PROYECTO DE TP
Expediente 4083-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGANICOS PERSISTENTES APROBADO POR LEY 26011.
Fecha: 15/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por
conducto de quien corresponda tenga a bien informar:
1) El nivel de cumplimiento, actividades y resultados
respecto de los beneficiarios por parte de la Republica Argentina sobre absolutamente todos los
Artículos que componen el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO
DE LOS PAISES BAJOS SOBRE LA EXPORTACION RECIPROCA DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, homologado por Ley Nro 26.101.-
2) Informe con que estructura se administra este
convenio en la Republica Argentina desde el momento de la firma del tratado hasta la fecha.
Quienes son sus integrantes, a cuantos empleados de planta se afectan a esta actividad, a cuantos
consultores y o asesores se recurre para este fin y bajo que modalidad se vinculan laboralmente con
el estado Nacional, monto de honorarios consultores, monto de los gastos de consumo para atender
este compromiso y todo otro gasto sufragado por el estado Nacional con relación a este
convenio.
3) Cada una de las misiones enviadas por la Republica
Argentina a cualquier lugar del mundo desde el momento de la firma del tratado hasta la fecha.
Objeto de las reuniones, conclusiones, resultados, número de integrantes, número de asesores,
honorarios de consultores, costo de viaje, costo de viáticos, costo de alojamiento, y todo otro costo
relacionado con la misión.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 17 Mayo del 2006, fue sancionada
la Ley Nro. 26.101, publicada en el Boletín Oficial el 21 de Junio del 2006 que homologa el
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO DE LOS PAISES
BAJOS SOBRE LA EXPORTACION RECIPROCA DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL,
suscripto en Buenos Aires el 16 de diciembre de 2002.-
Nuestra Constitución Nacional establece en su
Capítulo IV, Artículo 75° Inciso 22, que son atribuciones del Congreso aprobar o desechar
tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los
concordatos de la Santa Sede, los cuales adquieren jerarquía superior a las leyes. De modo
que, al haber adquirido el tratado jerarquía superior a las leyes, su cumplimiento debe
tener ese alcance. Dar cumplimiento a los compromisos asumidos en un convenio
internacional, supone respetar el espíritu de nuestra Constitución Nacional y los preceptos
del Derecho Internacional.-
Destacamos la importancia previsional, social
y económica de la suscripción de este tratado. Nos parece altamente beneficioso para los
beneficiarios regular la cooperación entre los dos Estados a fin de garantizar y asegurar la
exportación recíproca de las prestaciones de la seguridad social entre los dos países,
además de afianzar nuestro país manteniendo lazos económicos, comerciales y sociales con
el resto de las naciones del mundo. -
Pero además de la importancia previsional,
social y económica de este tratado internacional, tengamos en cuenta que para llegar a su
acuerdo, el Estado Nacional ha tenido y tiene que sufragar importantes gastos para que los
representantes del país, puedan llegar a contactar a otras naciones, mediante viajes,
estadías, asesores, viáticos, gastos protocolares, etc, sumado a otros gastos posteriores
referidos al seguimiento y ejecución de este convenio.-
Por la importancia del convenio en si mismo,
sumado al sacrificio fiscal que tuvo que afrontar la nación para suscribirlo, es nuestro
interés conocer la evolución y los resultados concretos de este tratado, habida cuenta que
han transcurrido un tiempo prudencial desde su aprobación.-
Por las razones expuestas solicito a mis pares
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente
proyecto de resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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POGGI, CLAUDIO JAVIER | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |