PROYECTO DE TP
Expediente 4115-D-2011
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS HECHOS DISCRIMINATORIOS A ALUMNOS DE UNA ESCUELA PUBLICA DE PLOTTIER, PROVINCIA DEL NEUQUEN, COMO CONSECUENCIA DE SU PROFESION RELIGIOSA.
Fecha: 18/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más enérgico repudio a los
sucesos ocurridos en la ciudad de Plottier, provincia de Neuquén, donde un
grupo de alumnos de una escuela pública de gestión estatal fue víctima de
discriminación y amenazas a causa de su fe. Los menores sufrieron este duro
hostigamiento por parte del director de dicha escuela a pesar de las
recomendaciones del consejo provincial de educación de la provincia de
Neuquén. El caso llegó a un punto extremo cuando este grupo de chicos fue
sancionado por reunirse a orar en el tiempo de recreo. La situación tuvo gran
repercusión en la comunidad y motivó la cesantía del director de la Escuela que
había sancionado a los alumnos. Expresamos también repudio por la
reincorporación al Colegio del mismo Director de la Escuela, y su actitud de no
abrir las puertas de la institución hasta que no eliminen los cargos que pesan
en su contra y se prohíba expresamente toda manifestación de fe durante los
recreos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El caso comenzó a principios del
año 2010, cuando un grupo de alumnos en su tiempo libre del recreo se reunió
a orar. Ante tal hecho el director de la escuela expuso públicamente a los
menores en la formación sin siquiera hablar con sus padres. Ante la Queja de
los padres de los alumnos afectados, el Director recibió advertencias por parte
del consejo provincial de educación de que no debía prohibir a los alumnos
ninguna acción que no signifique un perjuicio para terceros afectando su moral
o su integridad física. A pesar de esto, el director de esta escuela se sostuvo
en su conducta intolerante y expuso a los menores en un medio masivo de
comunicación.
Luego de denuncias ante los
organismos correspondientes de Gobernación y Comisión de derechos
humanos, el director del establecimiento fue suspendido de su cargo.
Hace pocos meses el Ministerio de
educación de la Provincia de Neuquén, presionado por el ATEN (asociación de
trabajadores de la enseñanza de Neuquén) dejaron sin efecto la resolución que
quitó del cargo al director del establecimiento quien volvió al Colegio. Hace un
mes que allí no se dictan clases, pues el director pretende que eliminen los
cargos que pesan sobre él mismo y que se prohíba cualquier expresión de fe
en el ámbito escolar, aludiendo que la escuela pública debe ser laica.
En estos días un equipo
interdisciplinario del Consejo Provincial de Educación (CPE) se acercó al
establecimiento con el objetivo de delinear acciones que eviten que se vuelva a
repetir una situación similar con los alumnos. El consejo provincial de
educación citó al director para aclararle cual es su lugar y que no debe violentar
los derechos individuales de las personas que afectan su libertad de conciencia
y de expresión. Teniendo e cuenta que la laicidad escolar no se violenta ya que
no se interrumpe el proceso de dictado de clases ni se realizan ritos cúlticos, ni
se afecta el desarrollo de ninguna de las actividades escolares, solo se ocupa
el espacio en que los menores eligen cómo recrearse.
La subsecretaría de derechos
humanos de la provincia de Neuquén, luego de recibir una serie de denuncias
de los padres y hablar con los involucrados en este asunto, presentó notas a
los responsables del área de educación de la provincia de Neuquén para que
se garanticen los derechos y las libertades de los menores.
Al día de la fecha tres familias se
vieron obligadas a retirar a sus hijos del colegio debido a las amenazas
recibidas y al incesante hostigamiento.
Nos preocupa que el tema se haya
desviado de ser un caso claro de discriminación y avasallamiento de los
derechos del menor y la libertad de conciencia, a un falso debate sobre la
laicidad de la educación.
En la mayor parte de las provincias
argentinas, incluyendo Neuquén, las escuelas públicas de gestión estatal son
tradicionalmente "laicas".
La laicidad de la escuela pública
estatal, entendida como neutralidad religiosa (es decir: que ninguna religión
tenga en ella un lugar dominante, ni mucho menos sea impuesta a todos) es un
valor. En la Argentina, ha posibilitado la convivencia armónica y amistosa entre
alumnos de diversas religiones, y ha sido un factor clave para la configuración
cultural abierta y dialogante en materia religiosa de nuestra sociedad. Esa
laicidad debe sin embargo compatibilizarse con el derecho fundamental de
todas las personas, incluso los niños, niñas y adolescentes, a la libertad
religiosa. Esa libertad incluye el derecho de expresar la propia religión,
individual y colectivamente, en público y en privado, tal como garantizan los
Tratados Internacionales de Derechos Humanos que tienen jerarquía
constitucional.
La laicidad implica el respeto a la
diversidad religiosa (incluyendo el respeto a la no creencia), pero no la
exclusión de la religión o de Dios. La dimensión religiosa también puede y debe
estar presente en la escuela para que la educación sea verdaderamente
integral, tal como postula la Ley Nacional de Educación 26.206. El desafío
consiste en encontrar formas respetuosas y prudentes de esa presencia
religiosa, que no impliquen imposición para nadie ni vulneración de su libertad
de conciencia.
Los laicistas consideramos que esta
postura garantiza la libertad de conciencia además de la no imposición de las
normas y valores morales particulares de ninguna religión o de la irreligión. Por
eso el laicismo es distinto del anticlericalismo en cuanto no condena la
existencia de dichos valores religiosos, sino que más bien propicia la armónica
convivencia de todos en un ámbito plural, diverso y de tolerancia. El estado
debe ser el árbitro de esta convivencia entre los diferentes actores sociales,
pero las reglas del juego son los derechos humanos, y sobre todo se deben
tener en cuenta en este caso los derechos de los niños y adolescentes.
La Declaración Universal de los
Derechos Humanos, en el artículo 18, indica: Toda persona tiene derecho a la
libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la
libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar
su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en
privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. La declaración
de UNICEF dice que los niños y adolescentes tienen derecho, entre otras
cosas a: Que sus intereses sean lo primero a tenerse en cuenta en cada tema
que los afecte, tanto en la escuela, como en los hospitales, ante los jueces,
diputados, senadores u otras autoridades.
Esperamos que esta situación de
riesgo que hoy enfrentan los menores sea resuelta sin que los mismos sean
avasallados en sus libertades individuales. Con toda razón se expresó Nelson
Mandela cuando dijo: "No puede haber una revelación más intensa del alma de
una sociedad que la forma en la que trata a sus niños".
Cabe mencionar que estos hechos
han sido repudiados por el El Consejo Argentino para la Libertad Religiosa
(CALIR) y por la Asociación de Iglesias Evangélicas Argentinas (ACIERA).
La Cámara de Diputados de la
Nación debe, repudiar estas actitudes, para poner en alerta sobre las
manifestaciones de discriminación religiosa, sobretodo ejercida en uso abusivo
de sus funciones sobre menores de edad y asimismo reflexionar acerca del
valor de la libertad religiosa y de la necesidad de legislar en forma mas
concreta para poder ejercerla en el respeto, la convivencia y la búsqueda de la
concordia, en una Patria que es de todos sin distinción religiosa alguna.
Por estas razones y las que se
expondrán al momento del tratamiento del presente proyecto de Declaración,
es que solicitamos a nuestros pares la aprobación del mismo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
HOTTON, CYNTHIA LILIANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | VALORES PARA MI PAIS |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
MICHETTI, MARTA GABRIELA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
QUIROGA, HORACIO RODOLFO | NEUQUEN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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28/09/2011 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
02/11/2011 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |