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PROYECTO DE TP


Expediente 4182-D-2007
Sumario: SOLUCION INTEGRAL PARA EL EX - HOSPITAL FRANCES: DE LOS TRABAJADORES, DE LOS AFILIADOS, COMISION DE AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCES, FONDO FIDUCIARIO "AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCES".
Fecha: 21/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SOLUCIÓN INTEGRAL PARA EL EX HOSPITAL FRANCÉS
PRIMERA PARTE - DE LOS TRABAJADORES
Artículo 1º.- Todos los trabajadores en relación de dependencia de la Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia a la fecha de su presentación en concurso preventivo, son transferidos al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, en los términos del artículo 225 y concordantes de la Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744 y modificatorias).
SEGUNDA PARTE - DE LOS AFILIADOS
CAPÍTULO I - PROTECCIÓN DE LOS AFILIADOS
Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados tendrá a su cargo otorgar a las personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), las prestaciones sanitarias y sociales, integrales, integradas y equitativas, tendientes a la promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, subrogándose el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en los derechos de Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A., contra sus afiliados.
Artículo 3º.- El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados brindará a las personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), prestaciones por lo menos equivalentes a las oportunamente contratadas por los afiliados.
Artículo 4º.- Se reconoce y garantiza a toda persona recipiendaria de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), que se encuentre en condiciones de acceder a las prestaciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, de conformidad a la Ley 19.032, el derecho a continuar afiliado a CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.). Ello, sin perjuicio de sus derechos y obligaciones emergentes de la Ley 19.032.
CAPÍTULO II - COMISIÓN DE AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCÉS
Artículo 5º.- Créase la "Comisión de Afiliados del Hospital Francés", que estará integrada por 9 (nueve) personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), mayores de edad, elegidos a simple pluralidad de sufragios, en base a listas unipersonales, por la totalidad de las personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), mayores de 18 (dieciocho) años de edad.
Artículo 6º.- Los integrantes de la "Comisión de Afiliados del Hospital Francés"durarán un (1) año en sus funciones, pudiendo ser reelectos de manera consecutiva una sola vez.
Si hubieran sido reelectos, podrán volver a ser elegidos luego de transcurrido un (1) año desde el cese de su mandato.
Artículo 7º.- A todo efecto legal, los integrantes de la "Comisión de Afiliados del Hospital Francés" son considerados funcionarios públicos.
Artículo 8º.- Los integrantes de la "Comisión de Afiliados del Hospital Francés" se desempeñarán de manera honoraria, sin perjuicio del reembolso de los gastos en que incurran con motivo o ejercicio de su función.
CAPÍTULO III - FONDO FIDUCIARIO "AFILIADOS DEL HOSPITAL FRANCÉS"
Artículo 9º.- A los fines de la administración, gestión y contralor de los montos que abonen las personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), créase el Fondo Fiduciario "Afiliados del Hospital Francés", que se regirá por las disposiciones de esta Ley y, subsidiariamente, las Leyes 24.156 (títulos VI y VII) y 24.441.
Artículo 10.- El patrimonio del Fondo Fiduciario "Afiliados del Hospital Francés" estará integrado por:
a) las cuotas que las personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.), estén obligadas a abonar;
b) los aportes que efectúen la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia, Provincia Servicios de Salud S.A., las empresas vinculadas, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, y el Tesoro Nacional;
c) donaciones y legados;
d) cualquier otro ingreso de origen lícito.
Artículo 11.- Serán partes en el contrato de fideicomiso a celebrarse a los fines de la constitución y administración del Fondo Fiduciario "Afiliados del Hospital Francés":
a) fiduciantes: las personas recipiendarias de los servicios de CEFRAN y/o PROVINCIA SALUD - HOSPITAL FRANCÉS (Asociación Francesa Filantrópica de Beneficencia y/o Provincia Servicios de Salud S.A.);
b) fiduciario: la Comisión de Afiliados del Hospital Francés, que se desempeñará de manera honoraria;
c) beneficiarios: el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Artículo 12.- El dominio fiduciario tendrá la duración del máximo legal, salvo que antes se hubiera cumplido íntegramente su objeto.
Al cumplimiento del plazo o condición, los bienes integrantes del Fondo Fiduciario serán transmitidos al beneficiario.
TERCERA PARTE - DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 13.- No serán de aplicación las disposiciones de la Ley 19.032 que obsten a la vigencia de lo dispuesto por esta Ley.
Artículo 14.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la flamante Ley de Expropiación del Hospital Francés (26.272), por la cual el Hospital pasa a la órbita del PAMI, ni los afiliados ni los empleados han sido tenidos en cuenta.
