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PROYECTO DE TP


Expediente 4128-D-2009
Sumario: REGIMEN DE FERIADOS NACIONALES: INAMOVIBLES Y NO LABORABLES LAS FECHAS PATRIAS Y RELIGIOSAS Y FERIADOS TURISTICOS LOS SEGUNDOS LUNES DE MAYO, JUNIO, SEPTIEMBRE Y OCTUBRE.
Fecha: 27/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Art. 1º) Establécense como días feriados inamovibles y no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes:
1° de Enero Conmemoración: Año Nuevo
24 de Marzo Conmemoración: Día Nacional de la Memoria
2 de Abril Conmemoración: Día del Veterano de Malvinas
Viernes Santo
1° de Mayo Conmemoración: Día del Trabajador
25 de Mayo Conmemoración: Día de la Revolución de Mayo
20 de Junio Conmemoración: Paso a Inmortalidad del General Manuel Belgrano
9 de Julio Conmemoración: Día de la Independencia
17 de Agosto Conmemoración: Paso a Inmortalidad del General San Martín
12 de Octubre Conmemoración: Día de la Unión Iberoamericana
8 de Diciembre Conmemoración: Inmaculada Concepción de María
25 de Diciembre Conmemoración: Navidad
Art.2º) Establécense como días feriados turísticos y no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes:
El segundo lunes del Mes de Mayo
El segundo lunes del Mes de Junio
El segundo lunes del Mes de Septiembre
El segundo lunes del Mes de Octubre
Art. 3°) Los días lunes que resulten feriados por aplicación del artículo precedente, gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados inamovibles.
Artículo 4°) Establécense como días no laborables inamovibles en todo el territorio de la Nación los siguientes :
9 de Abril Jueves Santo Festividad Cristiana
15 y 16 de Abril Pascuas Judías
19 de Septiembre Sábado Primer Día de Rosh Hashana
Año Nuevo Judío
20 de Septiembre Domingo Segundo Día de Rosh Hashana
Año Nuevo Judío
28 de Septiembre Lunes YOMKIPUR (Gran Día del Perdón)
27 de Noviembre Viernes Fiesta del Sacrificio Año Nuevo Islámico
Artículo 5) De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo de este proyecto es recuperar y restituir el sentido de las fiestas patrias para festejarlas en los mismos días en que corresponden según el calendario.
Por otro lado, no se pretende desconocer la importancia económica y de costumbres que han adquirido los llamados feriados largos para el común de la gente y para la industria turística, pero que objetivamente han quitado sentido a la celebración de las fechas patrias.
Por eso, en este proyecto se intenta conciliar ambos puntos de vista, de la siguiente manera: se declaran feriados inamovibles y no laborables las fechas patrias y los tradicionales de contenido religioso (Semana Santa, Navidad) y social (Día del Trabajo); y se declaran feriados turísticos los segundos lunes de Mayo, Junio, Septiembre y Octubre.
De esta manera, se recuperan las fiestas patrias para festejar en un día feriado, sin importar su ubicación en el calendario, con la obligación que se festeje con actos alusivos en todas las escuelas primarias y secundarias del país, con un profundo debate y análisis del significado de estas fechas y la razón de su festejo.
Asimismo, los cuatro fines de semana turísticos, fijados por ley el segundo fin de semana de los meses de Mayo, Junio, Septiembre y Octubre, tienen como finalidad promover el turismo y también sirven como compensatorios para los docentes que deberán asistir a los actos conmemorativos alusivos a las fiestas patrias que organicen los municipios ó de lo contrario en el ámbito de su institución educativa.
El criterio de elección para los feriados turísticos, se fundamenta en que Enero y Febrero son meses de vacaciones; marzo es el comienzo de las clases, y en general la gente no se toma vacaciones. En abril, está el fin de semana largo de Semana Santa, en los meses de Julio y Agosto están las vacaciones de invierno, que no tienen un calendario nacional fijo ya que cada jurisdicción se maneja de forma autónoma, en el mes de noviembre, la gente no se moviliza turísticamente, y por último en el mes de Diciembre están las fiestas de Navidad y fin de año, de manera que son los meses de Mayo, Junio, Setiembre y Octubre los apropiados para que la gente se movilice turísticamente hablando. Esto otorga previsibilidad y permite a los turistas poder planificar con tiempo sus salidas y a todos los involucrados en la industria del turismo, también planificar con tiempo y poder ofrecer mejores servicios, por lo que solicitamos a este cuerpo la aprobación del proyecto en cuestión.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
TURISMO
CULTURA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/06/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
30/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
21/10/2010 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1641/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 0025-PE-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 CON MODIFICACIONES; CON 48 DISIDENCIAS PARCIALES Y 1 DISIDENCIA TOTAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 4946-D-09, 0396-D-10, 2394-D-10, 0547-OV-10 Y 0555-OV-10; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO; 1 FE DE ERRATAS 29/10/2010
Senado Orden del Dia 1220/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0822-S-2007, 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY 21/11/2008