PROYECTO DE TP
Expediente 4182-D-2007
Sumario: SOLUCION INTEGRAL PARA EL EX - HOSPITAL FRANCES: DE LOS TRABAJADORES, DE LOS AFILIADOS, COMISION DE AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCES, FONDO FIDUCIARIO "AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCES".
Fecha: 21/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
El Senado y Cámara de Diputados...
SOLUCIÓN INTEGRAL PARA EL EX HOSPITAL
FRANCÉS
PRIMERA PARTE - DE LOS
TRABAJADORES
Artículo 1º.- Todos los trabajadores en
relación de dependencia de la Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia a la fecha de
su presentación en concurso preventivo, son transferidos al Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados, en los términos del artículo 225 y concordantes de la
Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744 y modificatorias).
SEGUNDA PARTE - DE LOS AFILIADOS
CAPÍTULO I - PROTECCIÓN DE LOS
AFILIADOS
Artículo 2º.- El Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados tendrá a su cargo otorgar a las
personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD -
HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o
Provincia Servicios de Salud S.A.), las prestaciones sanitarias y sociales,
integrales, integradas y equitativas, tendientes a la promoción, prevención,
protección, recuperación y rehabilitación de la salud, subrogándose el Instituto
Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en los derechos de
Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud
S.A., contra sus afiliados.
Artículo 3º.- El Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados brindará a las personas
recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL
FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia
Servicios de Salud S.A.), prestaciones por lo menos equivalentes a las
oportunamente contratadas por los afiliados.
Artículo 4º.- Se reconoce y garantiza a
toda persona recipiendaria de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL
FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud
S.A.), que se encuentre en condiciones de acceder a las prestaciones del Instituto Nacional
de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, de conformidad a la Ley 19.032, el
derecho a continuar afiliado a CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS
(Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.). Ello,
sin perjuicio de sus derechos y obligaciones emergentes de la Ley 19.032.
CAPÍTULO II - COMISIÓN DE
AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCÉS
Artículo 5º.- Créase la "Comisión de
Afiliados del Hospital Francés", que estará integrada por 9 (nueve) personas recipiendarias de
los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa
Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), mayores de edad, elegidos
a simple pluralidad de sufragios, en base a listas unipersonales, por la totalidad de las
personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL
FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud
S.A.), mayores de 18 (dieciocho) años de edad.
Artículo 6º.- Los integrantes de la "Comisión
de Afiliados del Hospital Francés"durarán un (1) año en sus funciones, pudiendo
ser reelectos de manera consecutiva una sola vez.
Si hubieran sido reelectos, podrán volver a ser
elegidos luego de transcurrido un (1) año desde el cese de su mandato.
Artículo 7º.- A todo efecto legal, los
integrantes de la "Comisión de Afiliados del Hospital Francés" son considerados funcionarios
públicos.
Artículo 8º.- Los integrantes de la
"Comisión de Afiliados del Hospital Francés" se desempeñarán de manera honoraria, sin
perjuicio del reembolso de los gastos en que incurran con motivo o ejercicio de su
función.
CAPÍTULO III - FONDO FIDUCIARIO
"AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCÉS"
Artículo 9º.- A los fines de la
administración, gestión y contralor de los montos que abonen las personas recipiendarias de
los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa
Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), créase el Fondo Fiduciario
"Afiliados del Hospital Francés", que se regirá por las disposiciones de esta Ley y,
subsidiariamente, las Leyes 24.156 (títulos VI y VII) y 24.441.
Artículo 10.- El patrimonio del Fondo
Fiduciario "Afiliados del Hospital Francés" estará integrado por:
a) las cuotas que las personas
recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS
(Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), estén
obligadas a abonar;
b) los aportes que efectúen la Asociación
Francesa Filantrópica y de Beneficencia, Provincia Servicios de Salud S.A., las empresas
vinculadas, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, y el
Tesoro Nacional;
c) donaciones y legados;
d) cualquier otro ingreso de origen lícito.
Artículo 11.- Serán partes en el
contrato de fideicomiso a celebrarse a los fines de la constitución y administración del Fondo
Fiduciario "Afiliados del Hospital Francés":
a) fiduciantes: las personas recipiendarias
de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación
Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.);
b) fiduciario: la Comisión de Afiliados del
Hospital Francés, que se desempeñará de manera honoraria;
c) beneficiarios: el Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Artículo 12.- El dominio fiduciario tendrá la
duración del máximo legal, salvo que antes se hubiera cumplido íntegramente su
objeto.
Al cumplimiento del plazo o condición, los bienes
integrantes del Fondo Fiduciario serán transmitidos al beneficiario.
TERCERA PARTE - DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
Artículo 13.- No serán de aplicación las
disposiciones de la Ley 19.032 que obsten a la vigencia de lo dispuesto por esta Ley.
Artículo 14.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la flamante Ley de Expropiación del Hospital
Francés (26.272), por la cual el Hospital pasa a la órbita del PAMI, ni los afiliados ni los
empleados han sido tenidos en cuenta.
Sobre esta acuciante situación, la Comisión de
Afiliados del Hospital Francés ha manifestado:
"La Asociación Francesa
Filantrópica y de Beneficencia administraba la prepaga "CEFRAN". A comienzos del año 2002
se asocian la Filantrópica y Provincia Salud del Grupo BAPRO-Banco Provincia del cual forma
parte el Estado de la Provincia de Buenos Aires, creándose otra prepaga de nombre
"Hospital Francés - PROVINCIA SALUD" que implicó también transferencia de deudas
hacia la Filantrópica, endeudamiento fraudulento y paulatino vaciamiento que derivaron en el
comienzo de "la crisis del Hospital Francés" y de las dos prepagas mencionadas que
habitualmente muchos denominan en forma equivocada únicamente "CEFRAN".
A principios del año 2006 el
Estado Nacional por intermedio de la Inspección General de Justicia intervino el Hospital
enviando sucesivos y diferentes funcionarios que lo administraron hasta la actualidad. Al
inicio de las mencionadas intervenciones, a comienzos del 2006 éramos más de 100.000 (cien
mil) Afiliados y si hoy somos 16.000 es porque se produjo la expulsión de miles de Afiliados
producto de la ineficiencia, los negociados y la falta de control de los organismos
competentes.
Entonces no puede ese mismo
Estado desentenderse de una problemática de la cual fue el principal causante por acción y
por omisión.
Los Afiliados nos reunimos,
hacemos asambleas, continuamos gestionando ante Congreso Nacional, el PAMI, la Justicia,
la Prensa pero no queremos respuestas verbales. Hace dos años que nos prometen y luego
nos mienten y nos estafan.
Siempre hay una marcada
escisión entre las palabras y los hechos que protagonizan todos los funcionarios. Ni siquiera
fuimos mencionados en el texto de la ley de expropiación aprobada en el pasado mes
de julio y tampoco estamos comprendidos en ningún otro proyecto de ley. Precisamente
los Afiliados los Médicos y los Empleados, que fuimos quienes pagamos el mayor precio y
quienes fuimos las víctimas del saqueo no figuramos en la ley pero sí la cantidad de "chatas"
y otras cosas menores.
Desde que comenzó la crisis en
el Hospital Francés debimos soportar padecimientos, engaños y desengaños, humillaciones,
sensación de desamparo, de estafa moral y económica y siempre, como ahora, gran
incertidumbre.
La problemática del Hospital
Francés fue "instalada" sistemáticamente en los medios por Ministros del Ejecutivo y otros
funcionarios como "una crisis político-gremial de una EMPRESA PRIVADA", con lo cual se
disfrazó y encubrió el vaciamiento y el endeudamiento del Hospital Francés y de las obras
sociales Provincia Salud-Hospital Francés y Cefran.
En el año 2002 la cantidad de
Afiliados ascendía a más de 160 mil a raíz de la integración del Plan de Salud del Hospital
Francés con la obra social Provincia Salud del Holding Estatal BAPRO (Banco Provincia). Así se
creó "Provincia Salud - Hospital Francés", que comenzaría a funcionar en forma simultanea
con la ya existente Cefran.
Creemos que merecerían vuestra
atención el desempeño del Banco de la Provincia de Buenos Aires y su Holding de empresas
"BAPRO" y el crecimiento de la Obra Social OSJERA en simultaneidad con el vaciamiento de
Provincia Salud-Hospital Francés y Cefrán. Nosotros los consideramos actores determinantes
en el comienzo de la precarización de la atención médica y de la crisis financiera del Hospital
Francés que desembocó en un llamado a Concurso de Acreedores.
En mayo del 2006 la deuda
concursal ascendía a 120 millones de pesos, cuyo 80% era con el Estado Nacional y con el
estado de la Ciudad de Buenos Aires.
En mayo del 2006 el Poder
Ejecutivo Nacional, por intermedio de la Inspección
General de Justicia y con la
anuencia de la Superintendencia de Servicios de Salud y del Ministerio de Salud, designó al
Dr. José Luís Salvatierra como interventor. En los seis meses que duró esta intervención
fueron expulsados cerca de 40 mil Afiliados, fueron generados 40 millones de pesos de
deuda, se intentó reducir los puestos de trabajo y al mismo tiempo tercerizar los servicios
médicos mediante una empresa fantasma llamada National Advisors S A continuando con un
salvaje proceso de vaciamiento. Cuando el P E N reemplazó esta intervención por una nueva
del Dr. Carlos Camilo Castrillón, la deuda concursal ascendía a 250 millones de pesos según
los dichos de distintos Funcionarios como el Jefe de Gabinete, el Min. Ginés González García o
la Lic. Ocaña. Esta última intervención está cancelando 40 millones de pesos de deuda
generada por la anterior intervención.
Al igual que la Justicia en
sucesivos fallos, el juez Prada Errecart en primera instancia y la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Civil sala "M", los Afiliados consideramos innegable y más que evidente la
CORRESPONSABILIDAD del ESTADO NACIONAL por acción y omisión y del ESTADO la
PROVINCIA de BUENOS AIRES y su Banco Provincia y Grupo BAPRO, sin exceptuar de
responsabilidad a la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia."
Cabe aclarar que el proyecto que presento fue
elaborado junto a la Comisión de Afiliados del Hospital Francés.
Por todo lo expuesto, solicito la urgente
aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | REDES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
LEGISLACION DEL TRABAJO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |