PROYECTO DE TP
Expediente 4081-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA EMISION DE LETRAS DEL TESORO NACIONAL CONTENIDAS EN LAS RESOLUCIONES CONJUNTAS 177/09 Y 45/09 DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y DE FINANZAS, PARA PRESERVAR EL FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO.
Fecha: 26/08/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo, con el
objeto de solicitarle que, por medio del organismo que corresponda, informe
respecto a la emisión de letras del tesoro nacional contenido en las
Resoluciones conjuntas Nº 177/09 y 45/09 de la Secretaría de Hacienda y de
Finanzas, respectivamente, y sobre los siguientes puntos:
- Señale los planes de
inversión previstos con esta nueva emisión de letras del tesoro.
- Explique los criterios
adoptados para determinar las tasas de interés de dichas letras del tesoro, y
cómo dichos criterios preservan el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del
Sistema Integrado Previsional Argentino.
- Indique cuál es el plan de
inversión a largo plazo de la ANSES y de los fondos provisionales
argentinos.
- Indique el detalle de las
inversiones de la ANSES a la fecha en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad
del Sistema Integrado Previsional Argentino, incluyendo el detalle de: tipo de
inversión, entidad o emisor según el caso, plazo de corresponder, detalle por
título en el caso de los títulos públicos.
- Detalle de los títulos
públicos e inversiones efectuadas en función de las atribuciones otorgadas en
el inciso e) del Decreto 897/07.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva el presente pedido de
informes la publicación en el Boletín Oficial, de una Resolución conjunta de la
Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas dependientes del Ministerio
de Economía, de fecha 28 de julio de 2009, mediante la cual se dispone una
emisión de letras del tesoro por U$S 200.000.000 a ser suscripta por el Fondo
de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional
Argentino.
Esta nueva emisión de
letras del tesoro utilizando el dinero de todos los jubilados del país, tiene las
siguientes condiciones:
Fecha de emisión: 29 de julio de
2009
Plazo: 182 días
Tasa: 3,50% anual
Por otra parte, el artículo 1° del
Decreto 897/07 de creación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del
Sistema Integrado Previsional Argentino le asigna como una de las finalidades
"Contribuir a la preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del
Fondo."
Nótese que la tasa de "riesgo país"
hoy está rondando los 925 puntos básicos, por lo cual, de salir a colocar títulos
de deuda en el mercado financiero, Argentina debería pagar una tasa de
9.25%, es decir un 164% superior a la que le está pagando el gobierno a los
jubilados por el préstamo de U$S 200.000.000.
Por este "préstamo", los jubilados
cobrarán, si es que el gobierno paga la letra al vencimiento estipulado, un
interés de 3.490.400, y si la ANSES hubiera cobrado la tasa de mercado, el
interés hubiera sido de U$S 9.224.600.
O mejor aún, se podría haber
invertido en bonos de Venezuela a una tasa de 10.5% o de Ecuador a
11.4%
Todo esto sin mencionar que el
gobierno pudo haber pagado a los jubilados las tasas de entre 10.6 % y el 14.6
%, que le abonó a Hugo Chávez, Presidente de Venezuela, por sus compras
de BODENES, y que luego el gobierno argentino tuvo que salir a recomprar de
urgencia por el desprendimiento masivo de dichas bonos del mismo gobierno
venezolano que las había comprado.
Resulta evidente que de los
ejemplos de transacciones financieras efectuadas o pasibles de ser efectuadas
por el gobierno argentino con terceros independientes las tasas de interés son
sustancialmente diferentes, y que por lo tanto no se está "contribuyendo a la
preservación del valor y/o rentabilidad de los recursos del Fondo."
El Decreto 2103/08 establece que el
Director Ejecutivo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (ANSES) administrará el FONDO DE GARANTIA DE
SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL
ARGENTINO (FGS), con la asistencia de un Comité Ejecutivo integrado
además por: el Secretario de Finanzas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS; el Secretario de Hacienda del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Secretario de Política Económica del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. Es evidente que
cuando se trata de inversiones en títulos públicos, estos funcionarios se
constituyen en juez y parte, al presentarse un conflicto de intereses que no les
permite defender apropiadamente los intereses del Fondo de Garantía de
Sustentabilidad, y en última instancia los intereses de los jubilados presentes y
futuros. Es por ello, que giraremos estos antecedentes a la Comisión Bicameral
de Control de los Fondos de la Seguridad Social para que se sugieran las
correcciones legislativas pertinentes.
Ante tal precariedad regulatoria y
con el propósito de que se efectúen las inversiones del Estado Argentino en el
Fondo de Garantía con el criterio de Sustentabilidad que su nombre indica,
solicito se requiera de forma urgente al Poder Ejecutivo Nacional, informe cómo
piensa invertir dicha emisión de letras, así como también los criterios que ha
sopesado para adoptar esta medida económica, cómo se determinó la tasa de
interés a pagar y que detalle las inversiones del Fondo de Garantía
mencionado.
Por todo lo expuesto, Sr.
Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |