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PROYECTO DE TP


Expediente 4201-D-2008
Sumario: CREACION PROGRAMA NACIONAL "CAPACITAR" PARA EMPLEADOS PUBLICOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD DE ASISTENCIA A PERSONAS DISCAPACITADAS.
Fecha: 12/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 98
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CAPACITACION DE EMPLEADOS PUBLICOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD
PARA LA ASISTENCIA DE PERSONAS DISCAPACITADAS
Artículo 1º.- Créase el Programa Nacional "Capacitar" con la finalidad de instruir a todos los Empleados y/o Funcionarios Públicos, y al Personal de Fuerzas de Seguridad sobre las medidas, decisiones y políticas que se deben utilizar con personas con discapacidad en situaciones cotidianas y de emergencia.
Artículo 2º.- La presente Ley tiene como objeto la formación y adquisición de estrategias que capaciten al empleado publico, agente policial o fuerza de seguridad, para el desarrollo profesional lo más cualificado y eficaz posible ante las necesidades e inconvenientes de las personas discapacitadas.
Articulo 3º: Se establece que la instrucción a los empleados públicos, personal policial y fuerzas de seguridad no Serra la adquisición de un conocimiento teórico sobre la discapacidad, sino que partiendo de los conceptos básicos, se implemente una metodología de asistencia en la practica.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La capacitación que se intenta proporcionar, con esta ley, es evitar las diferentes formas en que las personas con discapacidad son víctimas constante de infinidad de discriminaciones, al momento de realizar un trámite en una dependencia u organismo público, o en la calle cuando son asistidas por personal policial.
Algunas de las cuales hallan pequeños paliativos en medidas urbanísticas logradas mediante acciones de tutela, como los pasos en rampa a cambio de escaleras en el acceso a edificios públicos y en los andenes, pero en general no ha desarrollado nuestra sociedad una cultura de consideración por las personas afectadas de impedimentos físicos.
Es un derecho de todo individuo el poder transitar libre, seguro y cómodamente por la vía pública.
Cómo garantizarle a las personas con discapacidad, este elemental precepto si los diseñadores y constructores de espacios urbanos y edificios públicos y privados los olvida?
Es también un derecho de las personas el ser atendidas en igualdad de oportunidades por parte de las autoridades.
Cómo lograr la efectividad de este derecho cuando una persona con discapacidad no puede acceder ante el funcionario, o cuando el empleado en la ventanilla no comprende el idioma de las señas o no entiende a la persona hipoacúsica o anácusica.
Al someter a las personas con discapacidad a interminables filas sin miramiento alguno y sin considerar que las limitaciones que padecen son circunstancias que les impiden soportar la misma rutina de quienes se hallan en la plenitud de sus facultades, podemos afirmar que el estado cumple con ellos la prestación eficiente de los servicios a su cargo.
Es el fundamento de esta ley, paliar todo ello.
En España se ha implementado una formación específica para policías, cuyos objetivos son: sensibilizar y concientizar de las necesidades específicas de apoyo que requiere la persona con discapacidad frente a la intervención policial, evidenciar la importancia de los agentes policiales en la tarea de detección de casos de personas con discapacidad y la relevancia de este proceso para el posterior tratamiento adecuado y generar un conocimiento claro sobre las personas con discapacidad intelectual, como base para la adquisición de estrategias de intervención que capaciten al agente para el desarrollo profesional lo más cualificado y eficaz posible.
De acuerdo con estos objetivos, el planteamiento metodológico es de carácter eminentemente práctico. No se trata tanto de que el agente adquiera un conocimiento teórico sobre la discapacidad, sino que partiendo de unos conceptos básicos, sea capaz de articular los mecanismos adecuados de cara a su desarrollo profesional con este colectivo en cuestión.
La capacitación, permitiría la combinación de estos aspectos, de ahí su propuesta como técnica de trabajo. Asistir, con la mayor aptitud y eficiencia, a las personas con discapacidad.
En todo momento se pretende que se exista una conexión de los contenidos abordados en la capacitación, con otras áreas de aprendizaje integradas dentro del propio currículo. De esta manera los alumnos sean capaces de generalizar y relacionarlos con su futuro rol profesional.
En cuanto a los Empleados públicos, también Italia es pionera en su preparación, para atender a personas con discapacidad.
El Gobierno de Cantabria puso en marcha una campaña de sensibilización entre los empleados públicos de la Administración regional para fomentar un trato adecuado a las personas con discapacidad. Se difundirán una serie de consejos para interactuar adecuadamente entre compañeros de trabajo, con el objeto de ayudar a la perfecta integración de las personas con discapacidad en el seno de la Administración. Así, al personal de atención al público se le recomienda tratar a las personas con discapacidad como a cualquier otra persona, "sin marginación, temor, ni protección"; dirigirse a ella directamente y no a sus acompañantes; y facilitar su acceso a los servicios públicos con total normalidad.
A aquellos empleados que trabajan junto a una persona con discapacidad se les aconseja un trato natural en la convivencia, sin favoritismos, exceptuando sus necesidades básicas; reconocer su cualificación y capacidad en el desarrollo de la labor, entre otras cuestiones, con el objetivo final de facilitar su plena integración y que se sienta como el resto de las empleados. En Colombia, se contempla el tema: "POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS PARA LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS DISCAPACITADAS Y DE LA TERCERA EDAD EN LAS ENTIDADES DISTRITALES Y EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS"
En la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ratificada por la Ley 26.378, se establece en el Artículo 19: Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad. Los Estados Partes en la presente Convención reconocen el derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con opciones iguales a las de las demás, y adoptarán medidas efectivas y pertinentes para facilitar el pleno goce de este derecho por las personas con discapacidad y su plena inclusión y participación en la comunidad, asegurando en especial que:
a) Las personas con discapacidad tengan la oportunidad de elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir, en igualdad de condiciones con las demás, y no se vean obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico;
b) Las personas con discapacidad tengan acceso a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad, incluida la asistencia personal que sea necesaria para facilitar su existencia y su inclusión en la comunidad y para evitar su aislamiento o separación de ésta;
c) Las instalaciones y los servicios comunitarios para la población en general estén a disposición, en igualdad de condiciones, de las personas con discapacidad y tengan en cuenta sus necesidades.
En Argentina, este tema no esta contemplado en ninguna capacitación laboral, ni profesional. Sería beneficioso para las personas con discapacidad, saber que pueden realizar trámites, y transitar sin inconvenientes, ya que van a tener el mismo trato y facilidad, que una persona sin discapacidad.
Como ejemplo de la importancia de este Proyecto de Ley, son situaciones comunes y diarias que atraviesan personas con discapacidad, en su vida cotidiana dentro de la ciudad. Por ejemplo un Policía que no sabe guiar a una persona ciega o disminuida visual, o que no sabe como ayudar a una persona que se moviliza en silla de ruedas, personal de bancos o reparticiones públicas que no saben dirigirse a personas con discapacidad visual o ciegos, o el desconocimiento del lenguaje de señas, queriendo ser esta enumeración, de solo alguna de las situaciones con las que se debe enfrentar toda persona con discapacidad.
Por lo expuesto, le solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley a fin de lograr la inserción total de una persona discapacitada dentro del sistema imperante.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0686-D-10