PROYECTO DE TP
Expediente 4110-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS METODOS DE EXPLOTACION DE YACIMIENTOS EXISTENTES EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y SI LOS MISMOS INCIDEN EN EL MEDIO AMBIENTE.
Fecha: 16/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que corresponda, informe sobre los siguientes
puntos:
1.- Cantidad y tipo de yacimientos
existentes en la Provincia. Etapa en la que se encuentran. Metodología de
extracción.
2.- Los cuestionamientos del
manejo ambiental del sector minero son cada vez mayores. En un marco de
marcada conflictividad:
a.- ¿Cuál es el criterio respecto de
fiscalización, control y gestión en materia ambiental en dicho sector?
b.- ¿Qué recursos humanos
específicos tiene asignados para la evaluación de los proyectos y los EIA que se
requiere presentar por ley?
c.- ¿Qué diversidad profesional y
profundidad de evaluaciones tienen? (Especificando responsabilidades de los
funcionarios).
d.- Cantidad de Estudios de Impacto
Ambiental que se hicieron desde 1996 a la fecha.
3.- La ley prevé que después del
segundo año de su presentación debe actualizarse la información de los Estudios
de IA -Impacto Ambiental-realizados:
a.- ¿Cuál es el grado de cumplimiento
de esta actualización? De los yacimientos cuantos lo han representado, cuántos
han sido aprobados.
c.- ¿Qué procedimiento se encuentra
establecido para el caso que no se cumpla con el EIA o su actualización?
d.- ¿Cuántos expedientes
administrativos han sido condenatorios por falta de cumplimiento de las
presentaciones formales - EIA o su actualización?
4.- ¿Cómo se fiscalizan las regalías
boca de pozo?. Detallar cada uno de los yacimientos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley Nº 24.585 de 1994, incorporada
al Código de Minería de la Nación establece específicamente la obligación de
contar con la Declaración de Impacto Ambiental de modo previo al inicio de las
actividades en cada etapa de un proyecto minero, a saber: prospección,
exploración y explotación. Ese mismo plexo legal establece la obligatoriedad de
renovar cada dos años, la aprobación de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Normativa complementaria, los
llamados Anexos I, II y III pautan el contenido de los Estudios de Impacto
Ambiental, siendo completos y rigurosos.
Sin embargo, a pesar de ser la primera
y, al día de la fecha una de las escasas leyes ambientales por actividad del país, y
ser de cumplimiento uniforme en la República, el sector minero ha resultado ser
uno de los más conflictivos en materia medioambiental. El caso de la mina El
Desquite en Esquel, Chubut es un caso; Alumbrera, en Catamarca, que a pesar de
no utilizar cianuro en el proceso de separación de minerales, es permanentemente
cuestionada.
La minería en nuestra Provincia ha
tomado un importante impulso en los últimos tres lustros, sin embargo, nada
saben los santacruceños de las condiciones ambientales de la gestión de esos
emprendimientos, de los procesos asociados a la extracción, ni del eventual
impacto ambiental que los mismos están causando, o pueden potencialmente
causar, en el área de influencia de los proyecto.
Si bien el Código de Minería nada dice
sobre las Audiencias Públicas, el artículo 41° de la Constitución Nacional obliga a
la utilización de ese mecanismo de consulta ciudadana en todos los casos donde
exista posibilidad de afectar el ambiente. La actividad minera, relacionada con
recursos no renovables, es de alto impacto ambiental, tanto en cuanto a la
generación de riqueza de corto plazo y en materia económica y social en el área
de influencia de los proyectos, pero, no debemos olvidar que también el impacto
negativo que pueden tener, no solamente en cuanto a la disposición actual de
recursos no renovables, sino también al ambiente en si, en especial en nuestra
Provincia, agua, superficiales y subterráneas, biodiversidad, etc.
Es esencial que los santacruceños
conozcan qué está sucediendo en el sector, quién controla, cómo controla y con
qué periodicidad, especialmente cuando se sabe que varios de los
emprendimientos son de minería metalífera, con procesamiento de mineral in situ,
y, que los procesos de cianuración u otros que utilizan fuertes agentes químicos
que no siempre desaparecen inocuamente.
Porque consideramos que es nuestra
obligación para con los santacruceños de hoy y de mañana conocer y efectuar el
seguimiento de la disposición de los recursos no renovables de la Provincia,
solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ARNOLD, EDUARDO ARIEL | SANTA CRUZ | NO INTEGRA BLOQUE |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |