PROYECTO DE TP
Expediente 4090-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE DE ASISTENCIA JURIDICA EN MATERIA PENAL.
Fecha: 15/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por
conducto de quien corresponda informe respecto del CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE ASISTENCIA JURIDICA EN MATERIA PENAL, sobre los
siguientes puntos:
1-Guardando el deber de confidencialidad y solo
enumerando estadísticas, en que oportunidades y cuales fueron los resultados concretos en la que
se solicito o se prestó asistencia de conformidad con las disposiciones del presente Convenio para la
investigación de delitos y la cooperación en procesos judiciales relacionados con asuntos penales,
con relación a:
a) Notificación de actos procesales;
b) Recepción y producción de pruebas, tales como
testimonios y declaraciones, peritajes e inspecciones de personas, bienes y lugares;
e) Localización e identificación de personas;
d) Notificación de personas y peritos para comparecer
voluntariamente a fin de prestar declaración o testimonio en la Parte requirente;
e) Traslado de Personas detenidas a efectos de
comparecer como testigos en la Parte requirente o con otros propósitos expresamente indicados en
la solicitud, de conformidad con el presente Convenio;
f) Medidas cautelares sobre bienes;
g) Cumplimiento de otras solicitudes respecto de bienes,
incluyendo la eventual transferencia del valor de los bienes decomisados de manera definitiva;
h) Entrega de documentos y otros objetos de
prueba;
i) Cualquier otra forma de asistencia de conformidad
con los fines de este Convenio, siempre y cuando no sea incompatible con las leyes del Estado
requerido.
2- En caso de que la nación haya solicitado asistencia a
la otra parte cuales han sido los montos pagados en concepto de los gastos y honorarios
correspondientes a los peritos, los gastos extraordinarios consecuencia del empleo de formas o
procedimientos especiales y los gastos de viaje de las personas indicadas en los artículos 15 y 16.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 16 de agosto del 2006, fue
sancionada la Ley Nro. 26.137, publicada en el Boletín Oficial el 04 de Septiembre del 2006
que homologa el CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS SOBRE ASISTENCIA JURIDICA EN MATERIA PENAL, suscripto en Buenos Aires el 04
de Julio de 2002.-
Nuestra Constitución Nacional establece en su
Capítulo IV, Artículo 75° Inciso 22, que son atribuciones del Congreso aprobar o desechar
tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los
concordatos de la Santa Sede, los cuales adquieren jerarquía superior a las leyes. De modo
que, al haber adquirido el tratado jerarquía superior a las leyes, su cumplimiento debe
tener ese alcance. Dar cumplimiento a los compromisos asumidos en un convenio
internacional, supone respetar el espíritu de nuestra Constitución Nacional y los preceptos
del Derecho Internacional.-
Destacamos la importancia estratégica para
luchar contra la delincuencia fortaleciendo los mecanismos de cooperación judicial y
asistencia mutua con otras naciones con el objeto de evitar el incremento de las
actividades delictivas a través de la coordinación de acciones y ejecuciones de programas
concretos. Nos parece altamente beneficioso para nuestro país mantener lazos con el resto
de las naciones del mundo para disminuir esta situación de inseguridad generada.-
Pero además de la importancia constitucional
de este tratado internacional, tengamos en cuenta que para llegar a su acuerdo, el Estado
Nacional ha tenido que sufragar importantes gastos para que los representantes del país,
puedan llegar a contactar a otras naciones, mediante viajes, estadías, asesores, viáticos,
gastos protocolares, etc, sumado a otros gastos posteriores referidos al seguimiento y
ejecución de este convenio.-
Por la importancia del convenio en si mismo,
sumado al sacrificio fiscal que tuvo que afrontar la nación para suscribirlo, es nuestro
interés conocer la evolución y los resultados concretos de este tratado, habida cuenta que
han transcurrido un tiempo prudencial desde su aprobación.-
Por las razones expuestas solicito a esa
Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente proyecto de
resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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POGGI, CLAUDIO JAVIER | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |