PROYECTO DE TP
Expediente 4186-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Fecha: 01/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a
través de los organismos que correspondan, informe sobre el Fondo Nacional para
la Integración de las Personas con Discapacidad, respecto de los siguientes
puntos:
1) Indique cuales son los programas y
proyectos que se han financiado durante el período que va desde la creación del
Fondo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad, a la
fecha.
2) Precise los montos mensuales
depositados en la cuenta bancaria de la Comisión Nacional Asesora para la
Integración de Personas Discapacitadas por el Banco Central de la República
Argentina, correspondiente a los fondos recaudados por aplicación de la Ley N°
25.730, desde la creación del Fondo hasta la contestación del presente.
3) Detalle los montos asignados a
cada programa y proyecto desarrollado durante el período referenciado en el
punto precedente.
4) Detalle la actuación desde su
creación del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad,
en el otorgamiento de los programas.
5) Indique los criterios para la
selección de programas y proyectos, y los requisitos que se solicitan para acceder
a los mismos.
6) Detalle los programas y proyectos
que se desarrollan en la Provincia de Salta.
7) Indique el monto asignado en la
Provincia de Salta para desarrollar cada programa y proyecto, consignado por
programa y proyecto.
8) Indique el monto asignado al
cumplimiento del inciso f), articulo 11º del Decreto 762 de fecha 11 de agosto de
1997 -Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad -
.
9) Especifique cuales son los criterios
de redistribución del monto asignado para el Sistema Único de Prestaciones
Básicas para Personas con Discapacidad, entre las provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nº 25.730, promulgada el 20 de
marzo de 2003, establece multas al librador de cheques rechazados por la falta de
fondos o sin autorización para girar en descubierto o por defectos formales.
La misma dispone que los fondos
provenientes de esas multas deban ser recaudados por el Banco Central de la
República Argentina con destino a la aplicación de programas y proyectos a favor
de las personas con discapacidad, administrados por el Comité Coordinador de
Programas para Personas con Discapacidad, creado por el Decreto N° 153 de
fecha 16 de febrero de 1996.
De este modo, se conforma
nuevamente el Fondo Nacional para la Integración de Personas con Discapacidad,
que fuera creado por primera vez con motivo de la sanción de la Ley Nº 24.452 de
Cheque y suprimido por la Ley Nº 25.413 de Competitividad.
La Ley Nº 25.730 fue reglamentada
mediante el Decreto Nº 1277 de fecha 23 de mayo de 2003, que modificó la
composición del Comité Coordinador de Programas para Personas con
Discapacidad, incorporando al Consejo Federal de Discapacidad y le asignó -
entre otras- las funciones de evaluar, seleccionar y aprobar los programas y
proyectos para personas con discapacidad, en coordinación con los Ministerios de
Salud, Desarrollo Social, Trabajo y Educación de la Nación. Además crea la
Unidad Ejecutora de Proyectos con la finalidad de asegurar y optimizar el proceso
de implementación de las acciones financiadas por el Fondo.
En 1982, la Asamblea General de las
Naciones Unidas al establecer el Programa de Acción Mundial para las Personas
Discapacitadas, reafirmó el derecho de las personas con discapacidad a la
igualdad de oportunidades, a la participación plena en las actividades económicas
y sociales, y al igual acceso a la salud, la educación y los servicios de
rehabilitación.
En este sentido, entre los programas y
proyectos que deben desarrollarse a través del Fondo Nacional para la Integración
de Personas con Discapacidad se destacan, entre otros, aquellos destinados a la
implementación del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor
de las Personas con Discapacidad -Ley N° 24.901-, de promoción de la educación
integrada en todos los niveles, de inserción laboral y en general los que tengan
que ver con la prevención de discapacidades y deficiencias, el fortalecimiento de
la autonomía de las personas con discapacidad y los programas que tengan que
ver con la interacción, integración y participación de discapacitados.
Ahora bien, la función de evaluar, elegir
y aprobar los programas y proyectos, así como también la de determinar, controlar
y ejecutar la aplicación del Fondo Nacional para la Integración de Personas con
Discapacidad, corresponde al Comité Coordinador de Programas para Personas
con Discapacidad mencionado, cuya actuación en los años de actividad que lleva,
desconocemos.
Por su parte y en su momento, la Ley
N° 25.757 estableció una Comisión Bicameral Parlamentaria Investigadora del
Cumplimiento de la Ley de Cheques N° 24.452, que se abocaría al conocimiento
de todo lo relativo a esa Ley, pero que nunca llevó a cabo su cometido.
Por lo tanto, y en este aspecto
restringido a los fondos con los que se sostienen las prestaciones para
discapacitados - de la Ley N° 25.730 -, entendemos que ante la falta de
información al respecto y ante la falta de funcionamiento de los organismos
parlamentarios creados a estos fines, debemos consultar como integrantes de
esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, por esos fondos públicos
mencionados, tanto más cuanto resulta determinante para los miles de
discapacitados con necesidades insatisfechas.
En este sentido, el seguimiento de la
legislación cuya finalidad mencionamos, la verificación de los fondos en cuestión,
la eficiencia de los que lo administran, los criterios que se utilizan para la
asignación de los programas, las posibles falencias que puedan surgir de la
utilización de los fondos, la distribución del monto asignado para el Sistema Único
de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y en particular el monto
asignado a la Provincia de Salta, son algunos de los temas con los que no
contamos información pública verificable y que por eso requerimos en este pedido
de informes. Por todo lo expuesto, solicitamos que este proyecto sea acompañado
por nuestros pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DIEZ, MARIA INES | SALTA | RENOVADOR DE SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (PLAN DE LABOR) (AFIRMATIVA) | 11/11/2009 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 11/11/2009 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 12/05/2010 | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 11/08/2010 | |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 16/03/2011 |