Sobre esta acuciante situación, la Comisión de Afiliados del Hospital Francés ha manifestado:
"La Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia administraba la prepaga "CEFRAN". A comienzos del año 2002 se asocian la Filantrópica y Provincia Salud del Grupo BAPRO-Banco Provincia del cual forma parte el Estado de la Provincia de Buenos Aires, creándose otra prepaga de nombre "Hospital Francés - PROVINCIA SALUD" que implicó también transferencia de deudas hacia la Filantrópica, endeudamiento fraudulento y paulatino vaciamiento que derivaron en el comienzo de "la crisis del Hospital Francés" y de las dos prepagas mencionadas que habitualmente muchos denominan en forma equivocada únicamente "CEFRAN".
A principios del año 2006 el Estado Nacional por intermedio de la Inspección General de Justicia intervino el Hospital enviando sucesivos y diferentes funcionarios que lo administraron hasta la actualidad. Al inicio de las mencionadas intervenciones, a comienzos del 2006 éramos más de 100.000 (cien mil) Afiliados y si hoy somos 16.000 es porque se produjo la expulsión de miles de Afiliados producto de la ineficiencia, los negociados y la falta de control de los organismos competentes.
Entonces no puede ese mismo Estado desentenderse de una problemática de la cual fue el principal causante por acción y por omisión.
Los Afiliados nos reunimos, hacemos asambleas, continuamos gestionando ante Congreso Nacional, el PAMI, la Justicia, la Prensa pero no queremos respuestas verbales. Hace dos años que nos prometen y luego nos mienten y nos estafan.
Siempre hay una marcada escisión entre las palabras y los hechos que protagonizan todos los funcionarios. Ni siquiera fuimos mencionados en el texto de la ley de expropiación aprobada en el pasado mes de julio y tampoco estamos comprendidos en ningún otro proyecto de ley. Precisamente los Afiliados los Médicos y los Empleados, que fuimos quienes pagamos el mayor precio y quienes fuimos las víctimas del saqueo no figuramos en la ley pero sí la cantidad de "chatas" y otras cosas menores.
Desde que comenzó la crisis en el Hospital Francés debimos soportar padecimientos, engaños y desengaños, humillaciones, sensación de desamparo, de estafa moral y económica y siempre, como ahora, gran incertidumbre.
La problemática del Hospital Francés fue "instalada" sistemáticamente en los medios por Ministros del Ejecutivo y otros funcionarios como "una crisis político-gremial de una EMPRESA PRIVADA", con lo cual se disfrazó y encubrió el vaciamiento y el endeudamiento del Hospital Francés y de las obras sociales Provincia Salud-Hospital Francés y Cefran.
En el año 2002 la cantidad de Afiliados ascendía a más de 160 mil a raíz de la integración del Plan de Salud del Hospital Francés con la obra social Provincia Salud del Holding Estatal BAPRO (Banco Provincia). Así se creó "Provincia Salud - Hospital Francés", que comenzaría a funcionar en forma simultanea con la ya existente Cefran.
Creemos que merecerían vuestra atención el desempeño del Banco de la Provincia de Buenos Aires y su Holding de empresas "BAPRO" y el crecimiento de la Obra Social OSJERA en simultaneidad con el vaciamiento de Provincia Salud-Hospital Francés y Cefrán. Nosotros los consideramos actores determinantes en el comienzo de la precarización de la atención médica y de la crisis financiera del Hospital Francés que desembocó en un llamado a Concurso de Acreedores.
En mayo del 2006 la deuda concursal ascendía a 120 millones de pesos, cuyo 80% era con el Estado Nacional y con el estado de la Ciudad de Buenos Aires.
En mayo del 2006 el Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio de la Inspección
General de Justicia y con la anuencia de la Superintendencia de Servicios de Salud y del Ministerio de Salud, designó al Dr. José Luís Salvatierra como interventor. En los seis meses que duró esta intervención fueron expulsados cerca de 40 mil Afiliados, fueron generados 40 millones de pesos de deuda, se intentó reducir los puestos de trabajo y al mismo tiempo tercerizar los servicios médicos mediante una empresa fantasma llamada National Advisors S A continuando con un salvaje proceso de vaciamiento. Cuando el P E N reemplazó esta intervención por una nueva del Dr. Carlos Camilo Castrillón, la deuda concursal ascendía a 250 millones de pesos según los dichos de distintos Funcionarios como el Jefe de Gabinete, el Min. Ginés González García o la Lic. Ocaña. Esta última intervención está cancelando 40 millones de pesos de deuda generada por la anterior intervención.
Al igual que la Justicia en sucesivos fallos, el juez Prada Errecart en primera instancia y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil sala "M", los Afiliados consideramos innegable y más que evidente la CORRESPONSABILIDAD del ESTADO NACIONAL por acción y omisión y del ESTADO la PROVINCIA de BUENOS AIRES y su Banco Provincia y Grupo BAPRO, sin exceptuar de responsabilidad a la Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia."
Cabe aclarar que el proyecto que presento fue elaborado junto a la Comisión de Afiliados del Hospital Francés.
Por todo lo expuesto, solicito la urgente aprobación de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES REDES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
PRESUPUESTO Y HACIENDA