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PROYECTO DE TP


Expediente 4194-D-2010
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL "DIA DE LA REAFIRMACION DE LOS DERECHOS ARGENTINOS SOBRE LAS ISLAS MALVINAS, ISLAS DEL ATLANTICO SUR Y SECTOR ANTARTICO", A CONMEMORARSE EL 10 DE JUNIO DE 2010.
Fecha: 11/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su adhesión y beneplácito ante una nueva conmemoración del 10 de Junio como "Día de la Reafirmación de los Derechos Argentinos sobre las Islas Malvinas, Islas del Atlántico Sur y Sector Antártico", expresando asimismo su firme convicción y profundo anhelo para que se arribe a una solución pacífica y definitiva respecto de la disputa por soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en favor de los intereses nacionales.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 10 de junio de 1829, el entonces Gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata creó -por disposición del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, General Martín Rodríguez- la "Comandancia Política y Militar de las Islas Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos en el Mar Atlántico".
Este acto fue trascendente para el inicio de una política de soberanía efectiva sobre nuestros territorios del Atlántico Sur, heredados del Reino de España mediante la sucesión de Estados o uti possidetis iuris.
Así, el Gobierno argentino generó el marco institucional adecuado para instalar la primer Gobernación de las Islas Malvinas, a cargo de Luis Vernet. Este efectivo ejercicio de soberanía fue interrumpido el 3 de enero de 1833, cuando fuerzas británicas usurparon violentamente las Islas, expulsando a la población y autoridades argentinas, y reemplazándolas por otras de origen británico. El Estado argentino nunca consintió este acto de fuerza y continúa, luego de 177 años de disputa, ratificando su permanente e irrenunciable determinación de recuperar el ejercicio pleno de la soberanía sobre los territorios usurpados, pero de manera pacífica y de acuerdo a los principios del derecho internacional.
El reclamo argentino ha sido fuertemente respaldado por los países de la región y por organismos internacionales, regionales y globales (UNASUR, MERCOSUR, OEA, ONU, Cumbres Iberoamericanas, Grupo de Río, Cumbre de Cancún, ALADI, ZPCAS, etc.) Las numerosas Resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas y de otros organismos han reconocido la existencia de la disputa bilateral y han solicitado a las partes que se avengan a dialogar sobre la cuestión de fondo: la pertinencia de los derechos soberanos que la Argentina posee en virtud de los antecedentes históricos, jurídicos, políticos y geográfico-territoriales que le son favorables. Nuestro país siempre se avino a dichas resoluciones, acorde a su respeto por el orden jurídico y la legalidad internacional. No así lo hizo, ni lo hace el Reino Unido, que continúa violando dicho orden, actuando unilateralmente y de forma prepotente, explorando y explotando a mansalva recursos naturales que son argentinos en la zona en disputa, al tiempo que genera un desequilibrio y una amenaza militar al apostar una impresionante fuerza bélica en la Isla Soledad.
Por otro lado, el Tratado de Lisboa - equivalente a un instrumento constitucional de la Unión Europea- suscripto por los 27 Estados del bloque en diciembre de 2009, reconoce como posesiones británicas a las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y les confiere el estatus de "territorios de ultramar" (Anexo II). Todo ello se da en un escenario internacional caracterizado por la lucha por los recursos estratégicos -sobre todo hidrocarburíferos- a nivel global y por repudiables acciones neocolonialistas de varias de las potencias mundiales.
Reafirmamos absolutamente los inalienables derechos soberanos conforme lo dispone la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional: "La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino."
Y conmemoramos de esta forma el 10 de Junio como "Día de la Reafirmación de los Derechos Argentinos sobre las Islas Malvinas, Islas del Atlántico Sur y Sector Antártico", por lo cual solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
BONASSO, MIGUEL LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO POR BUENOS AIRES
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO PROYECTO PROGRESISTA
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
PARADA, LILIANA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
14/07/2010 DICTAMEN Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0860/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3891-D-2010, 4189-D-2010 y 4194-D-2010 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; BAE 21/2010 04/08/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 23/06/2010
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 19/08/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3891-D-2010, 4189-D-2010 y 4194-D-2010 APROBADO