PROYECTO DE TP
Expediente 4089-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR EL ACUERDO MIGRATORIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA, APROBADO POR LEY 26126.
Fecha: 15/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por
conducto de quien corresponda, informe:
1) Los resultados obtenidos por parte la Republica
Argentina respecto de absolutamente todos los Artículos que componen el ACUERDO MIGRATORIO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE BOLIVIA, homologado por Ley
Nro 26.126.-
2) Informe con que estructura se administra este
ACUERDO en la República Argentina desde el momento de la firma del tratado hasta la fecha.
Quienes son sus integrantes, a cuantos empleados de planta se afectan a esta actividad, a cuantos
consultores y o asesores se recurre para este fin y bajo que modalidad se vinculan laboralmente con
el estado Nacional, monto de honorarios consultores, monto de los gastos de consumo para atender
este compromiso y todo otro gasto sufragado por el estado Nacional con relación a este
convenio.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 02 agosto del 2006, fue sancionada
la Ley Nro. 26.126, publicada en el Boletín Oficial el 24 de agosto del 2006 que homologa el
ACUERDO MIGRATORIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y REPUBLICA DE
BOLIVIA, suscripto en Buenos Aires el 21 de abril de 2004.-
Nuestra Constitución Nacional establece en su
Capítulo IV, Artículo 75° Inciso 22, que son atribuciones del Congreso aprobar o desechar
tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los
concordatos de la Santa Sede, los cuales adquieren jerarquía superior a las leyes. De modo
que, al haber adquirido el tratado jerarquía superior a las leyes, su cumplimiento debe
tener ese alcance. Dar cumplimiento a los compromisos asumidos en un convenio
internacional, supone respetar el espíritu de nuestra Constitución Nacional y los preceptos
del Derecho Internacional.-
Destacamos la importancia de la necesidad de
alcanzar mecanismos que permitan afianzar la integración entre naciones sobre todo con
las limítrofes ya que la realidad geográfica, económica y social que caracteriza a las Partes
ha originado, desde siempre, un permanente intercambio migratorio dificultando el acceso
a los sistemas de trabajo, de previsión social y de control fiscal entre otros.-
Pero además de la importancia humana,
social y económica de este tratado internacional, tengamos en cuenta que para llegar a su
acuerdo, el Estado Nacional ha tenido y tiene que sufragar importantes gastos para que los
representantes del país, puedan llegar a contactar a otras naciones, mediante viajes,
estadías, asesores, viáticos, gastos protocolares, etc, sumado a otros gastos posteriores
referidos al seguimiento y ejecución de este convenio.-
Por la importancia del convenio en si mismo,
sumado al sacrificio fiscal que tuvo que afrontar la nación para suscribirlo, es nuestro
interés conocer la evolución y los resultados concretos de este tratado, habida cuenta que
ha transcurrido un tiempo prudencial desde su aprobación.-
Por las razones expuestas solicito a esa
Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente proyecto de
resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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POGGI, CLAUDIO JAVIER | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |