PROYECTO DE TP
Expediente 4207-D-2010
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL ESTADO DE VULNERABILIDAD Y DESPROTECCION LABORAL EN QUE SE ENCUENTRAN LOS DAMNIFICADOS EX AGENTES DE "YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES -YPF-", QUIENES NO HAN COBRADO LA INDEMNIZACION FIJADA POR LEY 25471.
Fecha: 14/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más profunda preocupación por el estado
de vulnerabilidad y desprotección laboral en que se encuentran los damnificados ex
agentes de YPF a quienes de manera injusta, se les ha impedido la indemnización
correspondida por ley, actualmente se encuentran en la misma situación de desamparo y
falta de reconocimiento de sus derechos, debido a la burocracia a la que son
sometidos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley de reforma del Estado 23.696,
dictada en el año 1989, fue la que estableció el Programa de Propiedad Participada, en el
cual el capital accionario podía ser adquirido en todo o en parte, por los empleados de
todas las jerarquías, que se encontraran en relación de dependencia y se debía incluir a
todos los trabajadores de las empresas que serian sometidas al procesos de
privatización, así como sucedió con YPF. La que se llevo a cabo por distintas normativas
entre ellas el decreto 2778/90, el cual dispuso la transformación de la empresa en una
sociedad anónima, dictando su estatuto, y sujetándose por lo dispuesto en ley 19.550.
Con posterioridad y en ese marco
normativo de privatización, se sanciona la ley 24.145, promulgada en Octubre de 1992,
ley de "Federalización de Hidrocarburos, Transformación Empresaria y Privatización del
Capital de YPF". Esta ley en su art. Nº 8 establece la conformación de su capital
accionario, el cual se encuentra categorizado por acciones (A, B, C y D) adjudicando las
acciones clase "C" para el personal que puede acceder al programa de propiedad
participada hasta el 10 % del capital social.
Seguidamente y con el objeto de llevar a cabo
la ejecución y el procedimiento cancelatorio del saldo de precio y de venta de las
acciones "C" de los trabajadores de YPF, se dicta el decreto 628/97 el cual dispone dicho
procedimiento.
Este procedimiento cancelatorio
dejo fuera y privados de lo que anteriormente se le había reconocido a numerosos
agentes que mantenían relación de dependencia al 1 de Enero de 1991, conforme fue
reconocido por ley Nª 23.696. Esta legitimidad la cual no fue reconocida en su momento,
el Estado a través del dictado de la
ley Nª 25.471 reconoció derecho a una
indemnización a aquellos trabajadores que se encontrasen considerados como personal
en relación de dependencia al 1 de Enero de 1991, permitiéndosele acceder al
programa de propiedad participada, como a las indemnizaciones correspondientes.
El decreto 1077/2003 estableció el
valor promedio para el calculo de la indemnización que reconoce aquella ley en la suma
de pesos veintitrés mil setecientos veintiocho (23.728), instruyéndose al Ministerio de
Economía para la cancelación.
Lo cierto es que en la actualidad a
pesar de haberse dictado el conjunto normativo de marras, dichos trabajadores no han
podido alcanzar el fin reparatorio, ni el resarcimiento de los daños sufridos y nos
encontramos ante diversas situaciones que padecen los ex agentes de YPF, lo que ha
creado una situación de incertidumbre entre los mismos, no logrando efectivizar los
derechos adquiridos, ni hacer justicia de la situación provocada por la privatización.
Atento a la delicada situación, es
que estimo procedente poner fin a tal injusticia a la que son sometidos los ex
trabajadores de YPF. Por tal motivo solicito a mis pares me acompañen en el presente
proyecto con su voto afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
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WAYAR, WALTER RAUL | SALTA | FRENTE PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |