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PROYECTO DE TP


Expediente 4188-D-2014
Sumario: PLENA CAPACIDAD CIVIL DE LA MUJER. SE DECLARA EL 1 DE JULIO DE CADA AÑO COMO DIA CONMEMORATIVO DE SU ADQUISICION.
Fecha: 30/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Declaración del Día 1° de julio como Conmemorativo
por la Adquisición de la Plena Capacidad Civil de la Mujer
ARTICULO 1°.- Declárese el 1° de Julio de cada año como Conmemorativo por la Adquisición de la Plena Capacidad Civil de la Mujer.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


TEMA: El presente Proyecto de Ley tiene por objeto declarar el 1° de Julio de cada año como conmemorativo por la Adquisición de la Plena Capacidad Civil de la Mujer.
INICIATIVA: Diputada Nacional Lic. Claudia Giaccone
Señor Presidente:
La lucha de las mujeres por la igualdad de trato fue muy larga y estuvo marcada por distintos hitos en la historia en los que fue recuperando derechos, que repercutieron no sólo en el avance hacia la igualdad de género sino también en la mejora de la calidad de vida de toda la comunidad.
Este proyecto busca reconocer el esfuerzo que la mujer ha debido realizar a lo largo de la historia para lograr el reconocimiento y adquisición de su plena capacidad en igualdad de condiciones con el hombre.
En esta arduo camino considero que la modificación del artículo 1° de la Ley 11.357/26 a través de la Ley 17.711 que otorgó la plena capacidad civil a la mujer casada a partir del 1° de julio de 1968 constituyó la bisagra a partir de la cual se han creado numerosas empresas que hoy constituyen la base económica de la provincia y del país.
El Código Civil de 1869 consideraba a la mujer casada y a los menores adultos, como incapaces relativos de hecho mientras que a la mujer soltera mayor de edad la consideraba plenamente capaz, excepto en el derecho a votar. En el caso de las primeras debían ser representadas por el marido y los segundos por los padres o tutores.
El Código de Comercio de 1889 diferencia la capacidad de la mujer casada para ejercer el comercio: si lo ejercía antes del matrimonio, éste no alteraba su derecho y se presumía autorizada por el marido para continuar ejerciéndolo, salvo manifestación formal en contrario por parte éste. Luego de la celebración del matrimonio para comenzar a ejercer el comercio, la mujer casada mayor de edad, requería autorización marital expresa (mediante escritura pública) o tácita (mientras el marido no se oponga por declaración debidamente registrada y publicada).
La Ley de Matrimonio Civil de 1888 establecía que tampoco puede la mujer sin licencia o poder del marido, celebrar contrato alguno, ni desistir de un contrato anterior ni adquirir bienes por título oneroso o lucrativo, ni obligar sus bienes o contraer obligación alguna.
En el año 1926 la Ley 11.357 de Derechos Civiles de la Mujer, le otorga algunos derechos a la mujer casada, sin llegar a la capacidad civil.
En la historia argentina existe un acuerdo unánime sobre el hecho de que Eva Perón realizó una tarea decisiva para el reconocimiento de la igualdad de derechos políticos y civiles entre hombres y mujeres.
El 27 de febrero de 1946, tres días después de las elecciones, Evita pronunció su primer discurso político en un acto organizado para agradecer a las mujeres su apoyo a la candidatura de Perón. En esa oportunidad Evita exigió la igualdad de derechos para hombres y mujeres y en particular el sufragio femenino: "La mujer argentina ha superado el período de las tutorías civiles. La mujer debe afirmar su acción, la mujer debe votar. La mujer, resorte moral de su hogar, debe ocupar el sitio en el complejo engranaje social del pueblo. Lo pide una necesidad nueva de organizarse en grupos más extendidos y remozados. Lo exige, en suma, la transformación del concepto de mujer, que ha ido aumentando sacrificadamente el número de sus deberes sin pedir el mínimo de sus derechos".
El proyecto de ley fue presentado inmediatamente después de asumido el nuevo gobierno constitucional, el 1 de mayo de 1946. La oposición de los prejuicios conservadores resultaba evidente, no sólo entre los partidos opositores sino incluso dentro de los partidos que sostenían al peronismo. Evita presionó constantemente a los parlamentarios para que lo aprobaran, causando incluso protestas de estos últimos por su intromisión.
El Senado recién dio media sanción al proyecto el 21 de agosto de 1946, y la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el 9 de septiembre de 1947 la Ley 13.010, estableciendo la igualdad de derechos políticos entre hombres y mujeres y el sufragio universal en la Argentina.
En 1949 Eva Perón buscó incrementar la influencia política de las mujeres fundando el Partido Peronista Femenino (PPF), el 26 de julio en el Teatro Nacional Cervantes de la Ciudad de Buenos Aires. El 11 de noviembre de 1951 se realizaron elecciones generales. Evita votó en el hospital donde estaba internada, debido al avanzado estado del cáncer que terminaría con su vida al año siguiente. Por primera vez resultaron elegidas parlamentarias: 23 diputadas nacionales, 6 senadoras nacionales, y si se cuentan a las legisladoras provinciales fueron electas en total 109 mujeres.
En el año 1968, la Ley 17711 con entrada en vigencia el 1° de julio de 1968, modifica el Artículo 1° de la Ley 11.357 declarando que "la mujer casada, cualquiera sea su estado, tiene plena capacidad civil." Pueden contratar, comprar, vender y trabajar libremente.
Así vemos que a lo largo de la historia a las mujeres no les reconocían los mismos derechos que a los hombres. Las mujeres desde el inicio de los tiempos han tratado dentro y fuera del hogar aunque ésta haya sido una realidad invisibilizada.
Las dos Guerras Mundiales obligan a las mujeres a incorporarse a la actividad laboral con jornadas de hasta doce horas diarias. En el campo se dedicaban a las tareas agrícolas, ganaderas y al pastoreo, sumado a los trabajos domésticos que eran de su exclusiva competencia.
En la Argentina, se observa un fuerte proceso de expansión de la fuerza de trabajo femenina, la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo ha aumentado considerablemente en las últimas décadas y su presencia tiende a ser cada vez mas permanente, ya sea decisión personal o como resultado de presiones económicas.
De acuerdo al Informe Laboral publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC), cerca del cuarenta por ciento de los trabajadores en la provincia de Santa Fe son mujeres. Del total de las mujeres ocupadas en Santa Fe, 1 de cada 5 trabaja en comercio. La segunda rama en cuanto a trabajo femenino es la enseñanza y la tercera es servicio doméstico. Las mujeres abarcan algo más del cuarenta por ciento de los puestos de trabajo en el sector estatal, mientras que en el sector privado representan algo más de un tercio.
Actualmente se puede observar el número creciente microempresas de diversos rubros (sean artesanales o industriales) que tienen a mujeres como protagonistas, surgiendo asociaciones que agrupan a las mujeres empresarias en pos de brindar herramientas de gestión y supervivencia exitosa.
En la provincia de Santa Fe se destaca la Asociación Santafesina de Mujeres Emprendedoras (A.S.M.E.) y la Organización de Argentina de Mujeres Empresarias (O.A.M.E.) con sede en Rosario. La primera de ellas me acercó la iniciativa que promueve este proyecto, a través de su Presidenta María de los Angeles Moyano en representación de toda la Comisión Directiva y las Mujeres asociadas en toda la provincia. Iniciativa que también lideraron en la provincia de Santa Fe que se tradujo en un proyecto de ley similar de alcance provincial. En este caso la búsqueda del alcance nacional tiene también el fuerte acompañamiento del Sector Femenino de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) encabezado por su Presidenta Sandra Nicolás.
Valoro las conquistas obtenidas por la mujer a lo largo del tiempo, que solo pudieron lograrse por el esfuerzo, la lucha por la igualdad y la perseverancia de nunca bajar los brazos. Pequeñas grandes victorias que muchas veces no representan mayor revelancia pero que en vista de la historia de inequidad entre ambos sexos son motivo de celebración para el género y la comunidad toda.
En razón de lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIACCONE, CLAUDIA ALEJANDRA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
26/08/2014 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría