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PROYECTO DE TP


Expediente 4193-D-2009
Sumario: MODIFICACION DEL ARTICULO 1 DEL DECRETO LEY 326/56, REGULACION DEL SERVICIO DOMESTICO Y MODIFICACION DEL ARTICULO 2 DE LA LEY 20744, CONTRATO DE TRABAJO, A FIN DE INCORPORAR A LOS TRABAJADORES DOMESTICOS.
Fecha: 01/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Modificase el Art.1 del Decreto Ley 326/56, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Las relaciones de trabajo correspondientes al Servicio Doméstico desarrolladas por trabajadores de ambos sexos y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, se regirán por el presente Decreto-Ley y la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (texto ordenado 1976) y sus modificatorias en aquellas situaciones no previstas por el Decreto y/o que consagren beneficios superiores a los establecidos en el decreto y regirán en todo el territorio de la Nación. El presente artículo no será de aplicación para quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes, trabajen menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de 4 días a la semana para el mismo empleador.
Artículo 2°: Modificase el artículo 2 de la ley 20744 - Ley de Contrato de Trabajo - por el siguiente:
La vigencia de esta ley quedará condicionada a que la aplicación de sus disposiciones resulte compatible con la naturaleza y modalidades de la actividad de que se trate y con el específico régimen jurídico a que se halle sujeta.
Las disposiciones de esta ley no serán aplicables:
a) A los dependientes de la administración pública nacional, provincial o municipal, excepto que por acto expreso se los incluya en la misma o en el régimen de las convenciones colectivas de trabajo
b) A los trabajadores del servicio doméstico que trabajen por tiempo inferior a un mes, o menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de 4 días a la semana para el mismo empleador.
c) A los trabajadores agrarios
Articulo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley procura la modificación del actual artículo 2°, de la Ley de Contrato de Trabajo y la modificación del Decreto Ley 326/56 y su reglamentación, que en la actualidad y desde el año 1956 regula la actividad relativa al servicio doméstico.
Resulta necesaria y urgente la incorporación de las trabajadoras domésticas al régimen de LCT, equiparando sus derechos a los del resto de los demás trabajadores. Son en un 95% mujeres quienes desarrollan estos servicios.
Las trabajadoras son privadas de los derechos laborales mediante una norma especial arbitraria, discriminatoria e inconstitucional.
Son estas trabajadoras quienes primeramente y principalmente se ven afectadas ante crisis económicas y/o desempleos. Se pueden decir que son estas trabajadoras las variables de ajuste. Porque fundamentalmente, las mujeres -que como es de público conocimiento- ganan menos que los varones; así que cuando en sus trabajos ven afectados sus ingresos prescinden de estos servicios, tomando en sus espaldas mayores tareas domésticas. Pero el hecho que sean en muchas ocasiones las/os empleadoras/es a su vez empleadas de empresas u organismos gubernamentales o no-gubernamentales -igual situación se da en la mayoría de los encargados de edificios- no pueden estar desprotegidas, de iguales derechos que las demás personas de su mismo género.
Ellas se podría decir que se encuentran en una situación de esclavitud sin gozar de los mas mínimos derechos, son trabajadoras que se encuentran en la Edad Media sometidas y en una situación de discriminación tal que es difícil comprender cual es el objetivo de mantener a estas trabajadoras sometidas a una situación absolutamente indigna y falta de derechos.
En realidad entendemos que no existe argumento jurídico ni fáctico que justifique tal situación y que resulta urgente rescatar esta actividad de la total marginalidad en la que se encuentra. Los índices de no registración o informalidad de este sector de trabajadoras son alarmantes y los mas altos de todas las actividades.
Es cierto que gran parte de las personas que realizan este servicio lo hacen por hora, una o dos veces por semana, ellas no se ven incluidas en esta propuesta. Consideramos de todos modos que este es un camino que hay que comenzar a recorrer reconociendo derechos que ayudan a la profundización de la democracia.
La ausencia de normas protectorias es escandalosa, vale recordar por ejemplo que la Ley de Riesgos del Trabajo no alcanza a este tipo de tareas, las trabajadoras no gozan de licencia por maternidad, no se les respeta la jornada de trabajo ni se les abona horas extra, carecen de asignación familiar por escolaridad, etc.
Que esta actividad este excluida de la Ley de Contrato de Trabajo es inconstitucional, en tanto se violan los derechos y garantías del artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Conforme al imperativo constitucional del Art.14bis "El trabajo en todas sus formas gozará de la protección de las leyes que asegurarán al trabajador condiciones dignas y equitativas de labor..." la inconstitucionalidad se ha consumado en todos los aspectos de ese artículo sobre los cuales la falta de ley razonable bloquea o aminora el goce de los derechos en él enumerados y protegidos. La inconstitucionalidad comprende también el derecho y garantía a la no discriminación y a la igualdad jurídica.
Por las precedentes razones solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
17/03/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
07/04/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
20/04/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
28/04/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
12/05/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
08/06/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
13/07/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
04/08/2010 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0872/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 CON MODIFICACIONES, CON 10 DISIDENCIAS PARCIALES; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 0311-D-09 Y 1025-D-09; FE DE ERRATAS 06/08/2010
Diputados Orden del Dia 1868/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 LA COMISION ACONSEJA ACEPTAR LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL H. SENADO; CON 3 DISIDENCIAS PARCIALES 12/03/2013
Senado Orden del Dia 0724/2011 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010 CON MODIFICACIONES 29/09/2011
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. 12/05/2010
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 16/03/2011 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010
Senado MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 30/03/2011
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 04/05/2011
Senado CONSIDERACION Y APROBACION EN GENERAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 04/05/2011
Senado SE RESUELVE EL TRATAMIENTO EN PARTICULAR EN LA SESION DEL 29/06/2011 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010 y 3188-D-2010 01/06/2011
Senado MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010 31/08/2011
Senado CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010 28/11/2012 MEDIA SANCION
Diputados VUELVE A DIPUTADOS - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010 13/03/2013
Diputados CONSIDERACION Y SANCION (ACEPTACION DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL H SENADO) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010 13/03/2013 SANCIONADO
Diputados INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0186-D-2009, 1464-D-2009, 1941-D-2009, 4193-D-2009, 5374-D-2009, 0001-PE-2010, 0023-CD-2011, 0696-D-2010, 1026-D-2010, 0451-S-2010, 3188-D-2010 y 4105-S-2010 13/03/2013