PROYECTO DE TP
Expediente 4128-D-2009
Sumario: REGIMEN DE FERIADOS NACIONALES: INAMOVIBLES Y NO LABORABLES LAS FECHAS PATRIAS Y RELIGIOSAS Y FERIADOS TURISTICOS LOS SEGUNDOS LUNES DE MAYO, JUNIO, SEPTIEMBRE Y OCTUBRE.
Fecha: 27/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1º) Establécense como
días feriados inamovibles y no laborables en todo el territorio de la Nación
los siguientes:
1° de Enero Conmemoración:
Año Nuevo
24 de Marzo
Conmemoración: Día Nacional de la Memoria
2 de Abril Conmemoración:
Día del Veterano de Malvinas
Viernes Santo
1° de Mayo Conmemoración:
Día del Trabajador
25 de Mayo Conmemoración:
Día de la Revolución de Mayo
20 de Junio Conmemoración:
Paso a Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de Julio Conmemoración:
Día de la Independencia
17 de Agosto
Conmemoración: Paso a Inmortalidad del General San Martín
12 de Octubre
Conmemoración: Día de la Unión Iberoamericana
8 de Diciembre
Conmemoración: Inmaculada Concepción de María
25 de Diciembre
Conmemoración: Navidad
Art.2º) Establécense como
días feriados turísticos y no laborables en todo el territorio de la Nación
los siguientes:
El segundo lunes del Mes de
Mayo
El segundo lunes del Mes de
Junio
El segundo lunes del Mes de
Septiembre
El segundo lunes del Mes de
Octubre
Art. 3°) Los días lunes que
resulten feriados por aplicación del artículo precedente, gozarán en el
aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación
actual respecto de los feriados inamovibles.
Artículo 4°) Establécense
como días no laborables inamovibles en todo el territorio de la Nación los
siguientes :
9 de Abril Jueves Santo
Festividad Cristiana
15 y 16 de Abril Pascuas
Judías
19 de Septiembre Sábado
Primer Día de Rosh Hashana
Año Nuevo Judío
20 de Septiembre Domingo
Segundo Día de Rosh Hashana
Año Nuevo Judío
28 de Septiembre Lunes
YOMKIPUR (Gran Día del Perdón)
27 de Noviembre Viernes
Fiesta del Sacrificio Año Nuevo Islámico
Artículo 5) De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El objetivo de este proyecto
es recuperar y restituir el sentido de las fiestas patrias para festejarlas en
los mismos días en que corresponden según el calendario.
Por otro lado, no se pretende
desconocer la importancia económica y de costumbres que han adquirido
los llamados feriados largos para el común de la gente y para la industria
turística, pero que objetivamente han quitado sentido a la celebración de
las fechas patrias.
Por eso, en este proyecto se
intenta conciliar ambos puntos de vista, de la siguiente manera: se
declaran feriados inamovibles y no laborables las fechas patrias y los
tradicionales de contenido religioso (Semana Santa, Navidad) y social (Día
del Trabajo); y se declaran feriados turísticos los segundos lunes de Mayo,
Junio, Septiembre y Octubre.
De esta manera, se
recuperan las fiestas patrias para festejar en un día feriado, sin importar
su ubicación en el calendario, con la obligación que se festeje con actos
alusivos en todas las escuelas primarias y secundarias del país, con un
profundo debate y análisis del significado de estas fechas y la razón de su
festejo.
Asimismo, los cuatro fines de
semana turísticos, fijados por ley el segundo fin de semana de los meses
de Mayo, Junio, Septiembre y Octubre, tienen como finalidad promover el
turismo y también sirven como compensatorios para los docentes que
deberán asistir a los actos conmemorativos alusivos a las fiestas patrias
que organicen los municipios ó de lo contrario en el ámbito de su
institución educativa.
El criterio de elección para
los feriados turísticos, se fundamenta en que Enero y Febrero son meses
de vacaciones; marzo es el comienzo de las clases, y en general la gente
no se toma vacaciones. En abril, está el fin de semana largo de Semana
Santa, en los meses de Julio y Agosto están las vacaciones de invierno,
que no tienen un calendario nacional fijo ya que cada jurisdicción se
maneja de forma autónoma, en el mes de noviembre, la gente no se
moviliza turísticamente, y por último en el mes de Diciembre están las
fiestas de Navidad y fin de año, de manera que son los meses de Mayo,
Junio, Setiembre y Octubre los apropiados para que la gente se movilice
turísticamente hablando. Esto otorga previsibilidad y permite a los turistas
poder planificar con tiempo sus salidas y a todos los involucrados en la
industria del turismo, también planificar con tiempo y poder ofrecer
mejores servicios, por lo que solicitamos a este cuerpo la aprobación del
proyecto en cuestión.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
TURISMO |
CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/06/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
30/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
21/10/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1641/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 0025-PE-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 | CON MODIFICACIONES; CON 48 DISIDENCIAS PARCIALES Y 1 DISIDENCIA TOTAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 4946-D-09, 0396-D-10, 2394-D-10, 0547-OV-10 Y 0555-OV-10; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO; 1 FE DE ERRATAS | 29/10/2010 |
Senado | Orden del Dia 1220/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0822-S-2007, 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY | 21/11/2008 |