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PROYECTO DE TP


Expediente 4216-D-2007
Sumario: FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA NACIONAL: SE AGREGA INCISO E) AL ARTICULO 2 DEL DECRETO 1386/96 (OBJETIVOS DE LA BIBLIOTECA), SE AGREGA INCISO 5) AL ANEXO II DEL DECRETO 2749/02 (CUSTODIAR, PRESERVAR, REGISTRAR, MANUSCRITOS RAROS E INCUNABLES).
Fecha: 23/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 109
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Agréguese el Inciso e) al Artículo 2ª del Decreto 1386/96, que establece el régimen legal y administrativo en que desarrollará su acción la Biblioteca Nacional, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2°: La BIBLIOTECA NACIONAL tiene como objetivos:
a) Custodiar, acrecentar, preservar, conservar, registrar y difundir la memoria impresa de la cultura, con prioridad en lo que hace a la herencia cultural del país, recogida sobre cualquier soporte permanente de información.
b) Prestar un servicio público de consulta a los usuarios, con las características que determine su reglamento interno.
c) Participar en la formación especializada y perfeccionamiento de recursos humanos en materia bibliotecológica y disciplinas conexas.
d) Realizar y fomentar toda otra actividad cultural que se considere pertinente, acorde a los objetivos de la institución.
e) Custodiar, acrecentar, preservar, conservar, clasificar, registrar y difundir manuscritos raros, incunables y/o inéditos y publicaciones antiguas de interés especial (histórico, artístico, científico, literario, etcétera.) sueltos o en colecciones, cualquiera sea la tecnología con que hayan sido creados.
Artículo 2º: Agréguese el Inciso 5) al Anexo II del Decreto 2749/2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ANEXO II
BIBLIOTECA NACIONAL
OBJETIVOS
1. Custodiar, acrecentar, preservar, conservar, registrar y difundir la memoria impresa de la cultura, con prioridad en lo que hace a la herencia cultural del país, recogida sobre cualquier soporte permanente de información.
2. Prestar un servicio público de consulta a los usuarios, tanto presenciales como a distancia.
3. Participar en la formación especializada y perfeccionamiento de recursos humanos en materia bibliotecológica y disciplinas conexas.
4. Realizar y fomentar toda otra actividad cultural que se considere pertinente, acorde a los objetivos de la Institución.
5. Custodiar, acrecentar, preservar, conservar, clasificar, registrar y difundir manuscritos raros, incunables y/o inéditos y publicaciones antiguas de interés especial (histórico, artístico, científico, literario, etcétera.) sueltos o en colecciones, cualquiera sea la tecnología con que hayan sido creados.
Artículo 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Patrimonio cultural es una expresión que engloba un espectro muy amplio de objetos, es el conjunto de bienes muebles e inmuebles, materiales e inmateriales, de propiedad de particulares, de instituciones y organismos públicos o semipúblicos, de la Iglesia y de la Nación, que tengan un valor excepcional desde el punto de vista de la historia del arte y de la ciencia, de la cultura en suma, y que, por lo tanto, sean dignos de ser conservados por las naciones y conocidos por la población a través de las generaciones, como rasgos permanentes de su identidad.
Se trata de un conjunto de bienes culturales definidos por la Convención de la UNESCO de 1970 como: los objetos que, por razones religiosas o profanas, hayan sido expresamente designados por cada estado como de importancia para la arqueología, la prehistoria, la historia, la literatura, el arte o la ciencia.
De esta variedad de bienes culturales interesa a este proyecto el patrimonio documental y bibliográfico, es decir, la parte del patrimonio cultural que se compone de documentos inéditos y publicaciones, cualquiera sea la tecnología con que hayan sido creados, los cuales actualmente no se encuentran expresamente protegidos por nuestra legislación.
Un documento representa el mecanismo ideado por la humanidad para atesorar y legar el conocimiento a las generaciones posteriores y ser fuente de prueba sobre hechos. Concebido en su triple dimensión soporte físico, creación intelectual y mensaje informativo cuyo significado es constantemente actualizado en el proceso de comunicación, el documento es fuente permanente de información, es la memoria de la cultura humana y el testimonio de los acontecimientos de la historia, la vida contemporánea y el quehacer general de la sociedad. Esta es la razón por la cual debe ser conservado y protegido.
El conjunto de documentos producidos en un país involucra inéditos y publicaciones. La diferencia entre un inédito y una publicación está dada por el grado de difusión que cada uno permite; el primero es un documento de circulación restringida dentro de un ámbito o institución, mientras que la segunda ha sido producida en múltiples copias permitiendo la consulta masiva y simultánea.
Ideal y tradicionalmente existen dos instituciones encargadas del resguardo y conservación del patrimonio documental y bibliográfico de un país. De los inéditos se ocupan los archivos nacionales y de las publicaciones las bibliotecas nacionales, aunque podría ocurrir que ambas funciones se encuentren reunidas en una sola institución, o que las bibliotecas nacionales posean una sección de archivos de inéditos importantes, o también, que los archivos nacionales posean una biblioteca de publicaciones nacionales.
En nuestra legislación, conforme al decreto 1386/96, que aprueba el funcionamiento de la Biblioteca Nacional como organismo descentralizado y autárquico, en jurisdicción de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, se establece que entre los objetivos de la Biblioteca Nacional se encuentra el de "custodiar, acrecentar, preservar, conservar, registrar y difundir la memoria impresa de la cultura, con prioridad en lo que hace a la herencia cultural del país, recogida sobre cualquier soporte permanente de información", es decir, entre sus objetivos se encuentra el de preservar, custodiar, registrar y difundir nuestra cultura nacional.
Asimismo, la Resolución Nº 86/2003 de la Dirección de la Biblioteca Nacional cuando define su estructura organizativa en el Anexo II, bajo Departamento Procesos Técnicos - Acciones - indica entre sus objetivos: se encuentra el de "Organizar y coordinar las actividades relativas a la producción de la Bibliografía Nacional".
Por ello, entendemos que es necesario que se introduzcan las modificaciones establecidas en este proyecto y que la Biblioteca Nacional sea la institución encargada de la protección, clasificación y cuidado del patrimonio documental y bibliográfico (documentos inéditos y publicaciones) de nuestro país.
Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BAIGORRI, GUILLERMO FRANCISCO SAN JUAN VIDA Y COMPROMISO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)