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PROYECTO DE TP


Expediente 4115-D-2011
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS HECHOS DISCRIMINATORIOS A ALUMNOS DE UNA ESCUELA PUBLICA DE PLOTTIER, PROVINCIA DEL NEUQUEN, COMO CONSECUENCIA DE SU PROFESION RELIGIOSA.
Fecha: 18/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más enérgico repudio a los sucesos ocurridos en la ciudad de Plottier, provincia de Neuquén, donde un grupo de alumnos de una escuela pública de gestión estatal fue víctima de discriminación y amenazas a causa de su fe. Los menores sufrieron este duro hostigamiento por parte del director de dicha escuela a pesar de las recomendaciones del consejo provincial de educación de la provincia de Neuquén. El caso llegó a un punto extremo cuando este grupo de chicos fue sancionado por reunirse a orar en el tiempo de recreo. La situación tuvo gran repercusión en la comunidad y motivó la cesantía del director de la Escuela que había sancionado a los alumnos. Expresamos también repudio por la reincorporación al Colegio del mismo Director de la Escuela, y su actitud de no abrir las puertas de la institución hasta que no eliminen los cargos que pesan en su contra y se prohíba expresamente toda manifestación de fe durante los recreos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El caso comenzó a principios del año 2010, cuando un grupo de alumnos en su tiempo libre del recreo se reunió a orar. Ante tal hecho el director de la escuela expuso públicamente a los menores en la formación sin siquiera hablar con sus padres. Ante la Queja de los padres de los alumnos afectados, el Director recibió advertencias por parte del consejo provincial de educación de que no debía prohibir a los alumnos ninguna acción que no signifique un perjuicio para terceros afectando su moral o su integridad física. A pesar de esto, el director de esta escuela se sostuvo en su conducta intolerante y expuso a los menores en un medio masivo de comunicación.
Luego de denuncias ante los organismos correspondientes de Gobernación y Comisión de derechos humanos, el director del establecimiento fue suspendido de su cargo.
Hace pocos meses el Ministerio de educación de la Provincia de Neuquén, presionado por el ATEN (asociación de trabajadores de la enseñanza de Neuquén) dejaron sin efecto la resolución que quitó del cargo al director del establecimiento quien volvió al Colegio. Hace un mes que allí no se dictan clases, pues el director pretende que eliminen los cargos que pesan sobre él mismo y que se prohíba cualquier expresión de fe en el ámbito escolar, aludiendo que la escuela pública debe ser laica.
En estos días un equipo interdisciplinario del Consejo Provincial de Educación (CPE) se acercó al establecimiento con el objetivo de delinear acciones que eviten que se vuelva a repetir una situación similar con los alumnos. El consejo provincial de educación citó al director para aclararle cual es su lugar y que no debe violentar los derechos individuales de las personas que afectan su libertad de conciencia y de expresión. Teniendo e cuenta que la laicidad escolar no se violenta ya que no se interrumpe el proceso de dictado de clases ni se realizan ritos cúlticos, ni se afecta el desarrollo de ninguna de las actividades escolares, solo se ocupa el espacio en que los menores eligen cómo recrearse.
La subsecretaría de derechos humanos de la provincia de Neuquén, luego de recibir una serie de denuncias de los padres y hablar con los involucrados en este asunto, presentó notas a los responsables del área de educación de la provincia de Neuquén para que se garanticen los derechos y las libertades de los menores.
Al día de la fecha tres familias se vieron obligadas a retirar a sus hijos del colegio debido a las amenazas recibidas y al incesante hostigamiento.
Nos preocupa que el tema se haya desviado de ser un caso claro de discriminación y avasallamiento de los derechos del menor y la libertad de conciencia, a un falso debate sobre la laicidad de la educación.
En la mayor parte de las provincias argentinas, incluyendo Neuquén, las escuelas públicas de gestión estatal son tradicionalmente "laicas".
La laicidad de la escuela pública estatal, entendida como neutralidad religiosa (es decir: que ninguna religión tenga en ella un lugar dominante, ni mucho menos sea impuesta a todos) es un valor. En la Argentina, ha posibilitado la convivencia armónica y amistosa entre alumnos de diversas religiones, y ha sido un factor clave para la configuración cultural abierta y dialogante en materia religiosa de nuestra sociedad. Esa laicidad debe sin embargo compatibilizarse con el derecho fundamental de todas las personas, incluso los niños, niñas y adolescentes, a la libertad religiosa. Esa libertad incluye el derecho de expresar la propia religión, individual y colectivamente, en público y en privado, tal como garantizan los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que tienen jerarquía constitucional.
La laicidad implica el respeto a la diversidad religiosa (incluyendo el respeto a la no creencia), pero no la exclusión de la religión o de Dios. La dimensión religiosa también puede y debe estar presente en la escuela para que la educación sea verdaderamente integral, tal como postula la Ley Nacional de Educación 26.206. El desafío consiste en encontrar formas respetuosas y prudentes de esa presencia religiosa, que no impliquen imposición para nadie ni vulneración de su libertad de conciencia.
Los laicistas consideramos que esta postura garantiza la libertad de conciencia además de la no imposición de las normas y valores morales particulares de ninguna religión o de la irreligión. Por eso el laicismo es distinto del anticlericalismo en cuanto no condena la existencia de dichos valores religiosos, sino que más bien propicia la armónica convivencia de todos en un ámbito plural, diverso y de tolerancia. El estado debe ser el árbitro de esta convivencia entre los diferentes actores sociales, pero las reglas del juego son los derechos humanos, y sobre todo se deben tener en cuenta en este caso los derechos de los niños y adolescentes.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 18, indica: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. La declaración de UNICEF dice que los niños y adolescentes tienen derecho, entre otras cosas a: Que sus intereses sean lo primero a tenerse en cuenta en cada tema que los afecte, tanto en la escuela, como en los hospitales, ante los jueces, diputados, senadores u otras autoridades.
Esperamos que esta situación de riesgo que hoy enfrentan los menores sea resuelta sin que los mismos sean avasallados en sus libertades individuales. Con toda razón se expresó Nelson Mandela cuando dijo: "No puede haber una revelación más intensa del alma de una sociedad que la forma en la que trata a sus niños".
Cabe mencionar que estos hechos han sido repudiados por el El Consejo Argentino para la Libertad Religiosa (CALIR) y por la Asociación de Iglesias Evangélicas Argentinas (ACIERA).
La Cámara de Diputados de la Nación debe, repudiar estas actitudes, para poner en alerta sobre las manifestaciones de discriminación religiosa, sobretodo ejercida en uso abusivo de sus funciones sobre menores de edad y asimismo reflexionar acerca del valor de la libertad religiosa y de la necesidad de legislar en forma mas concreta para poder ejercerla en el respeto, la convivencia y la búsqueda de la concordia, en una Patria que es de todos sin distinción religiosa alguna.
Por estas razones y las que se expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración, es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
HOTTON, CYNTHIA LILIANA CIUDAD de BUENOS AIRES VALORES PARA MI PAIS
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
MICHETTI, MARTA GABRIELA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
QUIROGA, HORACIO RODOLFO NEUQUEN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
28/09/2011 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
02/11/2011 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría