PROYECTO DE TP
Expediente 4139-D-2010
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL FALLO DE LA JUSTICIA PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS POR EL CUAL SE DISPONE EL DESALOJO COMPULSIVO DE LAS FAMILIAS QUE HABITAN EN LA VILLA 1.11.14 DEL BAJO FLORES, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Y EXHORTAR AL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES A FIN DE QUE ADOPTE DE INMEDIATO LAS MEDIDAS CONDUCENTES A SOLUCIONAR EL GRAVE DEFICIT DE VIVIENDAS EXISTENTE EN LA MISMA.
Fecha: 10/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 73
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1-Expresar su
honda preocupación por el fallo dictado por la Justicia Penal,
Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, a instancias del Gobierno de dicha ciudad, encabezado
por Mauricio Macri, mediante el cual no solo se dispone el
desalojo compulsivo de las familias que habitan las 112
viviendas del IVC, ubicadas en la villa 1.11.14 del Bajo Flores,
sino también la eventual utilización por parte del personal
policial interviniente, de armas con munición de plomo de
carácter letal, poniendo con ello en peligro la vida, seguridad e
integridad psico-física de las personas - hombres, mujeres y
niños -que allí se encuentran alojadas y conculcando el derecho
a una vivienda digna consagrado por la Constitución Nacional y
la Legislación vigente.
2-Exhortar-una
vez más-al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(GCABA) a fin de que adopte de inmediato las medidas
conducentes a solucionar el grave déficit de viviendas existente
en la misma, ejecute adecuadamente las partidas
presupuestarias asignadas a tal fin y proporcione a sus vecinos
la solución habitacional que conlleve al acceso a una vivienda
digna, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por los tratados
internacionales de derechos humanos aprobados y vigentes en
nuestro país, y las disposiciones constitucionales y legales que
así lo ratifican, especialmente, en materia de derechos
económicos, sociales y culturales (DESC).
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Acorde con su política discriminatoria para con los sectores más
vulnerables de la sociedad porteña, Mauricio Macri ha
impulsado por ante la Justicia en lo Penal, Contravencional y de
Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el desalojo
compulsivo de las numerosas familias que habitan en el
complejo de 112 viviendas del Instituto de Vivienda de la
Ciudad (IVC), ubicadas en la villa 1.11.14 del Bajo Flores.
Asimismo
obtuvo del Juez interviniente, Norberto Tavosnanska, una orden
que incluye la autorización para que las fuerzas de seguridad
utilicen -como último recurso- armas con municiones de plomo,
o sea de carácter letal, a fin de obtener el desahucio pedido por
el GCABA.
Solo la
intervención de la Defensoría General de la Ciudad, que
interpuso un recurso de inconstitucionalidad por ante la
Cámara actuante, pospuso por el momento el cumplimiento de
tal exorbitante decisión, que pone en peligro, no solo el derecho
constitucional a la vivienda digna, sino también el inalienable
derecho a la vida, a la integridad psico-física y a la seguridad
ciudadana.
Tan grave ha
sido la decisión judicial promovida y obtenida por Macri, que
desde la comisión de vivienda de la Legislatura porteña se ha
anticipado la posibilidad de promover un juicio político contra el
magistrado que dictaminó conforme lo señalado
precedentemente.
Como bien
señala la Defensoría, el derecho a la vida y la seguridad de los
vecinos que habitan en el complejo aludido, constituyen un bien
jurídico cuya tutela se halla muy por encima del pretendido
derecho de 'propiedad' que reivindica para sí el GCABA,
situación que se agrava a poco de advertir que es esa misma
administración la que incumple reiteradamente con las
obligaciones a su cargo, dejando en estado de indefensión a los
sectores más vulnerables de la comunidad cuyo gobierno se le
ha encomendado, y que es precisamente la desatención del
elevado déficit habitacional que la ciudad padece, y que el
gobierno de Macri ignora subejecutando el presupuesto vigente
y las partidas asignadas a tal fin, el que lleva a numerosas
familias a buscar soluciones desesperadas para darle un
mínimo cobijo a sus hijos.
Por otro lado, la
causa judicial basada en un procedimiento sumario,
conculcatorio del derecho de defensa de los habitantes del
complejo de viviendas de marras, no ha permitido deslindar
situaciones ni responsabilidades y mucho menos acreditar en
que condiciones habita cada una de las familias afectadas el
predio a ser desalojado.
La violencia
ínsita en el fallo obtenido por el GCABA y cuestionado por la
Defensoría, supone un inconcebible desprecio por la vida
humana, una inaceptable exaltación de la propiedad privada
por sobre cualquier otro derecho, y un deliberado
desconocimiento de los derechos económicos, sociales y
culturales consagrados en los Tratados internacionales de
derechos humanos que con jerarquía constitucional fueron
incorporados en nuestra Carta Magna a partir de la reforma de
1994, en su artículo 75 inciso 22, y que los Estados nacionales,
provinciales y comunales se hallan obligados a cumplimentar
frente a la comunidad internacional.
A ello se suma
que ni en el fallo reseñado, ni en los planteos efectuados por el
GCABA, se garantiza, siquiera mínimamente, el derecho a la
vivienda de las familias cuyo desalojo se propugna, colocando a
las mismas en un marco de indefensión impropio para un
Estado de Derecho.
Por tales
razones, solicito la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GULLO, JUAN CARLOS DANTE | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DIAZ BANCALARI, JOSE MARIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROSSI, AGUSTIN OSCAR | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PLAINI, FRANCISCO OMAR | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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