PROYECTO DE TP
Expediente 4176-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SITUACION DE SALUD Y CALIDAD DE LAS PRESTACIONES PARA EL CUIDADO INTEGRAL DE LAS PERSONAS TITULARES DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS.
Fecha: 21/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 73
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo, a
través de los organismos que correspondan, se sirva informar sobre la situación
de salud y sobre la continuidad y calidad de las prestaciones para el cuidado
integral de la salud de las personas titulares de pensiones no contributivas, en
relación al Convenio firmado o al cese del mismo, entre el Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJyP) y el Ministerio de
Salud e la Nación
En el marco de dicha solicitud,
solicitamos se informe a la brevedad y en particular sobre:
1) Situación de salud de las
personas titulares de pensiones no contributivas y sus familias.
2) Prestaciones garantizadas
por el Ministerio de Salud de la Nación para el cuidado integral de la salud de
las personas titulares de pensiones no contributivas y sus familias y
modalidades de prestación vigente, incluyendo la vigencia o no de convenios
con el INSSJyP
3) Fecha y forma de
notificación a las personas titulares de pensiones no contributivas y sus familias
del cambio de cobertura o modalidad prestacional adoptada por el Ministerio de
Salud de la Nación para asegurar el efectivo ejercicio al derecho a la salud
integral.
4) Políticas, estrategias y
acciones implementadas por el Ministerio de Salud de la Nación y el INSSJyP
para la participación de las personas titulares de pensiones no contributivas y
sus familias, en las decisiones que las involucran en referencia al cuidado
integral de la salud y a la implementación de los sistema de apoyo requeridos
para aquellas en situación de discapacidad, en pos de la mayor calidad de vida
y autonomía de las personas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Según las noticias publicadas en la
mayoría de los medios de comunicación, el pasado 31 de mayo de 2012, el
INSSJyP, mediante la Resolución 546/12, denunció el Convenio con el
Ministerio de Salud de la Nación, por el cual de las personas titulares de
pensiones no contributivas, aduciendo que el organismo de salud no le envía
los fondos necesarios para el pago de las mismas desde el mes de Diciembre de
2011.
La mencionada norma solo
comunica la rescisión del Convenio, nada establece sobre la situación de los
afiliados, ni cómo se va a proceder a partir de ahora con la cobertura
prestacional de los mismos. Se rompe un Convenio que habla de la atención de
las personas con discapacidad, pero nada se dice sobre quién va a hacerse
cargo a partir de ese momento.
La consecuencia inmediata de la
ruptura del Convenio es que deja a los afiliados y su familias (que según las
publicaciones serían un total de 90.000) sin tratamientos médicos, de
rehabilitación, internación, medicamentos, etc así como las prestaciones
específicas contempladas en la Ley 24901 (hogar, centros de día, escuelas,
transporte, etc), violentando su dignidad y en muchos casos poniendo en riesgo
su vida.
Esta Resolución afecta también a
los ex Combatientes de Malvinas constituyendo uno de los actos más
discriminatorios y agraviantes hacia ciudadanos de extrema vulnerabilidad.
Resulta importante recordar que
hace 15 años el Presidente Carlos Menem intentó hacer lo mismo, originando la
primera movilización de las organizaciones de personas con discapacidad en el
país. Gracias a esta acción su afiliación a PAMI, al igual que la de los ex
combatientes quedó garantizada por el Decreto 197/97 y el artículo 77 de la
Ley 24938.
La situación actual luego de la
Resolución Nº 546/12 emitida por el INSSJyP, pone en grave riesgo la atención
de las personas con discapacidad en todo el país, ya que luego de cinco meses
(desde enero a la fecha) sin percibir el pago de las prestaciones, ni recibir
ninguna explicación de las causas, ahora se suma la desvinculación de dicho
Instituto de su responsabilidad de brindar atención a los afiliados con
discapacidad.
La conducta asumida por INSSJyP
y el Ministerio de Salud de la Nación coloca a los personas afectados en una
virtual situación de abandono por parte de los organismos competentes a nivel
nacional, los discrimina negativamente en relación con el resto de los afiliados,
y viola lo establecido en la Convención Internacional sobre Derechos de las
Personas con Discapacidad a la que nuestro país adhirió mediante Ley 26.378 y
en el art. 75 de la Constitución Nacional.
Por todo lo expuesto
anteriormente, es que solicitamos a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados
acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
PARADA, LILIANA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |