente 4217-D-2011
Sumario: MANIFIESTA LA NECESIDAD DE PUBLICAR, DESDE LA CAMARA NACIONAL ELECTORAL, EN FORMA COMPLETA EN INTERNET LOS ESCRUTINIOS DEFINITIVOS Y PROVISORIOS DE LAS ELECCIONES NACIONALES.
Fecha: 25/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 117
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
La necesidad de que la Cámara
Nacional Electoral, como cuerpo responsable por el escrutinio definitivo de
votos para todas las categorías electivas correspondientes a cargos nacionales,
obrar todos los mecanismos necesarios para garantizar a la ciudadanía el
acceso completo, oportuno, libre y adecuado a los datos correspondientes al
escrutinio definitivo, cuidando todas las formas necesarias para garantizar a
los ciudadanos una fácil comparación entre los datos relevados durante los
escrutinios definitivo y provisorio.
Los mencionados datos deben
ser:
a) accesibles en forma completa a
través del sitio de Internet;
b) disponibles en tiempo real, a
medida que son recepcionados y escrutados;
c) desagregados por distrito,
sección, circuito, y mesa;
d) en aquel o aquellos formatos
que mejor facilite a su adquisición y procesamiento por medios automáticos;
e) debidamente organizados y
conteniendo todos los metadatos necesarios para su adecuada interpretación;
f) adjuntando, para cada mesa
escrutada, la imagen o archivo correspondiente al acta de escrutinio, tal cual
fue elaborado por las respectivas autoridades de mesa.
Dicha información deberá
permanecer inalterada y accesible a través del sitio de Internet durante al
menos un (1) año después de efectuado el escrutinio, y de forma permanente
para quienes en el futuro la soliciten en forma personal o por vía
electrónica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A partir de las Primaria Abiertas,
Simultaneas y Obligatorias efectuadas el pasado 14 de Agosto, y como resulta
de publico conocimiento, son ya numerosas las denuncias efectuadas por los
partidos políticos y ciudadanos corrientes que han alertado sobre presuntas
inconsistencias entre los datos correspondientes al escrutinio provisorio de
votos, los telegramas recepcionados en los centros de computo, y las actas de
escrutinio oportunamente elaboradas por las autoridades de mesa. Si bien es
dable suponer que dichas denuncias no alcanzan de modo alguno a objetar el
resultado general de la eleccion, las mismas resultan suficientes para tender un
manto de sospecha y encender las alarmas respecto de la credibilidad del
escrutinio provisorio de votos, procedimiento cuya responsabilidad ejerce hoy la
Direccion Nacional Electoral. Siendo el carácter de los datos correspondientes al
escrutinio electoral de naturaleza eminentemente pública, dichas sospechas
serian facilmente descartables o corroborables de proveerse a los propios
electores los mecanismos necesarios para constatar, por si mismos y sin
ninguna intermediacion, la coherencia entre la informacion disponible en los
telegramas y aquella efectivamenta registrada en los sistemas informaticos a
cargo de la Direccion Nacional Electoral.
Por ello, y a los fines de
restablecer la credibilidad en el sistema de escrutinio y facilitar el monitoreo
ciudadano de los actos electorales, resulta imperioso implementar los
mecanismos informáticos para facilitar el acceso a los datos de manera
completa, oportuna, desagregada y en formatos que faciliten su obtención y
procesamiento por medios automáticos. Dicho acceso es la mejor garantía de
un comicio limpio y transparente, y el mecanismo a través del cual no solo los
partidos políticos, sino tambien las organizaciones no gubernamentales y los
propios ciudadanos pueden constatar, sin intermediarios, la correspondencia
entre las actas de escrutinio elaboradas por las autoridades de mesa, los datos
recabados y publicados durante el escrutinio provisorio, y los resultados
efectivamente constatados a través del escrutinio definitivo.
Desafortunadamente, la Camara
Nacional Electoral no ha informado los mecanismos, formatos, niveles de
apertura y demás condiciones por las cuales hará efectiva la publicación de los
datos correspondientes al escrutinio definitivo, y que, para tales efectos,
resultaría oportuno que la disponibilización de dichos datos se realizara de
manera de facilitar una comparación entre los escrutinios provisorio y definitivo.
Por ello, y dado que resultaría por demás sencillo proporcionar
concurrentemente los datos tal cual fueron ingresados al sistema informático,
creemos que dicho acto contribuiría no solo a la transparencia y credibilidad del
acto de escrutinio, sino tambien a la plena satisfaccion del derecho de acceso a
la información publica.
Por lo expuesto, solicito a mis
colegas legisladores y legisladoras que acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
JUSTICIA |