PROYECTO DE TP
Expediente 4109-D-2009
Sumario: RESPONSABILIDAD FISCAL, LEY 25917 Y LEY 25152: ADECUACION DE LAS CUENTAS FISCALES.
Fecha: 27/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1: Durante los
ejercicios 2009 y 2010 se excluirán de los Artículos 10 y 19 de la Ley N°
25.917, aquellas erogaciones que se hayan destinado a promover la
actividad económica, a sostener el nivel de empleo y a dar cobertura a la
emergencia sanitaria y a la asistencia social.
ARTICULO 2: Déjanse sin
efecto, para los Ejercicios 2009 y 2010, las limitaciones contenidas en el
artículo 12 y en el primer párrafo del artículo 21 de la Ley N° 25.917,
respecto al endeudamiento de todas las Jurisdicciones participantes del
Régimen de Responsabilidad Fiscal.
Asimismo, durante los ejercicios
referidos no serán consideradas las previsiones contenidas en el último
párrafo del artículo 15 de la Ley N° 25.917, ni los artículos 2° y 3° de la Ley
N° 25.152.
ARTICULO 3: Invitase a las
provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al régimen
establecido por la presente ley
ARTICULO 4: Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La crisis financiera internacional
incide en el conjunto de la economía en general y en las finanzas públicas
en particular, generando la necesidad de adopción de medidas no previstas
que mitiguen los efectos negativos de la coyuntura actual.
Frente a este nuevo escenario
la estrategia de las distintas Jurisdicciones fue priorizar la aplicación de
políticas públicas que sostengan las actividades productivas, preserven los
niveles de empleo y financien la asistencia requerida por los sectores
sociales desprotegidos, derivando ello, en un mayor gasto por parte de las
Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno
Nacional.
Lo expuesto anteriormente
denota que las reglas establecidas por la Ley N° 25.917 requieren una
adecuación que considere los efectos que sobre las cuentas fiscales
produce la cambiante realidad en materia de política fiscal, asegurando
tanto la equidad entre los integrantes del Régimen como un adecuado
tratamiento intertemporal.
El principio que guía el régimen
es el de gobernabilidad, el buen gobierno, como condición necesaria para
el desarrollo humano sostenido. Participación, transparencia, equidad,
rendición de cuentas, régimen de derecho, evaluación de los resultados,
monitoreo del desempeño, eficacia y eficiencia.
La Ley de Responsabilidad
Fiscal establece un Régimen que aborda el sector fiscal en forma amplia y
sistemática, estableciendo límites para la evolución de variables
específicas (gasto, deuda, resultado financiero) y acciones para mejorar la
transparencia de la información fiscal.
La Ley N° 25.917 constituye un
instrumento legal homogéneo para el Gobierno Nacional, las Provincias, y
la C.A.B.A, que persigue como objetivo instituir una política fiscal federal
coordinada y sustentable en el largo plazo. Es por ello que resulta
apropiada la coordinación entre los distintos niveles de gobierno, para
minimizar el impacto de la crisis internacional. En este sentido las reglas
fiscales coordinadas evitan los efectos negativos que puede generar el
comportamiento fiscal inadecuado de una jurisdicción sobre el resto de
jurisdicciones, reduciendo asimismo la incidencia de los desequilibrios
generados en un ejercicio sobre las generaciones futuras.
Consecuentemente, las reglas
instituidas deben ser aplicadas en forma integral y coordinada, dado que
actúan en forma complementaria y no aislada, con el objetivo de establecer
lineamientos mínimos de gestión sustentable de los recursos públicos.
El Régimen Federal de
Responsabilidad Fiscal fue producto del ejercicio del federalismo,
implementado a través de un proceso de coordinación y conciliación entre
las jurisdicciones participantes, con vistas a establecer un horizonte de
mediano y largo plazo destinado a garantizar la solvencia y sustentabilidad
de las finanzas públicas a través de políticas fiscales más sólidas,
sostenidas y transparentes.
En sus cuatro años de
implementación el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal ha
conseguido logros entre los cuales se destacan:
la institucionalización de las
políticas fiscales generó un mejor posicionamiento del Estado en su
conjunto, a la vez que dotó a todos los niveles de gobierno de herramientas
para la gestión presupuestarias y financiera;
un espacio de discusión de los más
altos niveles de autoridades para la evaluación y seguimiento de las
finanzas del Gobierno Nacional, de las Provincias y la CABA;
una mejor performance en la
evolución de las cuentas públicas de los tres niveles de Gobierno;
el ordenamiento y contención del
endeudamiento en los tres niveles de gobierno, reduciendo el nivel de
vulnerabilidad de las cuentas públicas;
el lineamiento estratégico explícito
al orientar recursos públicos hacia el gasto de capital, priorizando la
inversión pública en infraestructura social básica;
el mejoramiento en la
comparabilidad interjurisdiccional, transparencia y calidad de la información
fiscal;
Como resultado de ello, el
nuevo contexto signado a partir de la crisis internacional y de la reciente
emergencia sanitaria, han encontrado un marco fiscal más consistente, a
pesar de lo cual se imponen modificaciones transitorias. Se hace necesaria
la adopción de políticas anticíclicas pero preservando los objetivos del
Régimen, lo que mejorará la credibilidad de la política gubernamental.
Por tales motivos, es que le
solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FADEL, PATRICIA SUSANA | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
MARCONATO, GUSTAVO ANGEL | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - PROYECTO PROGRESISTA |
GIOJA, JUAN CARLOS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CUEVAS, HUGO OSCAR | RIO NEGRO | DE LA CONCERTACION |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
VACA NARVAJA, PATRICIA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PAIS, JUAN MARIO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CALZA, NELIO HIGINIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
COLLANTES, GENARO AURELIO | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/10/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2040/2009 | CON MODIFICACIONES; CON 6 DISIDENCIAS TOTALES | 09/10/2009 |
Senado | Orden del Dia 0513/2009 | 22/10/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | 14/10/2009 | |
Diputados | CONSIDERACION | 14/10/2009 | |
Diputados | CONTINUA CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES | 14/10/2009 | MEDIA SANCION |
Diputados | INSERCION DEL DIPUTADO GONZALEZ, JUAN | 14/10/2009 | |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 28/10/2009 | SANCIONADO |